PROYECTO DE TP
Expediente 3574-D-2014
Sumario: RUTAS NACIONALES: ANCHO DE CARRILES Y BANQUINAS.
Fecha: 14/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
El Senado y Cámara de Diputados...
RUTAS NACIONALES: ANCHO DE
CARRILES Y BANQUINA
Artículo 1º.- Los carriles de las rutas
nacionales que se construyan, reformulen o reparen desde la sanción de la presente ley,
deberán ser de un ancho de 3,75 metros (tres metros con setenta y cinco centímetros).
Art. 2º.- Las banquinas de las rutas nacionales
que se construyan, reformulen o reparen desde la sanción de la presente ley, deberán ser de
un ancho no inferior a los 2,50 metros (dos metros con cincuenta centímetros).
Art. 3°.- La Dirección Nacional de Vialidad
deberá contemplar las condiciones de la presente ley en los pliegos de bases y condiciones
para la construcción, reformulación o reparación de rutas nacionales.
Art. 4°.- Las condiciones establecidas por la
presente ley entrarán en vigencia el primer día hábil del año siguiente de su sanción.
Art. 5°.- Invitase a las provincias a dictar
normas de igual naturaleza a las previstas en la presente ley para la construcción,
reformulación o reparación de rutas provinciales.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es de público conocimiento la realidad de las
rutas de nuestro país. Frecuentemente suceden accidentes que ponen en riesgo la vida de
numerosas personas debido a la carencia de rutas seguras y en buen estado.
Los avances en materia de automotores y la
cantidad de vehículos que circulan actualmente, exigen a este Poder Legislativo considerar
propuestas que mejoren las condiciones de seguridad en las rutas, beneficiando a quienes se
trasladan por ellas.
Una de las primeras cuestiones a tener en
cuenta es el ancho de los carriles. Actualmente no existe ninguna regulación al respecto de
los mismos, quedando librado a las condiciones de los pliegos de bases y condiciones para
la construcción, reformulación o reparación de rutas nacionales.
En este sentido, considero oportuno proponer
el presente proyecto de ley que busca establecer un ancho determinado para los carriles y
un ancho mínimo para las banquinas.
Las medidas propuestas son las recomendadas
por diversos países, ya que se considera que un ancho de entre 3,65 y 3,75 metros
convierten a un carril en seguro. Respecto de las banquinas, es necesario proponer una
medida mínima ya que el ancho de las mismas debe variar de acuerdo a la zona en que se
encuentran, en este sentido la propuesta es de 2,50 metros.
La aprobación de una ley en este sentido
servirá no sólo para brindar mayor seguridad a quienes circulan diariamente por las rutas de
nuestro país, sino también para generar las condiciones necesarias en el transporte de la
Argentina de los próximos años.
Por los motivos expuestos, solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | CONSERVADOR POPULAR |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
TORRES DEL SEL, MIGUEL IGNACIO | SANTA FE | UNION PRO |
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
BERGMAN, SERGIO ALEJANDRO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BERGMAN (A SUS ANTECEDENTES) |