PROYECTO DE TP
Expediente 3572-D-2015
Sumario: PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO - PMO -. INCORPORACION DEL PROGRAMA DE PREVENCION PRIMARIA Y SECUNDARIA PARA LA ASISTENCIA Y ATENCION A LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR.
Fecha: 24/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Incorpórese al Programa
Médico Obligatorio vigente y al que en el futuro lo sustituya, el "Programa de
Prevención Primaria y Secundaria para la Asistencia y Atención a las Víctimas de
Violencia Familiar".
Artículo 2°: El Ministerio de Salud de
la Nación será la autoridad de aplicación, e instará a la Superintendencia de
Servicios de Salud para que dicte los instrumentos correspondientes para el debido
cumplimiento de la presente ley.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Organización Mundial de la Salud
(OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Comisión
Interamericana de Mujeres de la Organización de Estados Americanos (OEA),
considera a la violencia familiar como un problema crítico de salud pública y una
seria violación de los derechos humanos.
Un recorrido por la historia de la
humanidad, nos muestra que violencia hubo siempre, visualizada y oculta, pero
presente. Hemos aprendido una historia pública, sobre los hombres públicos y el
mundo público. En cambio, muchos años necesitamos para empezar a relatar la
historia de puertas para adentro, del mundo privado de la familia, las mujeres, los
niños, los ancianos y discapacitados.
Las modificaciones socioeconómicas
registradas desde mediados de los años 90 influyeron en la estructura familiar
dando lugar a nuevas formas, como el aumento de las familias monoparentales
con jefas de hogar, cambios en la definición de los roles masculino y femenino,
mayor independencia de la mujer, aumento de separaciones, divorcios y nuevas
uniones.- Así ensambladas las familias, aportan los hijos propios de cada cónyuge
de uniones anteriores y los hijos que la pareja podría tener.
Iniciado el siglo XXI sufrimos una de
las peores crisis, consideradas por los expertos de carácter estructural por su
impacto, pérdidas económicas, laborales, incertidumbre, desempleo y pobreza, que
fueron socavando el débil equilibrio, con problemas físicos y mentales de todo
tipo.
El impacto de lo socioestructural al
interior de las familias no es un tema nuevo, los primeros estudios de la violencia
familiar señalaban una serie de factores de los riesgos para predisponer a la
misma.
Ese conjunto de factores fueron
articulados en el "Modelo Ecológico Ecosistémico", que incluía los factores de tipo
individual, familiares, sociales y culturales (Belsky, 1980).
Más tarde, se agregan los factores de
compensación, al observar que las familias con similares factores de riesgo no
reaccionaban de la misma forma violenta ante los conflictos (Cicchetti y Risley
1984).
Los factores de riesgo deben ser
interpretados como tales, de riesgo, no deterministas, ni causalistas y deben
articularse con los de compensación, que también son diferentes en calidad y
cantidad en cada sujeto.
Estos factores son importantes a la
hora de hacer Prevención, que se los puede compensar para que su efecto no sea
tan dañino. Cuando actuamos en prevención, no sabemos qué hubiese pasado de
no intervenir; quizás algo más grave. Sin embargo el propósito de la intervención
es no esperar a que lo indeseado ocurra.
Al hablar de violencia familiar nos
referimos a diferentes formas que afectan a sus miembros: maltrato y abuso hacia
los niños, niñas y adolescentes, violencia y abuso hacia la mujer y hacia el hombre,
violencia cruzada en la pareja y violencia y abuso a los ancianos y discapacitados.
Generalmente se articulan y potencian entre sí, ya sea activamente, porque ocurre
de unos miembros hacia otros, o porque la misma es observada por los hijos. Los
niños no maltratados directamente son considerados "testigos de violencia", con el
riesgo de aprender esas conductas y repetirlas en el futuro.
La violencia familiar constituye un
caso especialmente dramático de la violencia social, ejercida en el espacio de lo
privado -cerrado, en las relaciones interpersonales más íntimas, en las que están
en juego el ejercicio del poder, el control y el dominio del más fuerte por sobre los
más débiles, y tanto unos como otros responden a un perfil psicológico que los
hace partícipes y reproductores de un círculo cada vez más cerrado.
Los datos proporcionados por la
justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, revelan que las causas judiciales
por violencia familiar en la década de los 90 se triplicaron, ascendiendo de 1000 en
el año 1995 a 3400 en el año 2005 y 7800 en 2013.
En la provincia de Buenos Aires, a
cada hora, catorce mujeres son víctimas de violencia machista. Y por día, siete de
ellas llamaron al 911 por ataques sexuales. El equipo del Observatorio de Violencia
de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires presentó el
"Informe de Monitoreo de políticas públicas y violencia de género". Allí releva y
analiza de febrero de 2012 a septiembre de 2013 los datos vinculados con la
violencia familiar y de género en el territorio bonaerense. Casi la mitad de los
agresores, el 47,8%, son parejas sentimentales de las víctimas, y el 20%
exparejas. Y este tipo de violencias se concentra en gran medida en las principales
ciudades bonaerenses. De las causas presentadas, la Justicia resuelve poco más
del 30%.
El segundo capítulo del informe de
casi 300 páginas se dedica al acceso a la justicia. Se trata de un aspecto
determinante para frenar este tipo de violencias y restituir derechos. El informe
explica el recorrido que una víctima tiene que hacer para conseguir justicia,
además de subrayar que su acceso "comprende el compromiso activo de los tres
poderes del Estado". En este sentido "englobamos no solo las acciones judiciales y
los recursos de iniciación y el sostenimiento que las mismas implican, sino todas
aquellas acciones y prácticas que promueven y posibilitan el efectivo acceso de las
mujeres a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Es decir que el efectivo
acceso a la justicia supone contemplar no solo a los actores del Poder Judicial o de
las Fuerzas de Seguridad, sino a todos aquellos organismos implicados en la
problemática de la violencia de género".
Para Laurana Malacalza, coordinadora
del Observatorio, la respuesta de la Justicia no es efectiva y "no genera medidas
de protección a las víctimas". Pero además está sostenido por un modelo de
gestión judicial de violencia contra las mujeres "que da cuenta de un modelo
deficiente, en tanto no puede garantizar medidas de protección y sanciones
efectivas a quienes han ejercido violencia contra las mujeres". En diálogo con
Infojus Noticias subrayó que "esa gran cantidad de causas archivadas habla de un
proceso judicial al que lo tiene que sostener la propia víctima. Si la víctima no
presenta testigos, si no vuelve a rectificar la denuncia que hizo en comisaría, si no
aporta pruebas, las causas quedan paralizadas y después se archivan".
Las estadísticas revelan que las
víctimas son 76% mujeres, 16% niños, y 8% ancianos, discapacitados y
varones.
Los expertos coinciden en señalar que
las mujeres se convierten en protagonistas directas de la problemática de violencia
familiar, ya sea porque son ellas quienes la padecen o por un familiar directo a
quien tienen que contener o cuidar. A su vez el lugar donde las mujeres están más
expuestas y bajo más riesgo es en su propio hogar. Los responsables de la
mayoría de las agresiones, lesiones, heridas, abuso sexual y homicidio son los
esposos o parejas de las víctimas. En tal sentido la OMS dice que el 68% de las
muertes violentas de mujeres ocurren a manos de su pareja.
La problemática es de difícil
resolución y requiere de un abordaje multidisciplinario. La obligatoriedad del
Estado, desde 1994, en la toma de medidas para limitar los casos de maltrato
infanto juvenil y de género, ha promovido como prioritaria la prevención en todos
sus rangos.
Si bien en nuestro país se han
dictado leyes de protección a las víctimas de Violencia Familiar, esto no garantiza
la recuperación de las situaciones de violencia. La experiencia dicta que el
instrumento judicial tiene que ser utilizado cuando la familia está preparada para
sostenerlo, de lo contrario es en vano.
¿Por qué? Porque los efectos de la
violencia intrafamiliar son desvastadores, se traducen en familias desintegradas,
víctimas con secuelas físicas, desajustes emocionales, y con proliferación de
sociopatías -consumo de drogas, alcohol, delitos, fuga del hogar, violencia hacia
los otros- abusos y violaciones, embarazos tempranos y no deseados, que
conllevan altos costos para la sociedad en su conjunto.
Según el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), los países de la región invierten el 2 por ciento de su Producto
Bruto Interno (PBI) en el tratamiento de las consecuencias de la violencia
doméstica. Las víctimas de violencia doméstica necesitan en promedio más
cirugías, visitas a médicos y farmacéuticos, internaciones hospitalarias y consultas
de salud mental.
La población contenida en las obras
sociales conforma un sector de clase media o media baja, en el seno de la cual, la
problemática de referencia tiende a permanecer oculta, se vive como vergonzante,
suele salir a la luz ante hechos fortuitos, a veces trágicos, pero en contraposición a
lo que ocurre en sectores más bajos, se poseen mas recursos económicos,
culturales, familiares, para buscar una salida.
Uno de esos recursos -escasamente
utilizado- es el seguro social. Por lo tanto constituye un nuevo desafío para el
Sistema Nacional del Seguro de Salud incluir este flagelo como objeto de sus
programas de prevención de la salud.
La violencia social y especialmente la
que se da en los vínculos familiares, es por excelencia un factor de inequidad y de
deterioro de la calidad de vida. Vale destacar la relación de causa-efecto que se
produce entre violencia y ausencia de salud, o de condiciones de vida saludable.
El Estado de la Nación ha otorgado
rango constitucional a la Convención sobre los Derechos del Niño y a la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra
la Mujer, asumiendo la obligación de adoptar medidas legislativas administrativas
sociales y educativas para garantizar la protección infanto juvenil y de la mujer
contra toda forma de violencia.
Con la introducción de programas
preventivos para la asistencia y atención a las víctimas de Violencia Familiar en el
Sistema Nacional de Obras Sociales, sumaríamos una medida legislativa
administrativa social para ayudar a resolver esta problemática, habida cuenta que
su universo poblacional está compuesto por más de quince millones de personas
en todo el territorio nacional.
El presente proyecto es tributario del
Expediente 2481-S-2006 de autoría de la senadora nacional (m.c) Elida Vigo y
resulta un tema de apremiante actualidad. Adherimos al llamamiento "Ni Una
Menos" y esta iniciativa contribuirá ostensiblemente a solucionar gran parte de la
problemática en cuestión.
Pido el acompañamiento de mis pares
a fin de sancionar el presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA |