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PROYECTO DE TP


Expediente 3547-D-2015
Sumario: DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO INTEGRAL DE LA HIPOSMIA - ANOSMIA: INCORPORACION DENTRO DEL "PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO - PMO -".
Fecha: 23/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 75
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Se incorpora al Programa Médico Obligatorio, la cobertura total de los análisis de diagnóstico y tratamiento integral de la hiposmia-anosmia
ARTÍCULO 1°: Objeto- Incorpórase al Programa Médico Obligatorio (PMO), al sistema público nacional, obras sociales y mutuales provinciales adheridas, la cobertura total de los análisis de diagnóstico y tratamiento integral de la la hiposmia-anosmia.
ARTICULO 2°: Las obras sociales y asociaciones de obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente las prestaciones establecidas en esta ley, las que quedan incorporadas de pleno derecho al Programa Médico Obligatorio (PMO) dispuesto por Resolución 939/2000 del Ministerio de Salud, incluyendo la provisión de tratamientos así como la rehabilitación del sentido del olfato.
ARTICULO 3°: Créase el Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hiposmia-Anosmia para el adulto mayor, en el ámbito del Ministerio de Salud, que tendrá los siguientes objetivos, sin perjuicio de otros que se determinen por vía reglamentaria:
a) Entender en todo lo referente a la investigación, docencia, prevención, detección y atención de la hiposmia.
b) Coordinar con las autoridades sanitarias y educativas de las provincias que adhieran al mismo y, en su caso, de la Ciudad de Buenos Aires las campañas; de educación y prevención de la hiposmia- anosmia tendientes a la concientización sobre la importancia de la realización de los estudios diagnósticos tempranos, incluyendo los concernientes a la presbiosmia y todas las otras enfermedades que pudieren derivar en hiposmia-anosmia.
c) Planificar la capacitación del recurso humano en las prácticas diagnósticas y tecnología adecuada;
d) Realizar estudios estadísticos que abarquen a todo el país con el fin de evaluar el impacto de la aplicación de la presente ley;
e) Arbitrar los medios necesarios para proveer a todos los hospitales públicos con servicios de otorrinolaringología los equipos necesarios para la realización de los diagnósticos que fueren necesarios;
f) Proveer gratuitamente del tratamiento a los pacientes de escasos recursos y carentes de cobertura médico- asistencial;
g) Establecer, a través del Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, las normas para acreditar los servicios y establecimientos incluidos en la presente ley, los protocolos de diagnóstico y tratamiento para las distintas variantes clínicas y de grado de las hiposmia-anosmia.
h) Establecer un sistema de teleasistencia a personas que pertenecen a colectivos vulnerables y viven solas, para facilitar tecnológicamente su comunicación rápida y eficaz ante cualquier emergencia que pudiera sobrevenir
ARTICULO 4°: El Ministerio de Salud realizará las gestiones necesarias para lograr la adhesión de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires a la presente ley.
ARTICULO 5°: - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Organización Mundial de la Salud (OMS), afirma que el 30% de la población mundial padece de anosmia: falta total del olfato. Especialistas europeos opinan que la población general puede presentar alteraciones del olfato con una frecuencia de 16% de hiposmia (falta parcial del olfato) y 5 % de anosmia, y en muchos de estos casos el afectado desconoce la causa de los síntomas, o sea desconoce la enfermedad.
El desconocimiento de la enfermedad, que en muchos casos abarca a los propios médicos, pone en riesgo sus vidas y refleja la importancia de incentivar el estudio de los sentidos químicos capacitando a los profesionales de la salud como a las áreas gubernamentales. Una estadística local reciente informa que en la Ciudad de Buenos Aires hay un 10,7 % de personas con hiposmia y 1,5 % padecen de anosmia. En esa muestra de un total de 1223 participantes sanos, 194 tenían más de 60 años de edad y de éstos un 38,1 % presentaban hiposmia.
Por su parte se define presbiosmia como la pérdida olfatoria relacionada con la edad. Diversas investigaciones clínicas y del epitelio olfatorio señalan que la misma se inicia a partir de los 60 a 65 años de edad
La importancia de la presbiosmia es cada vez mayor debido al envejecimiento progresivo de la población argentina, puede ser causada por afectaciones de la vía aérea superior, virales comunes y/o bacterianas, agudas y crónicas como: rinitis, rinosinusitis y rinofaringitis.
Estas mismas afecciones, pero llamadas pos URI (Upper respiratory infection) o pos viral se caracterizan por presentar daño directo de las neuronas olfatorias periféricas o centrales por virus neurotropos. Aquí el paciente presenta HIPOSMIA o ANOSMIA después del cuadro viral de las VAS, que puede recuperar o no.
Las estadísticas dicen que solo se recuperan en forma espontánea un tercio de los pacientes con este tipo de afecciones. Es más frecuente la hiposmia. Las personas de esta edad son más vulnerables a este cuadro, por la disminución fisiológica del número de neuronas: presbiosmia. Los virus también dañan a las neuronas receptoras del gusto, por lo que la hipogeusia es también frecuente.
Los síntomas de una presbiosmia pueden ser la hiposmia severa o anosmia, falta de sabor, hipogeusia, falta o disminución del apetito, pérdida de peso corporal, aislamiento y sensaciones de temor e inseguridad.
Afecta severamente la vida de las personas que padecen esta enfermedad, los que desarrollan temor y propensión a tener accidentes dentro o fuera del hogar por no darse cuenta de los escapes de gas, al no darse cuenta de un incendio o comida que se quema, hasta no ver el humo y las llamas, a ingerir alimentos en mal estado; llevándolos todo ello a sufrir de un cuadro de angustia grave.
Asimismo la enfermedad termina aislando al afectado que no sabe si huele mal (sudor, halitosis, orina: si presentan incontinencia, por ejemplo), y evita por ello el contacto con otras personas.
Dada la ausencia de sabor no pueden deleitarse o disfrutar de comidas o bebidas, lo que ocasiona trastornos nutritivos: dejan de comer o comen poco porque le saben igual diferentes tipos de comidas o bebidas; y en general redunda en una mala calidad de vida.
Por otra parte, y como dato importante, debe señalarse que la hiposmia es el primer síntoma de una enfermedad neurodegenerativa como E. de Parkinson o Alzheimer, lo que podrá contribuir a un diagnóstico más preciso y pronto de estas enfermedades para indicar los tratamientos necesarios.
Asimismo la hiposmia se relaciona con la aparición de otras enfermedades como rinosinusitis por alteraciones anatómicas, desviación de tabique, hipertrofia de cornetes, rinosinusitis alérgica, estacional o perenne o las no alérgicas o vasomotoras; traumatismos de cráneo: accidentes de tránsito, caídas; exposición a sustancias tóxicas: solventes, pinturas, polvillos, gases, etc.; enfermedades neurodegenerativas como E. de Parkinson, Alzheimer, esclerosis múltiples; enfermedades neurológicas: epilepsia, migraña; tumores en cualquier parte de la vía olfatoria, enfermedades psiquiátricas: esquizofrenia, depresión y entidades psicológicas: neurosis, trastornos emocionales de etiologías varias.
Dadas las características de la enfermedad y sus consecuencias es imperativo que se encuentre incluida en el PMO, y reciba cobertura su diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.
La información utilizada en los fundamentos se basa en los estudios efectuados por el G.E.O.G, Grupo de Estudio de Olfato y Gusto, y del libro Olfato y Gusto de la Dra. Graciela M. Soler en su libro "Olfato y Gusto. Enfoque Multidisciplinario" de Editorial Akadia, 2012.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen con su firma en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
VALINOTTO, JORGE ANSELMO CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA