PROYECTO DE TP
Expediente 3579-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA INCORPORAR EN EL "PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO (PMO) AL LUPUS COMO ENFERMEDAD CRONICA.
Fecha: 07/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1- Solicitar al Ministerio de Salud de la
Nación la incorporación como parte integrante del Programa Médico Obligatorio
(P.M.O.), regulado por la resolución MS 310/2004, del Lupus como enfermedad
crónica y fijar una cobertura del setenta por ciento (70%) para toda medicación
necesaria para su tratamiento.
2- Solicitar asimismo que el Ministerio
adopte un Programa de Atención al Paciente de Lupus en beneficio de aquellos
que carezcan de cobertura médica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto es similar al
presentado en el año 2009 bajo el número de expte. 5730-D-2009.
El Programa Médico Obligatorio es el
régimen de asistencia obligatoria que deben cumplir tanto las obras sociales como
las empresas de medicina prepaga. Tal como se detalla en los considerandos de la
resolución 310/2004 del Ministerio de Salud, "se propicia asegurar por parte de los
Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud la cobertura de algunos de los
medicamentos de uso ambulatorio con un 40% a su cargo, en el caso de los
medicamentos de uso habitual y del 70% para los medicamentos destinados a
patologías crónicas prevalentes, que requieren de su empleo de modo permanente
o recurrente, conforme al precio de referencia y para las formas farmacéuticas,
concentraciones y presentaciones de los medicamentos que al efecto se
determinen."
Como se advierte pues, dentro del
PMO, los medicamentos necesarios para el tratamiento de las enfermedades
crónicas debieran tener un 70% de descuento, pero muchos de los medicamentos
necesarios para el tratamiento del Lupus tienen solamente el 40% de cobertura e
incluso, muchos de ellos, carecen directamente de cobertura.
El Lupus Eritematoso Sistémico (LES)
es una enfermedad crónica, inflamatoria y autoinmune que afecta a más de cinco
millones de personas en el mundo, el 90% de las cuales son mujeres en edad
fértil, de allí la importancia del impacto socio-económico que ello provoca. El Lupus
puede ser severo, producir discapacidad y en algunos casos puede ser fatal. La
intención de este proyecto es solicitar al Ministerio de Salud de la Nación que el
LUPUS sea tenida como una enfermedad crónica y que los medicamentos
necesarios para su tratamiento posean un descuento del 70% como todos los
medicamentos utilizados para las enfermedades crónicas.
De acuerdo con los datos brindados
por ALUA (Asociación Lupus Argentina) y a partir de un análisis del PMO, es
posible realizar un detalle de los medicamentos utilizados para el tratamiento del
Lupus y su respectivo descuento:
Glucocorticosteroides (Esteroides,
medicamentos similares a la cortisona)
Prednisona 40%
Prednisolona Sin Descuento
Metilprednisona 40
Dexametasona 40
Betametasona 40
Medicamentos Antiinflamatorios No
Esteroides (AINES)
Ibuprofeno (Motrin, Advil) 40
Naproxeno (Naprosyn, Aleve) Sin
Descuento
Diclofenaco (Voltaren) Sin Descuento
Piroxicam (Feldene) Sin Descuento
Indometacin (Indocin) Sin Descuento
Celecoxib (Celebrex) Sin
Descuento
Vasodilatadores
Nifedipina 70
Amlodipina 70
Cilostazol
Clopidogrel 70
Prostaglandinas Sin Descuento
Antiendotelina (Bosentan) Sin
Descuento
Sildenafil Sin Descuento
Medicamentos Antimalaricos
Sulfato de hidroxicloroquina
(Plaquenil) 40
Cloroquina (Aralen) 70
Quinacrina (Atabrine) Sin
Descuento
Agentes Citotóxicos o
Inmunomoduladores
Ciclofosfamida (Cytoxan - Endoxan)
Sin Descuento
Azatioprina (Imuran) 40
Mofetil Micofenolato (Cellcept) Sin
Descuento
Metrotexate Sin Descuento
Ciclosporina 40
Talidomida Sin Descuento
Danazol 40
Gammaglobulina intravenosa 40
Anticoagulantes
- Heparina 40
- Coumadin 70
Terapias Experimentales -
Medicamentos para Reducir Células B
Rituximab (Rituxan) Sin
Descuento
Abatacept Sin Descuento
Interleukinas Sin Descuento
Medicamentos Que No Requieren
Receta
- Aspirina 70
- Paracetamol 40
Asimismo, se solicita que del mismo
modo en que se avanza en los beneficios hacia quienes tienen prestación médica a
través de las obras sociales o los servicios de medicina prepaga, se contemple la
situación de quienes no acceden a cobertura médica alguna. En este sentido, es de
destacar que mediante la Res. 791 de octubre de 1999 se incluyó el mestinón en el
listado de medicamentos con cobertura del 100 % en cumplimiento del Programa
Médico Obligatorio (PMO), pero no se había contemplado un programa destinado a
aquellos que no contaban con prestación médica. Ante esta situación, y en
respuesta a la Resolución dictada por el Senado de la Nación (Expte. 1454-S-
2002), el Ministerio adoptó la Res. 435/2004, en virtud de la cual se adoptó un
programa que incluyó la problemática de quienes no contaban ni cuentan con
prestación médica. En vistas a este ejemplo, es que en el proyecto se solicita que
los avances en materia de prestaciones se den simultáneamente.
Por todo lo anterior solicito a mis
distinguidos colegas que me acompañen con la sanción del presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PRIETO, HUGO NELSON | NEUQUEN | DE LA CONCERTACION |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
01/11/2011 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2812/2011 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 35/2011 | 16/11/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 01/12/2011 | APROBADO | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 23/05/2012 |