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PROYECTO DE TP


Expediente 3615-D-2012
Sumario: CITAR AL SEÑOR JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, JUAN MANUEL ABAL MEDINA, A FIN DE SER INTERPELADO EN MERITO DE UNA MOCION DE CENSURA POR HABER BRINDADO INFORMACION FALSA EN EL INFORME DADO ANTE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION EL DIA 30 DE MAYO DE 2012.
Fecha: 04/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar, de conformidad a lo establecido por el Artículo 101 de la Constitución Nacional y el Artículo 204 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación al Señor Jefe de Gabinete de Ministros Dn. Juan Manuel Abal Medina a esta H. Cámara; a fin de ser interpelado en mérito de una moción de censura por haber brindado información falsa en el informe dado por ante la Honorable Cámara de Senadores de la Nación el 30 de Mayo próximo pasado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Constitución Nacional dispone en su Articulo 100 2do párrafo que el Jefe de Gabinete de Ministros tiene "responsabilidad política ante el Congreso de la Nación".
Esta responsabilidad política, es de índole diferente de la que tienen el Presidente, los demás Ministros y el propio Jefe de Gabinete, por causa de mal desempeño, delito en el ejercicio de sus funciones o crímenes comunes, la que se hace efectiva a través del llamado juicio político (Art. 53, Const. Nac. ).
La forma de establecerla se encuentra regulada en el artículo 101 de la Constitución Nacional que dispone la moción de censura.
Dice el articulo 101 "(...) Puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las Cámaras"
Para la doctrina el voto de censura es un procedimiento complejo, cuyo "mecanismo debe iniciarse con la interpelación que decida formularle cualesquiera de los dos Cámaras y la censura decidirse por la mayoría absoluta de la totalidad de sus miembros. El voto de censura es discrecional de la Cámara respectiva, por tanto no puede impedirse mediante acción judicial. Sólo el Poder Ejecutivo podría bloquearla por medio del pedido de renuncia del jefe de gabinete, pero si ello ocurre, el efecto político de la censura se materializa de modo indirecto. Si se produce la censura, queda expedito el camino de la remoción que requerirá también la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de la otra Cámara" (1)
La moción de censura constituye entonces una manifestación de desaprobación, de rechazo, de la gestión del Jefe de Gabinete o, indirectamente, de la política del Presidente.
En el informe brindado por el Señor jefe de Gabinete a la Cámara de Senadores el 30 de mayo ppdo ante la pregunta del Senador Morales (2) en relación a la existencia o no de un contrato con la ex Ciccone para la impresión de billetes contesto: "Con relación a las preguntas del tema Ciccone-Boldt, las preguntas específicas han sido respondidas. Lo que decimos es lo que hicimos. O sea, en cuanto a la responsabilidad, los billetes siempre van a ser producidos y terminados por la Casa de Moneda, que es el organismo que los va a hacer." (3) . Negando así su existencia.
Sin embargo, copia de dicho contrato fue incorporada al anexo de la respuesta 297° enviada a la pregunta formulada por la Senadora Laura Montero. La documentación contradice los dichos de Abal Medina y es prueba irrefutable, por el contenido y por la fuente (la propia Jefatura de Gabinete), que este mintió de manera fragrante ante la Cámara de Senadores de la Nación.
La impudicia de la conducta y el desprecio por una institución de la República con la que tiene responsabilidades políticas constitucionalmente establecidas, reviste la gravedad suficiente para dar sustento al presente pedido de moción de censura.
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO