PROYECTO DE TP
Expediente 3553-D-2007
Sumario: SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE HABILITACION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, LEY 24901: INCORPORACION DEL INCISO D) AL ARTICULO 39 (ASISTENCIA DOMICILIARIA).
Fecha: 19/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 93
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º: Incorpórese como
inciso d del artículo 39 de la ley 24901 el siguiente
Inciso d) Asistencia
Domiciliaria: Por indicación exclusiva del equipo interdisciplinario perteneciente o
contratado por las entidades obligadas, las personas con discapacidad podrán
recibir los apoyos brindados por un asistente domiciliario a fin de elevar su calidad
de vida, evitar su institucionalización o acortar los tiempos de internación. El
mencionado equipo interdisciplinario evaluará los apoyos necesarios, incluyendo
intensidad y duración de los mismos así como su supervisión, evaluación
periódica, su reformulación, continuidad o finalización de la asistencia. El asistente
domiciliario deberá contar con la capacitación específica avalada por la certificación
correspondiente expedida por autoridad competente.
ARTICULO 2º : La presente ley
deberá ser reglamentada dentro de los 90 días de su promulgación
ARTICULO 3º : DE FORMA
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 24901 establece un conjunto
de prestaciones básicas a favor de las personas con discapacidad. Desde la sanción
de la ley y hasta el momento es posible advertir que la mayor parte de la oferta de
servicios está orientada a aquellas personas que tienen indicación profesional de
ser asistidas en instituciones.
Es necesario desarrollar alternativas
prestacionales que ofrezcan apoyo para elevar la calidad de vida de las personas
que pueden vivir en su hábitat natural, conservando los vínculos propios de la vida
familiar e insertos en su comunidad. El asistente domiciliario es una excelente
alternativa a la internación convencional en pacientes seleccionados que favorece
la permanencia de la persona en su medio.
La actuación del asistente domiciliario
se orienta a pacientes crónicos portadores de una discapacidad que sin este
recurso tendrían que permanecer indefinidamente bajo un régimen de internación.
Su tarea consiste en brindar los apoyos necesarios para que el domicilio de la
persona sea el mejor lugar para que ésta recupere o conserve las funciones de
autovalimiento para la vida diaria. De esta forma no solo se obtiene un mayor
confort para el paciente y su familia sino que también se evitan los riesgos propios
de la internación y de la institucionalización.
Las Naciones Unidas ha aprobado la
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
recientemente y nuestro país la ha signado encontrándonos ahora en proceso de
su ratificación por ley. Dicha Convención obliga a nuestro país a garantizar el
derecho a la máxima independencia de la persona, a la permanencia en su
comunidad y a la mejora continua de sus condiciones de vida.
Existe un alto número de personas
con limitaciones para las actividades de la vida diaria pero que de ninguna manera
requieren de la complejidad de las instituciones sanitarias o asistenciales.
Nuestro compromiso con las personas
con discapacidad exige que les posibilitemos el ejercicio del derecho a la
autodeterminación, la igualdad, la inclusión y la independencia. A través de la
incorporación de nuevos servicios, centrados en las necesidades de la persona y su
familia y complementarios de los existentes, se logrará brindar los apoyos
necesarios para el logro de aquellos derechos.
Con la finalidad de contribuir a
mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad ayudándolas a
permanecer en su medio, es que vengo a solicitar la aprobación del presente
Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MONTI, LUCRECIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
13/11/2007 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
20/11/2007 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
21/11/2007 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 3352/2007 | CON MODIFICACIONES | 29/11/2007 |
Senado | Orden del Dia 0141/2008 | 18/04/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 21/11/2007 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 04/12/2007 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 04/03/2009 | SANCIONADO |
Senado | INSERCION | 04/03/2009 |