PROYECTO DE TP
Expediente 3594-D-2009
Sumario: REGIMEN DE REASEGURO DE LAS TELECOMUNICACIONES DESDE Y HACIA LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 05/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º. Objeto.- La presente ley tiene
por objeto establecer un régimen de reaseguro de las telecomunicaciones desde y hacia la
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 2º. Alcance. El presente régimen
será de aplicación para las licenciatarias de servicios de telecomunicaciones que brinden servicios
desde y hacia el territorio insular, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o
internacional, con o sin infraestructura propia.
Artículo 3º. Carácter esencial.- Todos los
servicios de telecomunicaciones brindados en la provincia tendrán carácter de esenciales y se
regirán en materia de obligaciones hacia los licenciatarios y régimen sancionatorio, por las normas
que se establecen para el Servicio Básico Telefónico y por la reglamentación de la presente.
Artículo 4º. Redundancia. Las prestadoras
de telecomunicaciones abarcadas en el artículo 3º, deberán asegurar el concepto de redundancia
de las redes de telecomunicaciones, debiendo contemplarse enlaces alternativos con la capacidad
de tráfico necesaria para sostener y respaldar con la calidad adecuada, la totalidad de los servicios
que brinda y comercializa regularmente por las mismas, independientemente de la tecnología y la
arquitectura de red utilizadas.
Artículo 5º. Prioridad- Modificase el artículo
149 de la Ley Nacional de Telecomunicaciones, que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 149. - Asígnase prioridad a los servicios
de telecomunicaciones situados dentro de la parte o partes del territorio nacional que sean
declaradas Teatro de Operaciones y los que conecten a éstas con el resto del país. Iguales
prioridades son aplicables a las Zonas de Emergencia y a la provincia de Tierra del Fuego e Islas
del Atlántico Sur.
Artículo 6º. Autoridad- La Comisión Nacional
de Comunicaciones, o la que en el futuro la reemplace, es la autoridad de aplicación de la
presente.
Tendrá a su cargo el control y auditorías que
requieran el cumplimiento del presente régimen y su reglamentación, así como la aplicación de las
sanciones pertinentes.
Artículo 7º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Tierra del Fuego es un territorio
totalmente insular, separado del territorio nacional continental por el Estrecho de Magallanes. Es
la provincia más austral que posee la República Argentina y el punto más próximo a la Antártida.
Por lo tanto, la provincia y toda la región sur fueguina, son un punto fundamental que le conceden
al país una gran ventaja en términos geoestratégicos. Es justamente por la importancia que posee
la zona en dichos términos, que queda en evidencia que las comunicaciones en y hacia la
provincia son esenciales por lo que implican en cuanto a la soberanía y al interés nacional.
De acuerdo al decreto 887/1994, que designa y
delimita las zonas y áreas de frontera de nuestro país, es Área de Frontera "la parte argentina de
la Isla Grande y la Isla de los Estados" es decir, la totalidad de la provincia de Tierra del Fuego.
Esta condición fronteriza implica que se rige bajo los
postulados de la ley 18.575, la cual determina los criterios de protección e integración de las
zonas de frontera con el resto del país. En su artículo 2º, donde establece los objetivos generales
a alcanzar mediante el régimen establece, la necesidad de "b) Asegurar la integración de la zona
de frontera al resto de la Nación"
Para alcanzar este objetivo, es nodal la integración
de las comunicaciones, su adecuada dotación de infraestructura y correcto funcionamiento. En
efecto, en su Artículo 6º inciso b) se hace explícita la necesidad de brindar "adecuada
infraestructura de transporte y comunicaciones" para las áreas y zonas de frontera.
El presente proyecto es parte de nuestro deber, en
la medida que la ley 18.575 estimula a la creación de regimenes particulares adicionales que
propendan a cumplir los objetivos generales de la ley.
Y más importante aún es responder a nuestro
mandato constitucional de cumplir el artículo 75 inciso 16 de la Constitución Nacional en tanto
atribución de este Congreso: "Proveer a la seguridad de las fronteras"
Por lo expresado anteriormente, es
necesario tener una mirada estratégica de las comunicaciones para las zonas de frontera, y
particularmente en Tierra del Fuego. Pero, lamentablemente, en nuestra provincia sucede lo
contrario. La isla se ha convertido en el signo de la incomunicación; lo vivimos con el transporte
aerocomercial y ahora con las telecomunicaciones.
En el sur de nuestro país, a la vera de la Ruta Nac
Nº 3, se extiende el enlace de fibra óptica de la empresa Telefónica de Argentina S.A., heredera
de la ex ENTEL, que en la actualidad es la única que conecta el territorio continental con el
insular.
En el estrecho de Magallanes, no hay conexión
cableada, sino que los datos pasan a través de antenas de radioenlace. Cuando la fibra óptica
continental se corta- lo cual sucede con regularidad (1) - se interrumpen todos los servicios de
comunicación disponibles en la provincia: telefonía básica, celular, Internet, etc. Esto impacta en
todas las actividades, tanto públicas como privadas: desde las comerciales, bancarias y turísticas,
interrupción de las comunicaciones internas de empresas y bancos, salida de servicio de cajeros
automáticos, posnet, hasta los sistemas de reservas aéreas, etc.
Obviamente que también afecta a la plataforma de
comunicaciones de voz y datos de la gobernación provincial que vincula a la totalidad de los
organismos públicos: los establecimientos escolares, hospitales, centros de salud, Dirección
Provincial de Rentas, dependencias policiales, etc. que, ante esta circunstancia, sólo conservan
con limitaciones la comunicación telefónica local dentro de cada ciudad quedando totalmente
incomunicados a nivel interurbano (larga distancia) Internet y datos.
Esos cortes se originan accidentalmente durante la
ejecución de obras públicas o privadas en rutas y caminos del sur del país. Generalmente son
retroexcavadoras que están trabajando en la provincia de Santa Cruz y cortan el tendido de la
empresa Telefónica, dejando incomunicadas a las principales localidades del sur de la Patagonia.
Por lo tanto, el aumento de cortes que sufrimos últimamente tiene directa relación con el aumento
de las obras públicas. Lógicamente, el problema no es la obra en sí, sino que no se tomen los
recaudos necesarios para proteger las comunicaciones.
Pero hay una regulación asimétrica
para los servicios de telecomunicaciones brindados e interrumpidos: no todos poseen la categoría
de servicio público, ni son definidos como esenciales. Ello implica que las empresas prestadoras
tienen menos exigencias para brindar algunos servicios que otros. El punto específico que nos
interesa es aquel que obliga a Telefónica a tener una alternativa para seguir brindando el servicio
telefónico en caso de que algo suceda con su red troncal. En este caso, debe "asegurar el
concepto de redundancia de las redes de comunicaciones, debiendo contemplarse enlaces
alternativos que aseguren el tráfico". (Decreto. 62/90 Artículo 10.1.5.) Dado que aquello que
deben garantizar es la telefonía local, ésta es la última que se corta. La jerarquización responde a
aquel criterio político de prestación del Servicio Público de manera continua por motivos de
defensa. También hay una cuestión tecnológica: el sistema de redundancia o de reaseguro que
utiliza Telefónica es enviar una parte de los datos que eran transmitidos por el caño de fibra a
través de radio enlaces, es decir, por "aire". Pero ese medio no "soporta" la totalidad de los datos
que eran trasmitidos por fibra, es un sistema de emergencia que asegura solamente y de manera
prioritaria la comunicación telefónica, que es lo menos "pesado" para ser transmitido. Por hay
toda otra serie de comunicaciones que no pueden ser canalizadas: Internet primero, luego la
telefonía celular, posteriormente las comunicaciones interurbanas y finalmente la telefonía fija
local, porque van descendiendo en el peso o el ancho de banda que ocupan. Esta medida de
seguridad de "no desconectar a ninguna población" y tener "redundancia" es exclusiva del servicio
público telefónico, pero Telefónica no tiene un sistema con la capacidad de tráfico necesaria para
sostener y respaldar con la calidad adecuada la totalidad de los servicios que brinda y
comercializa, sean públicos o de valor agregado.
La solución a esta problemática que aquí
proponemos, pasa por contar con un medio de vinculación alternativo de capacidad adecuada y
recorrido o tecnología distinta, independiente de la tecnología utilizada, pero que equipare los
servicios ofrecidos a los servicios protegidos. En la provincia, el actual radioenlace fue instalado en
la década del 70, y pese a haber sido actualizado en cuanto al equipamiento alrededor de fines de
la década del 90, ha quedado obsoleto en cuanto a sus capacidades de tráfico como para
segurizar los anchos de banda que actualmente brinda, provee y comercializa la empresa gracias
a su tendido de fibra.
El problema tecnológico se combina con una
ausencia de normativa que categorice y regule qué sucede con los servicios de telecomunicaciones
que no son públicos, que no tienen reglamentos ni condicionamientos particulares aún cuando
sean los más relevantes, onerosos y de mayor importancia para la provincia (y para toda la
sociedad).
Proponemos entonces rejerarquizar todos los
servicios brindados en el territorio de frontera de Tierra del Fuego como servicios esenciales,
dotándolos de las mismas condiciones regulatorias que para el servicio telefónico, esto es:
obligaciones de seguridad, redundancia, responsabilidad para con los usuarios y régimen
sancionatorio.
Debemos reconocer la importancia política y
estratégica de las fronteras y específicamente de Tierra del Fuego, así como debemos asumir que
en la Sociedad de la Información toda política de seguridad y promoción atraviesa
indefectiblemente el componente comunicacional del área de que se trate.
Por ello, invito a mis pares que me acompañen en el
presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
SCIUTTO, RUBEN DARIO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CALCHAQUI, MARIEL | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0510-D-11 |