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PROYECTO DE TP


Expediente 3622-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS BIENES INMUEBLES DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Fecha: 02/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que a través de los organismos que corresponda informe sobre las siguientes cuestiones relacionadas con Bienes Inmuebles de las Fuerzas Armadas:
- Detalle la cantidad de hectáreas de tierras de dominio privado de la Nación asignadas en uso y administración a las Fuerzas Armadas en virtud de la ley 23985/91 que se encuentren concesionadas o alquiladas con fines de explotación agropecuaria.
Enumere los nombres o razones sociales de los actuales concesionarios o locadores de dichas tierras, así como las condiciones y los plazos de cada adjudicación.
- Especifique cuáles son los mecanismos de fiscalización con que cuenta el Estado para controlar la afectación, distribución y utilización de las tierras y garantizar su preservación ambiental.
- Enumere los inmuebles que, durante el período 1999-2007, han sido declarados innecesarios o prescindibles por los Estados Mayores Conjuntos de las Fuerzas Armadas en razón de los criterios dispuestos en el artículo 7º del Decreto 433/2007.
Especifique en qué casos y por qué motivos el carácter de bien inmueble innecesario o prescindible ha sido exceptuado por decisión del Ministerio de Defensa, durante el mismo período.
- Detalle cuál ha sido el destino de los recursos generados por las contrataciones de los bienes inmuebles de las Fuerzas Armadas correspondientes al ejercicio 2007.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La rebeldía del campo, lo que en apariencia es un conflicto de carácter económico o tributario, hizo aparecer ante la luz pública temas y fenómenos ausentes del debate político, como son la tenencia de la tierra, la "sojización" de la agricultura, el éxodo rural y la contaminación del suelo.
El Censo Nacional Agropecuario de 2002 reveló la magnitud de la reducción de las explotaciones agrarias, concentradas cada vez en menos manos: en ese año, el 10% de las más explotaciones más grandes concentraba el 78% de las hectáreas registradas, en tanto el 60% de las más pequeñas no reunían un 5% del total. En tanto el Estado Nacional posee extensas superficies de tierras asignadas al Ministerio de Defensa y administradas a través del mecanismo previsto en la ley 23985 y el decreto reglamentario 433/2007, se impone conocer tanto los criterios de adjudicación de esas tierras como los controles que se han puesto en marcha para garantizar una utilización sustentable y ejemplar.
Le corresponde al Estado informar de manera precisa y rigurosa, sobre todo en un momento en el que aparece descarnada la concentración de la tierra y las consecuencias ambientales y sociales de la explotación de la soja, encarada sobre todo como inversión financiera. Un fenómeno denunciado enfáticamente por la Presidenta de la Nación, quien a lo largo de los más de cien días del conflicto por las retenciones a la exportación agropecuaria, ha insistido en sucesivos discursos sobre el carácter especulativo de los llamados "pooles de siembra" y la distorsión productiva que significa que sobre las 300 millones de hectáreas del territorio argentino, de las cuales el 10% son cultivables, casi la mitad esté dedicada a la soja, con el consiguiente impacto climático ambiental que genera la tala de enormes extensiones de bosques.
Del mismo modo, para hacer un evaluación precisa, consideramos necesario actualizar la información acerca del conjunto de bienes que han sido declarados innecesarios o prescindibles por el Estado Mayor General de cada Fuerza, en razón de qué criterios el Ministerio de Defensa ha decidido preservar alguno de ellos en el patrimonio de la Nación, y cuál ha sido el destino de los recursos generados por las contrataciones que hace el Estado en relación a esos bienes.
Tanto la ley 23985, de Bienes Inmuebles de las Fuerzas Armadas, como el decreto 433/2007 determinan que los inmuebles pertenecientes al dominio privado de la Nación y que se encuentren bajo la administración de las Fuerzas Armadas utilizarán los recursos obtenidos de la venta, locación, permuta o concesión de esos bienes para la modernización y reestructuración de las Fuerzas Armadas. Con ese fin, cada año, las Fuerzas Armadas deben elevar al Ministerio de Defensa un listado de aquellos que sean considerados innecesarios o prescindibles y sugerir su venta, permuta o arrendamiento. Le compete luego al Ministerio de Defensa decidir sobre el destino final de esos bienes del Estado, cuya contratación debe realizarse por subasta o licitación pública. En este proceso, el artículo 8º de la citada ley advierte que "se tendrán en cuenta asimismo los aspectos ecológicos inherentes a la forma de afectación, distribución y utilización de las tierras, que en cada caso se disponga".
La transparencia en la gestión y en el debate público que demandamos, nos motiva a solicitar esta información acerca de las licitaciones que realiza el gobierno nacional en torno a las tierras administradas por las Fuerzas Armadas. También en esos términos, solicitamos se especifique cuáles son los mecanismos de control con los que cuenta el Estado para preservar la sustentabilidad del suelo como recurso productivo. Sobre todo, para desmentir -o confirmar- las informaciones periodísticas y las advertencias realizadas por dirigentes agropecuarios en el sentido de que las mismas tierras del Estado, administradas por las Fuerzas Armadas, no son ajenas al proceso de concentración en muy pocas manos, en detrimento de las decenas de productores que venían arrendando esas tierras en los últimos años. Insistimos, la Presidenta de la Nación ha sido clara al criticar a los grupos sojeros concentrados que hacen un uso irracional y por eso dañino del suelo, postergando la producción de otros cultivos y otras explotaciones agropecuarias fundamentales tanto para la preservación ambiental como para garantizar alimentos diversificados y accesibles. Con más razón, en el marco de este diagnóstico, es obligación del Estado proveer una información clara y despejar toda duda que pueda empañar el carácter educativo y ejemplar que corresponde a los actos de gobierno, en beneficio del interés de todos los argentinos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/11/2008 DICTAMEN Aprobado sin modificaciones con disidencias
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1399/2008 CON 1 DISIDENCIA PARCIAL 03/12/2008