PROYECTO DE TP
Expediente 3578-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL OTORGAMIENTO DE SIMBOLOS DE LIBRE TRANSITO Y ESTACIONAMIENTO POR EL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION.
Fecha: 02/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo y por
su intermedio a quien corresponda, a través de los organismos pertinentes se
sirva informar a este cuerpo los siguientes interrogantes, respecto al Servicio
Nacional de Rehabilitación:
1)¿Cuántos símbolos de
libre tránsito y estacionamiento a la fecha han otorgado?
2) ¿Cuánto demora el
trámite?
3)¿Qué medidas toman
para controlar la legalidad del símbolo, y al vehículo que lo
utiliza?
4)¿Cuándo se podrá
descentralizar esta oficina, y que en cada provincia haya una para
que se pueda gozar con este derecho efectivamente en todo el
país?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El
Servicio Nacional de Rehabilitación, encargado de otorgar estos
símbolos, que hoy motivan este pe4dido de informes, tiene más de
50 años al servicio de las personas con discapacidad y sus
familias.
El Servicio Nacional de
Rehabilitación es un Organismo Público descentralizado dependiente
del Ministerio de Salud de la Nación y es rector, dentro el ámbito de
la salud, en lo referente a la normatización y ejecución de las
políticas en discapacidad y rehabilitación.
Tiene como objetivo
propiciar la rehabilitación e integración de las personas con
discapacidad. Este Organismo se encuentra ubicado en el Barrio de
Belgrano, en la calle Dragones 2201 (o también Ramsay 2250) de la
Ciudad de Buenos Aires, República Argentina.
El SERVICIO NACIONAL
DE REHABILITACIÓN, fue creado en el año 1956 bajo el nombre de
COMISIÓN NACIONAL PERMANENTE PARA LA REHABILITACIÓN DE
LOS LISIADOS, dependiente del por entonces llamado MINISTERIO
DE ASISTENCIA SOCIAL Y SALUD PÚBLICA.
SERVICIO NACIONAL
DE REHABILITACIÓN es el organismo responsable de: promover y
facilitar la efectiva implementación de programas que fomenten la
prevención, rehabilitación e integración de la persona con
discapacidad, atendiendo a la disminución del impacto de la
secuela y a lograr una
mejor integración al medio social; diseño de políticas tendientes a la
disminución del riesgo de accidentes y de la incidencia de patologías
discapacitantes; brindar asistencia técnica a las Jurisdiccionales
provinciales, municipales y Organizaciones No Gubernamentales,
para asegurar el funcionamiento de los servicios de rehabilitación
basados en la comunidad y una adecuada red de derivación;
promover la educación permanente de recursos humanos específicos
e idóneos en todo el país y la investigación de los aspectos
epidemiológicos, y en los relativos a la prevención e integración
social. SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN ejerce un rol
rector e indelegable, en el ámbito de la salud, en lo referente a la
normatización y ejecución de las políticas en rehabilitación. Debe
atender a las mismas con una mirada federal en cuanto a su ámbito
de actuación, innovadora en ideas y enfoques, e integral por medio
de la asistencia, conformación de redes y capacitación de los
profesionales e idóneos. Su estrategia se basa en la integración de
las personas con discapacidad, mediante acciones que involucren
una participación activa de la comunidad, persiguiendo
constantemente el mejoramiento de la calidad de vida, que le de a la
persona con discapacidad, la dignidad a la que todo ser humano
tiene derechos.
Sus
objetivos:
1. Ejecutar las acciones
de prevención de la discapacidad y de rehabilitación, integración y
promoción de la persona con discapacidad en cumplimiento de las
políticas nacionales de salud (Decreto Nº 1269/92), y de las políticas
específicas relativas a las personas con discapacidad (Decreto Nº
1027/ 94) vigentes o que se establezcan en el futuro.
2. Diseñar, ejecutar y
evaluar programas de rehabilitación integral destinados a las
personas con discapacidad, que respondan a las políticas nacionales
de salud propendiendo a disminuir el impacto de la secuela y a
lograr una mejor integración al medio social.
3. Diseñar, ejecutar y
evaluar programas de prevención de la discapacidad, atendiendo a
la disminución del riesgo de accidentes y de la incidencia de
patologías discapacitantes.
4. Diseñar, ejecutar y
evaluar programas de promoción destinados a las personas con
discapacidad respondiendo a las políticas nacionales de salud.
5. Elaborar normas y
brindar asistencia técnica a las jurisdicciones provinciales y
municipales y a las organizaciones no gubernamentales a fin de
asegurar:
*El funcionamiento de
servicios de rehabilitación en hospitales generales según niveles de
riesgo.
*La implementación de
acciones de rehabilitación basada en la comunidad y la aplicación de
tecnología simplificada, todo ello en el marco de una adecuada red
de derivación.
*Desarrollar estrategias
para la atención de discapacitados severos.
6. Promover la normatización de los servicios de atención a las
personas
con discapacidad
atendiendo especialmente a su tipificación y categorización en
coordinación con otros organismos competentes.
7. Integrar el Comité
Técnico de la COMISION ASESORA PARA LA INTEGRACION DE
PERSONAS DISCAPACITADAS, reconociendo la participación
vinculante de este organismo en la elaboración de todas las
iniciativas que sobre la temática se proyecten.
8. Diseñar, organizar y
mantener actualizado un registro de personas con discapacidad,
conforme el artículo 3º de la Ley Nº 22.431, y con arreglo a lo
establecido para el padrón base del Sistema Nacional del Seguro de
Salud establecido por el Decreto Nº 333/96 y el Decreto Nº 1141/96,
que es parte del Sistema Único del Registro Laboral establecido por
la Ley Nº 24.013; elaborando la normativa para su aplicación en
todas las jurisdicciones del país.
9. Promover la
educación permanente de recursos humanos específicos e idóneos
en todo el país, a través de la coordinación con las entidades
formadoras (universidades, institutos, etc.) y la promoción de la
actualización, el perfeccionamiento y la especialización.
10. Promover la
investigación en la temática de la discapacidad, especialmente en los
aspectos epidemiológicos, y en los relativos a los distintos niveles de
prevención y a la integración social.
11. Difundir información
científica y técnica.
12. Aplicar las Leyes Nº
22.431 y Nº 19.279, a través de la evaluación
médica y la orientación
integral (psico-social) de la persona con discapacidad.
13. Diseñar, ejecutar y
evaluar programas de promoción de la persona con discapacidad
para su atención integral en el ámbito social y familiar -en el marco
de dignidad y respeto por sus derechos fundamentales- priorizando
aquellos individuos o grupos que se encuentran en estado de
abandono y peligro moral y/o material.
14. Promover en la
población actitudes positivas frente a la discapacidad a fin de
eliminar paulatinamente barreras estructurales (prejuicios, barreras
arquitectónicas, urbanísticas, etc.).
15. Coordinar y
supervisar la formación de recursos humanos en la temática de la
discapacidad a través de los distintos Institutos relacionados con la
materia.
Por ello y la importancia
del tema, solicito a los Sres. Diputados me acompañen en la
aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |