PROYECTO DE TP
Expediente 3537-D-2009
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA MEDIDA DE LA EMPRESA "AEROLINEAS ARGENTINAS Y AUSTRAL" DE NO COBRAR DOS ASIENTOS A CLIENTES QUE PADECEN OBESIDAD EN VUELOS DE CABOTAJE.
Fecha: 29/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar beneplácito
por la medida tomada por la Empresa Aerolíneas Argentinas y
Austral de no cobrar dos asientos a clientes que padecen obesidad
en vuelos de cabotaje.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante al caso
Gustavo Rebull, que llegó al Instituto Nacional contra la
Discriminación, Xenofobia y el Racismo, Aerolíneas Argentinas
decidió colocar "un asiento adicional sin costo, cuando viaje un
obeso", confirmaron los directivos de la compañía aérea.
Recordemos que Rebull había sido obligado a pagar dos asientos
cuando intentó viajar de Misiones a Buenos Aires mientras pesaba
320 kilos.
Aerolíneas Argentinas y
Austral ajustadas a los términos de la Ley de Obesidad (26.396),
promulgada el 13 de agosto de 2008, son pioneras en el mercado
aerocomercial en establecer este tipo de facilidad del segundo
asiento en forma gratuita.
Dicha ley, en su
artículo 17, establece que "los proveedores de bienes o servicios con
destino al público en general, no podrán negarse, ante el
requerimiento de una persona obesa, a proporcionar el bien o
servicio solicitado, en las condiciones que al respecto establezca el
Poder Ejecutivo".
El gerente de ventas de
Aerolíneas, Rubén Nobile afirmó este hecho al Diario Clarín
expresando: "No hay ninguna otra transportadora aérea afiliada a
IATA que exima del pago del segundo asiento a los obesos. Somos
pioneros".
No obstante, en
Aerolíneas y Austral pusieron un par de requisitos para llevar a
pasajeros obesos sin que deban pagar asiento extra: que avisen a la
aerolínea con 48 horas de anticipación de su condición y que envíen
por fax un certificado médico autorizando al viaje.
Una vez arriba de la
aeronave, al pasajero que vaya a viajar en clase económica y tenga
más de 135 centímetros de perímetro abdominal se le darán dos
asientos y se levantará el apoyabrazos que separa uno de otro.
Además se le facilitará un prolongador del cinturón de seguridad.
Actualmente estas
aerolíneas, según datos de la empresa, transportan en un año
alrededor de 3 millones de pasajeros en vuelo de cabotaje, es decir
que es una parte significativa de los usuarios padecen este
problema.
Este proyecto radica en
expresar beneplácito a este tipo de medidas inclusivas, donde el
servicio pueda abarcar a todos los que lo necesiten utilizarlo.
Asimismo, creemos que
esta medida debería ser tomada como ejemplo, por las demás
Empresas.
Por todo lo expuesto
pido a mis compañeros/as acompañen este proyecto de
declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CAMAÑO, DANTE ALBERTO | BUENOS AIRES | NACIONAL SINDICAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
27/10/2009 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 2330/2009 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2803-D-2009, 3156-D-2009 y 3537-D-2009 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION | 24/11/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2803-D-2009, 3156-D-2009 y 3537-D-2009 | 25/11/2009 | APROBADO |