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PROYECTO DE TP


Expediente 3617-D-2015
Sumario: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS - LEY 17622 -. SUSTITUYESE EL ARTICULO 2, SOBRE SU CREACION Y ELECCION DE SUS AUTORIDADES.
Fecha: 26/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Modificación Ley N° 17.622 de "Estadísticas y Censos"
Artículo 1º: Sustitúyase el artículo 2º de la Ley 17.622 de "ESTADISTICAS Y CENSOS", por el siguiente:
"Artículo 2º: Créase el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, que dependerá del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y estará a cargo de un Director. La designación del mismo, surgirá de una terna propuesta por el Poder Ejecutivo al Poder Legislativo, compuesta por tres profesionales con reconocida trayectoria en ciencias estadísticas, como condición sine qua non. El Director electo, deberá contar con la aprobación de dos tercios de ambas Cámaras y durará 4 (CUATRO) años en el cargo, sin posibilidad de ser reelecto".
Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La estadística es una de las ramas de la ciencia matemática que se centra en el trabajo con datos e informaciones que son ya de por sí numéricos o que ella misma se encarga de transformar en números. La estadística, si bien es una ciencia de extracción exacta, tiene una injerencia directa en cuestiones sociales por lo cual su utilidad práctica es mucho más comprensible que lo que sucede normalmente con otras ciencias exactas como la matemática. Es decir, las estadísticas poseen una función que implica una doble responsabilidad. En primer lugar, deben confeccionarse a partir de una base cuantitativa considerable y en segundo lugar, esta base cuantitativa debe reflejar de la mejor manera posible un sustento cualitativo serio. Esto implica que las estadísticas deben reflejar la realidad tal cual es.
La realidad argentina, demuestra que existe un hiato considerable, entre las encuestas realizadas y publicadas por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, y la realidad. Ello se refleja en la pérdida de confianza que dichos estudios han generado en la población. Por ello, las encuestas y estadísticas realizadas por Universidades públicas y privadas, o por organismos no gubernamentales o sindicales, encuentran mayor aprehensión en las personas.
Por lo expuesto, consideramos que un paso necesario hacia un sistema de estadísticas confiables, requiere de la democratización del Instituto a cargo de las mismas. La participación de las autoridades electas mediante el voto popular en la elección del Director del INDEC, a partir de una terna propuesta por el Poder Ejecutivo, fortalece el republicanismo en base a consensos tangibles.
Por lo expuesto Señor Presidente, solicito se apruebe el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA CONSERVADOR POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
PRESUPUESTO Y HACIENDA