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PROYECTO DE TP


Expediente 3572-D-2015
Sumario: PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO - PMO -. INCORPORACION DEL PROGRAMA DE PREVENCION PRIMARIA Y SECUNDARIA PARA LA ASISTENCIA Y ATENCION A LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR.
Fecha: 24/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Incorpórese al Programa Médico Obligatorio vigente y al que en el futuro lo sustituya, el "Programa de Prevención Primaria y Secundaria para la Asistencia y Atención a las Víctimas de Violencia Familiar".
Artículo 2°: El Ministerio de Salud de la Nación será la autoridad de aplicación, e instará a la Superintendencia de Servicios de Salud para que dicte los instrumentos correspondientes para el debido cumplimiento de la presente ley.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Comisión Interamericana de Mujeres de la Organización de Estados Americanos (OEA), considera a la violencia familiar como un problema crítico de salud pública y una seria violación de los derechos humanos.
Un recorrido por la historia de la humanidad, nos muestra que violencia hubo siempre, visualizada y oculta, pero presente. Hemos aprendido una historia pública, sobre los hombres públicos y el mundo público. En cambio, muchos años necesitamos para empezar a relatar la historia de puertas para adentro, del mundo privado de la familia, las mujeres, los niños, los ancianos y discapacitados.
Las modificaciones socioeconómicas registradas desde mediados de los años 90 influyeron en la estructura familiar dando lugar a nuevas formas, como el aumento de las familias monoparentales con jefas de hogar, cambios en la definición de los roles masculino y femenino, mayor independencia de la mujer, aumento de separaciones, divorcios y nuevas uniones.- Así ensambladas las familias, aportan los hijos propios de cada cónyuge de uniones anteriores y los hijos que la pareja podría tener.
Iniciado el siglo XXI sufrimos una de las peores crisis, consideradas por los expertos de carácter estructural por su impacto, pérdidas económicas, laborales, incertidumbre, desempleo y pobreza, que fueron socavando el débil equilibrio, con problemas físicos y mentales de todo tipo.
El impacto de lo socioestructural al interior de las familias no es un tema nuevo, los primeros estudios de la violencia familiar señalaban una serie de factores de los riesgos para predisponer a la misma.
Ese conjunto de factores fueron articulados en el "Modelo Ecológico Ecosistémico", que incluía los factores de tipo individual, familiares, sociales y culturales (Belsky, 1980).
Más tarde, se agregan los factores de compensación, al observar que las familias con similares factores de riesgo no reaccionaban de la misma forma violenta ante los conflictos (Cicchetti y Risley 1984).
Los factores de riesgo deben ser interpretados como tales, de riesgo, no deterministas, ni causalistas y deben articularse con los de compensación, que también son diferentes en calidad y cantidad en cada sujeto.
Estos factores son importantes a la hora de hacer Prevención, que se los puede compensar para que su efecto no sea tan dañino. Cuando actuamos en prevención, no sabemos qué hubiese pasado de no intervenir; quizás algo más grave. Sin embargo el propósito de la intervención es no esperar a que lo indeseado ocurra.
Al hablar de violencia familiar nos referimos a diferentes formas que afectan a sus miembros: maltrato y abuso hacia los niños, niñas y adolescentes, violencia y abuso hacia la mujer y hacia el hombre, violencia cruzada en la pareja y violencia y abuso a los ancianos y discapacitados. Generalmente se articulan y potencian entre sí, ya sea activamente, porque ocurre de unos miembros hacia otros, o porque la misma es observada por los hijos. Los niños no maltratados directamente son considerados "testigos de violencia", con el riesgo de aprender esas conductas y repetirlas en el futuro.
La violencia familiar constituye un caso especialmente dramático de la violencia social, ejercida en el espacio de lo privado -cerrado, en las relaciones interpersonales más íntimas, en las que están en juego el ejercicio del poder, el control y el dominio del más fuerte por sobre los más débiles, y tanto unos como otros responden a un perfil psicológico que los hace partícipes y reproductores de un círculo cada vez más cerrado.
Los datos proporcionados por la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, revelan que las causas judiciales por violencia familiar en la década de los 90 se triplicaron, ascendiendo de 1000 en el año 1995 a 3400 en el año 2005 y 7800 en 2013.
En la provincia de Buenos Aires, a cada hora, catorce mujeres son víctimas de violencia machista. Y por día, siete de ellas llamaron al 911 por ataques sexuales. El equipo del Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires presentó el "Informe de Monitoreo de políticas públicas y violencia de género". Allí releva y analiza de febrero de 2012 a septiembre de 2013 los datos vinculados con la violencia familiar y de género en el territorio bonaerense. Casi la mitad de los agresores, el 47,8%, son parejas sentimentales de las víctimas, y el 20% exparejas. Y este tipo de violencias se concentra en gran medida en las principales ciudades bonaerenses. De las causas presentadas, la Justicia resuelve poco más del 30%.
El segundo capítulo del informe de casi 300 páginas se dedica al acceso a la justicia. Se trata de un aspecto determinante para frenar este tipo de violencias y restituir derechos. El informe explica el recorrido que una víctima tiene que hacer para conseguir justicia, además de subrayar que su acceso "comprende el compromiso activo de los tres poderes del Estado". En este sentido "englobamos no solo las acciones judiciales y los recursos de iniciación y el sostenimiento que las mismas implican, sino todas aquellas acciones y prácticas que promueven y posibilitan el efectivo acceso de las mujeres a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Es decir que el efectivo acceso a la justicia supone contemplar no solo a los actores del Poder Judicial o de las Fuerzas de Seguridad, sino a todos aquellos organismos implicados en la problemática de la violencia de género".
Para Laurana Malacalza, coordinadora del Observatorio, la respuesta de la Justicia no es efectiva y "no genera medidas de protección a las víctimas". Pero además está sostenido por un modelo de gestión judicial de violencia contra las mujeres "que da cuenta de un modelo deficiente, en tanto no puede garantizar medidas de protección y sanciones efectivas a quienes han ejercido violencia contra las mujeres". En diálogo con Infojus Noticias subrayó que "esa gran cantidad de causas archivadas habla de un proceso judicial al que lo tiene que sostener la propia víctima. Si la víctima no presenta testigos, si no vuelve a rectificar la denuncia que hizo en comisaría, si no aporta pruebas, las causas quedan paralizadas y después se archivan".
Las estadísticas revelan que las víctimas son 76% mujeres, 16% niños, y 8% ancianos, discapacitados y varones.
Los expertos coinciden en señalar que las mujeres se convierten en protagonistas directas de la problemática de violencia familiar, ya sea porque son ellas quienes la padecen o por un familiar directo a quien tienen que contener o cuidar. A su vez el lugar donde las mujeres están más expuestas y bajo más riesgo es en su propio hogar. Los responsables de la mayoría de las agresiones, lesiones, heridas, abuso sexual y homicidio son los esposos o parejas de las víctimas. En tal sentido la OMS dice que el 68% de las muertes violentas de mujeres ocurren a manos de su pareja.
La problemática es de difícil resolución y requiere de un abordaje multidisciplinario. La obligatoriedad del Estado, desde 1994, en la toma de medidas para limitar los casos de maltrato infanto juvenil y de género, ha promovido como prioritaria la prevención en todos sus rangos.
Si bien en nuestro país se han dictado leyes de protección a las víctimas de Violencia Familiar, esto no garantiza la recuperación de las situaciones de violencia. La experiencia dicta que el instrumento judicial tiene que ser utilizado cuando la familia está preparada para sostenerlo, de lo contrario es en vano.
¿Por qué? Porque los efectos de la violencia intrafamiliar son desvastadores, se traducen en familias desintegradas, víctimas con secuelas físicas, desajustes emocionales, y con proliferación de sociopatías -consumo de drogas, alcohol, delitos, fuga del hogar, violencia hacia los otros- abusos y violaciones, embarazos tempranos y no deseados, que conllevan altos costos para la sociedad en su conjunto.
Según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), los países de la región invierten el 2 por ciento de su Producto Bruto Interno (PBI) en el tratamiento de las consecuencias de la violencia doméstica. Las víctimas de violencia doméstica necesitan en promedio más cirugías, visitas a médicos y farmacéuticos, internaciones hospitalarias y consultas de salud mental.
La población contenida en las obras sociales conforma un sector de clase media o media baja, en el seno de la cual, la problemática de referencia tiende a permanecer oculta, se vive como vergonzante, suele salir a la luz ante hechos fortuitos, a veces trágicos, pero en contraposición a lo que ocurre en sectores más bajos, se poseen mas recursos económicos, culturales, familiares, para buscar una salida.
Uno de esos recursos -escasamente utilizado- es el seguro social. Por lo tanto constituye un nuevo desafío para el Sistema Nacional del Seguro de Salud incluir este flagelo como objeto de sus programas de prevención de la salud.
La violencia social y especialmente la que se da en los vínculos familiares, es por excelencia un factor de inequidad y de deterioro de la calidad de vida. Vale destacar la relación de causa-efecto que se produce entre violencia y ausencia de salud, o de condiciones de vida saludable.
El Estado de la Nación ha otorgado rango constitucional a la Convención sobre los Derechos del Niño y a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, asumiendo la obligación de adoptar medidas legislativas administrativas sociales y educativas para garantizar la protección infanto juvenil y de la mujer contra toda forma de violencia.
Con la introducción de programas preventivos para la asistencia y atención a las víctimas de Violencia Familiar en el Sistema Nacional de Obras Sociales, sumaríamos una medida legislativa administrativa social para ayudar a resolver esta problemática, habida cuenta que su universo poblacional está compuesto por más de quince millones de personas en todo el territorio nacional.
El presente proyecto es tributario del Expediente 2481-S-2006 de autoría de la senadora nacional (m.c) Elida Vigo y resulta un tema de apremiante actualidad. Adherimos al llamamiento "Ni Una Menos" y esta iniciativa contribuirá ostensiblemente a solucionar gran parte de la problemática en cuestión.
Pido el acompañamiento de mis pares a fin de sancionar el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA