PROYECTO DE TP
Expediente 3622-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS BIENES INMUEBLES DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Fecha: 02/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para
que a través de los organismos que corresponda informe sobre las siguientes cuestiones
relacionadas con Bienes Inmuebles de las Fuerzas Armadas:
- Detalle la cantidad de hectáreas de tierras de
dominio privado de la Nación asignadas en uso y administración a las Fuerzas Armadas en
virtud de la ley 23985/91 que se encuentren concesionadas o alquiladas con fines de
explotación agropecuaria.
Enumere los nombres o razones sociales de
los actuales concesionarios o locadores de dichas tierras, así como las condiciones y los
plazos de cada adjudicación.
- Especifique cuáles son los mecanismos de
fiscalización con que cuenta el Estado para controlar la afectación, distribución y
utilización de las tierras y garantizar su preservación ambiental.
- Enumere los inmuebles que, durante el
período 1999-2007, han sido declarados innecesarios o prescindibles por los Estados
Mayores Conjuntos de las Fuerzas Armadas en razón de los criterios dispuestos en el
artículo 7º del Decreto 433/2007.
Especifique en qué casos y por qué motivos el
carácter de bien inmueble innecesario o prescindible ha sido exceptuado por decisión del
Ministerio de Defensa, durante el mismo período.
- Detalle cuál ha sido el destino de los recursos generados por las contrataciones de los
bienes inmuebles de las Fuerzas Armadas correspondientes al ejercicio 2007.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La rebeldía del campo, lo que en
apariencia es un conflicto de carácter económico o tributario, hizo aparecer ante la
luz pública temas y fenómenos ausentes del debate político, como son la tenencia
de la tierra, la "sojización" de la agricultura, el éxodo rural y la contaminación del
suelo.
El Censo Nacional Agropecuario de 2002
reveló la magnitud de la reducción de las explotaciones agrarias, concentradas cada vez en
menos manos: en ese año, el 10% de las más explotaciones más grandes concentraba el
78% de las hectáreas registradas, en tanto el 60% de las más pequeñas no reunían un 5%
del total. En tanto el Estado Nacional posee extensas superficies de tierras asignadas al
Ministerio de Defensa y administradas a través del mecanismo previsto en la ley 23985 y el
decreto reglamentario 433/2007, se impone conocer tanto los criterios de adjudicación de
esas tierras como los controles que se han puesto en marcha para garantizar una utilización
sustentable y ejemplar.
Le corresponde al Estado informar de manera
precisa y rigurosa, sobre todo en un momento en el que aparece descarnada la
concentración de la tierra y las consecuencias ambientales y sociales de la explotación de la
soja, encarada sobre todo como inversión financiera. Un fenómeno denunciado
enfáticamente por la Presidenta de la Nación, quien a lo largo de los más de cien días del
conflicto por las retenciones a la exportación agropecuaria, ha insistido en sucesivos
discursos sobre el carácter especulativo de los llamados "pooles de siembra" y la distorsión
productiva que significa que sobre las 300 millones de hectáreas del territorio argentino, de
las cuales el 10% son cultivables, casi la mitad esté dedicada a la soja, con el consiguiente
impacto climático ambiental que genera la tala de enormes extensiones de bosques.
Del mismo modo, para hacer un evaluación
precisa, consideramos necesario actualizar la información acerca del conjunto de bienes que
han sido declarados innecesarios o prescindibles por el Estado Mayor General de cada
Fuerza, en razón de qué criterios el Ministerio de Defensa ha decidido preservar alguno de
ellos en el patrimonio de la Nación, y cuál ha sido el destino de los recursos generados por
las contrataciones que hace el Estado en relación a esos bienes.
Tanto la ley 23985, de Bienes
Inmuebles de las Fuerzas Armadas, como el decreto 433/2007 determinan que los
inmuebles pertenecientes al dominio privado de la Nación y que se encuentren bajo la
administración de las Fuerzas Armadas utilizarán los recursos obtenidos de la venta,
locación, permuta o concesión de esos bienes para la modernización y reestructuración de
las Fuerzas Armadas. Con ese fin, cada año, las Fuerzas Armadas deben elevar al
Ministerio de Defensa un listado de aquellos que sean considerados innecesarios o
prescindibles y sugerir su venta, permuta o arrendamiento. Le compete luego al Ministerio
de Defensa decidir sobre el destino final de esos bienes del Estado, cuya contratación debe
realizarse por subasta o licitación pública. En este proceso, el artículo 8º de la citada ley
advierte que "se tendrán en cuenta asimismo los aspectos ecológicos inherentes a la forma
de afectación, distribución y utilización de las tierras, que en cada caso se disponga".
La transparencia en la gestión y en el debate
público que demandamos, nos motiva a solicitar esta información acerca de las licitaciones
que realiza el gobierno nacional en torno a las tierras administradas por las Fuerzas
Armadas. También en esos términos, solicitamos se especifique cuáles son los mecanismos
de control con los que cuenta el Estado para preservar la sustentabilidad del suelo como
recurso productivo. Sobre todo, para desmentir -o confirmar- las informaciones
periodísticas y las advertencias realizadas por dirigentes agropecuarios en el sentido de que
las mismas tierras del Estado, administradas por las Fuerzas Armadas, no son ajenas al
proceso de concentración en muy pocas manos, en detrimento de las decenas de
productores que venían arrendando esas tierras en los últimos años. Insistimos, la
Presidenta de la Nación ha sido clara al criticar a los grupos sojeros concentrados que hacen
un uso irracional y por eso dañino del suelo, postergando la producción de otros cultivos y
otras explotaciones agropecuarias fundamentales tanto para la preservación ambiental como
para garantizar alimentos diversificados y accesibles. Con más razón, en el marco de este
diagnóstico, es obligación del Estado proveer una información clara y despejar toda duda
que pueda empañar el carácter educativo y ejemplar que corresponde a los actos de
gobierno, en beneficio del interés de todos los argentinos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/11/2008 | DICTAMEN | Aprobado sin modificaciones con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1399/2008 | CON 1 DISIDENCIA PARCIAL | 03/12/2008 |