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PROYECTO DE TP


Expediente 3629-D-2015
Sumario: PRACTICA EDUCATIVA SOLIDARIA. CREACION EN EL AMBITO EDUCATIVO SUPERIOR.
Fecha: 26/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PRÁCTICA EDUCATIVA SOLIDARIA
Artículo 1º: Crease en todos los ámbitos de la educación superior, la Práctica Educativa Solidaria a cumplimentar por parte de los estudiantes que se encuentren cursando sus estudios en Universidades e Institutos Universitarios, estatales o privados autorizados; Institutos de Educación Superior de jurisdicción nacional, de gestión estatal o privada y Educación Técnico Profesional correspondiente a la modalidad de la Educación Superior.
Artículo 2º: Objetivos
- Promover la realización de prácticas solidarias para la comunidad, retribuyendo de esta manera la formación y los conocimientos adquiridos en este nivel educativo.
- Estimular el desarrollo y fortalecimiento de valores solidarios, de cooperación y compromiso, ofreciéndoles la posibilidad de trabajar en el desarrollo socio-cultural de la Nación.
- Posibilitar la participación activa en el tratamiento de las problemáticas sociales regionales, colaborando en la formación e inclusión de jóvenes en situación de vulnerabilidad social.
Artículo 3º: La Práctica Educativa Solidaria consiste en la realización de tareas comunitarias afines con la formación en curso u obtenida. Los estudiantes deberán cumplirlo durante un cuatrimestre, a partir del último año de la carrera y en forma previa a la obtención del título.
Artículo 4º: Las Prácticas Educativas Solidarias serán realizadas bajo la dirección y control de las autoridades educativas de los institutos de educación superior a los que pertenezcan los alumnos.
Artículo 5º: Las autoridades educativas enumeradas en el Art. N 1º celebrarán convenios con entidades públicas, de la sociedad civil, etc. Para que los estudiantes puedan llevar a cabo en esos ámbitos las prácticas solidarias, preferentemente las actividades se realizarán en escuelas públicas, hospitales, comedores comunitarios; también en asociaciones vecinales, clubes, sindicatos, etc. La Práctica Educativa Solidaria podrá consistir, también, en actividades de tutoría de jóvenes que participen de diferentes programas sociales de carácter reparador que contemplen la inclusión social, continuidad y finalización del ciclo educativo formal.
Artículo 6º: Las autoridades educativas anteriormente detalladas certificarán el cumplimiento de las prácticas solidarias. Las mismas tendrán carácter obligatorio para la obtención de título de grado, títulos profesionales y/o de educación superior equivalentes.
Artículo 7º: Invítase a todas las entidades del Sistema de Educación Superior, a las provincias argentinas y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Consideramos que es necesario promover valores de solidaridad, y compromiso en todos los estudiantes que integran el sistema de educación superior. Estos, como otros valores, contribuyen a la formación integral.
La sociedad argentina en su totalidad, contribuye con el pago de sus impuestos a sostener una enseñanza pública y gratuita a la que todos sus ciudadanos pueden acceder en pleno uso de sus derechos.
Desde el reconocimiento absoluto de la autonomía y autarquía de las universidades argentinas, creemos que se debe generar una responsabilidad social mayor, abordando las diversas problemáticas que preocupan a la sociedad. Consideramos que el sistema de educación superior puede contribuir, no solo con sus trabajos de investigación y usuales actividades de extensión universitaria, sino con el propio servicio solidario de sus estudiantes.
Esta propuesta de Práctica Educativa Solidaria está dirigida, tanto a aportar los conocimientos generados en el marco de la educación superior en el abordaje de las problemáticas sociales, como a contribuir a que los estudiantes, a partir de estas vivencias, puedan abordar su labor profesional desde una perspectiva abarcadora que permita comprender los procesos sociales en los que se encuentren inmersos.
Resulta conveniente, en virtud de lo expuesto precedentemente, establecer que la Práctica Educativa Solidaria sea de carácter obligatorio para cumplir con un servicio público social.
La Práctica Solidaria será parte sustantiva de la formación moral y profesional de los graduados.
Por lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento en la aprobación del presente proyecto
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA