PROYECTO DE TP
Expediente 3567-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS CONTROLES DEL SERVICIO BRINDADO POR LAS COMPAÑIAS DE TELEFONIA CELULAR MOVIL.
Fecha: 07/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al
Poder Ejecutivo Nacional y por su intermedio a la Secretaria de Comunicaciones del
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios informe sobre las
siguientes cuestiones vinculadas a los controles realizados a la telefonía celular por la
Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC):
•Detalle los mecanismos utilizados para
controlar el servicio brindado por las prestadoras de telefonía celular móvil.
Normativas.
•Si cuenta con un registro de las quejas de
los usuarios de telefonía celular.
•Número de agentes afectados a la
fiscalización de la calidad del servicio.
•Si utiliza métodos de medición directa de
satisfacción del usuario que permitan conocer estadísticamente su nivel de
conformidad.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Comisión Nacional de
Comunicaciones (CNC) fue creada por decreto 660/96. Es un organismo
descentralizado que funciona en el ámbito de la Secretaria de
Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios cuya misión y funciones son la regulación, contralor, fiscalización y
verificación de los aspectos vinculados a la prestación de los servicios de
telecomunicaciones, postales y de uso del Espectro Radioeléctrico.
Este Organismo tiene la facultad de administrar, gestionar, monitorear y
controlar los servicios y sistemas de telecomunicaciones entre los que se
encuentran los de telefonía, Internet, audio texto, satélites, servicios de
comunicaciones marítimos y aeronáuticos, entre otros (2) (1) .
Sin embargo, según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN)
publicado en marzo del año en curso, se detectaron deficiencias en la
actividad de control realizada por la CNC a las empresas prestadoras de
servicios de telefonía celular en el período comprendido entre enero de 2006
y septiembre de 2007.
El Informe advierte que:
En el Área Policía Técnica de Control Telefónico el desfase entre los avances
tecnológicos vinculados con la telefonía móvil y la normativa que regula su calidad
dificulta la comprobación de sus parámetros.
El número de agentes abocados a fiscalizar la calidad del servicio es reducido.
En particular, el organismo señaló que el Área Policía Técnica de Control Telefónico
de la CNC elabora informes técnicos que abarcan grandes extensiones geográficas
retrasando así la toma de conocimiento de las anomalías detectadas.
El Centro de Atención al Usuario (CAU) de la CNC no mide estadísticamente
los niveles de satisfacción de los usuarios.
La CNC basa la resolución de las denuncias en las informaciones e
inspecciones realizadas y suministradas por la empresa prestadora del servicio de telefonía móvil.
Los formularios de recepción de reclamos vinculados a telefonía celular móvil,
no son adecuados.
La CNC no efectúa seguimientos de la aplicación de una sanción ni los casos
de reincidencia respecto de los reclamos de los usuarios.
La CNC no cuenta con Manual de Procedimientos aprobado, para el área
metropolitana de Buenos Aires (AMBA), que establezca el circuito administrativo y
determine plazos para la resolución de trámites.
No pudo constatarse una base única de datos de reclamos que permita obtener
información actualizada del AMBA y de las Delegaciones Provinciales.
Se detectaron irregularidades formales en el procedimiento de resolución de
trámites radicados ante el CAU.
Algunos trámites presentados ante el CAU por anomalías en la prestación del servicio de telefonía móvil estuvieron paralizados por más de tres meses.
Los trámites resueltos se comunican a los interesados por correo pero no se
agrega al expediente la constancia de recepción fehaciente de la notificación.
En la foliatura de algunos expedientes hay omisiones.
La formulación presupuestaria no permite determinar la actividad de control
específicamente desarrollada por la CNC respecto de las prestadoras de telefonía celular móvil.
Considerando que es necesario que la CNC cumpla con su función de contralor para
evitar medidas arbitrarias de parte de las prestadoras de telefonía celular móvil y garantizar la calidad del servicio, solicito a los Sres. Diputados y Diputadas que acompañen con su voto afirmativo el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PAREDES URQUIZA, ALBERTO NICOLAS | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
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