Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 3532-D-2011
Sumario: ENERGIA SOLAR Y EOLICA: REGIMEN DE PROMOCION PARA LA INSTALACION Y UTILIZACION EN VIVIENDAS FAMILIARES Y PEQUEÑAS UNIDADES PRODUCTIVAS.
Fecha: 05/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


RÉGIMEN DE PROMOCION PARA LA INSTALACIÓN Y UTILIZACIÓN DE ENERGÍA SOLAR Y EÓLOICA - en viviendas familiares y pequeñas unidades productivas-
Artículo 1: Establecesé un régimen de promoción con el objeto de incentivar la instalación de equipos de energía solar y/o eólica en viviendas familiares, unidades productivas relacionadas a las economías regionales, microempresas, pequeñas empresas y empresas de la economía social.
Artículo 2: Se consideran micro y pequeñas empresas a aquellas unidades que se encuadren en la clasificación dispuesta por la Resolución Nº 21/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de Industria de la Nación.
Artículo 3: Se consideran empresas de la economía social a aquellas reconocidas por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Artículo 4: El Banco de la Nación Argentina otorgará créditos a tasa cero, con garantía prendaria sobre los bienes financiados, por un monto de hasta $30.000 (pesos treinta mil) para viviendas familiares y de hasta $60.000 (pesos sesenta mil) para los otros sujetos enunciados en el artículo 1º, con un plazo de devolución de hasta 120 (ciento veinte) meses.
Articulo 5: En el plazo de noventa días contados a partir de la sanción de la presente ley, la reglamentación establecerá los requisitos que deberán reunir los beneficiarios para acceder al beneficio establecido en el artículo anterior.
Artículo 6: De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Dos cuestiones nos han impulsado a proponer este Proyecto de Ley:
- El constatar la necesidad que tienen muchos habitantes de nuestro país de acceder a la utilización de fuentes de energía alternativas ante la imposibilidad de utilizar la energía tradicional, y
- El reconocer que debemos apostar a la producción de energía limpia
Estamos en época invernal y nuevamente nos preocupamos por la provisión de garrafas de gas a precios subsidiados para cubrir las necesidades de los que menos tienen y a los que no llegan las conexiones de las redes domiciliarias. La falta de gas no sólo afecta a las familias en su vida cotidiana también afecta las unidades productivas familiares que giran en torno de las economías regionales o se agrupan en figuras cercanas a empresas de la economía social. En muchas oportunidades hacia el interior de nuestras provincias sus habitantes también carecen de provisión de energía eléctrica, lo que los coloca al margen del mundo desarrollado.
Por ejemplo, durante 2010 la provincia de Salta, a través de la Secretaría de Relaciones Institucionales y de Defensa del Consumidor provincial, se presentó en la Justicia para pedir la ampliación del cupo de garrafas que la Nación se comprometió a enviar a esta provincia.
Las presentaciones se hicieron ante el Juzgado Federal N° 2 de Salta contra la Secretaría de Energía de la Nación. De este modo, el gobierno salteño -a través del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos- buscó incrementar en 220 toneladas mensuales el gas licuado de petróleo (GLP) para los salteños. Ello: "representaría la disponibilidad de unas 22.000 garrafas de más de diez kilos para los sectores menos favorecidos de la población" según declaró el Secretario de Relaciones Institucionales y Defensa del Consumidor, Santiago Godoy. Esta situación se repite en muchas otras provincias.
Lo dicho demuestra que es necesario acercarles soluciones alternativas a estos universos poblacionales vulnerables que se encuentran privados de ejercer algunos de sus derechos económicos, sociales y culturales relacionados con la economía del bienestar, que permiten a los habitantes gozar de una mejor calidad de vida
Según Gil Domínguez, "El mundo real ya no implica desigualdad en sus diversos aspectos (social, económico y jurídico), sino exclusión en esos mismos ámbitos, apareciendo de esta manera la polarización, donde en la cima están los que gozan el derecho (aprender, salud, educación, opción de voto, etc.) y en la base, en la angustia y el terreno movedizo del desplazamiento, están los "sin derecho a".
El capítulo segundo de nuestra Constitución Nacional -artículos nº 36 al 43-, enuncia estos "Nuevos Derechos y Garantías", entre los que se cuentan por ejemplo, el derecho a gozar de un ambiente sano y los derechos que asisten a los consumidores y usuarios. Corrientes doctrinarias modernas reconocen la existencia de derechos humanos de cuarta generación, que relacionan al hombre con el uso de las tecnologías y la sociedad del conocimiento. A partir de los diferentes Pactos y Declaraciones Internacionales se han revalorizado los derechos sociales como derechos humanos de segunda y tercera generación que nos garantizan a todos condiciones de vida digna, sustentadas en la función social del Estado. Ellos le dan real trascendencia al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
"Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos no puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos;"
La concepción de las finanzas públicas y de los objetivos que debe perseguir el Estado ha ido variando en el tiempo. Resulta claro que la visión moderna apunta a orientar su actividad financiera a resguardar los derechos humanos. No podemos consentir que haya argentinos que no tengan gas o luz y es por ello que, en forma complementaria con el resto de acciones que deberán encararse en ese sentido, proponemos fomentar la utilización de energías limpias como una solución alternativa.
Si bien Argentina está trabajando en ese sentido y muestra uno de los incrementos más significativos del mundo en la adopción de energías limpias en la comparación interanual, es necesario direccionar esos esfuerzos hacia los que más los necesitan. Durante 2009 fue sancionada por el Honorable Congreso Nacional la Ley Nº 26.473 que prohíbe la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial en todo el territorio de la República Argentina. Además, el Estado ha cambiado a los usuarios, en forma gratuita, millones de lámparas tradicionales por lámparas de bajo consumo en cumplimiento del Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía. Estos avances son sumamente importantes. No obstante, no debemos olvidar que en nuestras provincias tenemos vecinos que no tienen acceso a la luz eléctrica ni a la provisión de gas natural y esto es lo que buscamos subsanar.
Greenpeace expresa en su sitio oficial: "Las energías limpias crean más puestos de trabajo, dan poder a las comunidades locales y pueden utilizarse a gran escala. Décadas de progresos tecnológicos han contemplado cómo los molinos eólicos (aerogeneradores), los paneles solares, las centrales de biomasa y los colectores térmicos solares, adquirirán cada vez mayor protagonismo. El mercado global de las energías renovables está experimentando un gran crecimiento".
La necesidad de producir energía limpia es un desafío constante de los gobiernos modernos que deben encaminarse a dejar la menor "huella ecológica" posible. El desafió que nos convoca es tratar que nuestros habitantes vivan mejor usando menos. O sea, afectando lo menos posible el ambiente. Hay que tener en cuenta que el paso de un individuo por este planeta está limitado temporalmente. Pero parte del bienestar es inter-temporal y las generaciones que nos continúen tienen el mismo derecho que nosotros a tener una vida saludable.
En conclusión, hay argentinos que no tienen luz eléctrica o gas natural. Sin embargo, la tecnología actualmente disponible pone a disposición fuentes de energías alternativas que permiten llevar una solución a estos colectivos. Además, esa energía es limpia, no contamina y asegura un desarrollo sostenible.
El Estado debe colaborar para hacer accesible su instalación facilitando a los usuarios créditos a tasa cero que favorecerán las condiciones de vida, fomentarán la producción y evitarán la contaminación, que es el objetivo de este régimen de promoción. No realizar acciones en ese sentido conculcaría derechos ciudadanos y resultaría negligente. Tal cual lo manifestara el profesor Carlos Nino, desde su concepción integral del derecho que incluye a los derechos socioeconómicos, "no sólo se violan los derechos por acción, también se los viola por omisión".
Por todo lo expuesto, solicito respetuosamente a los señores Diputados que acompañen este Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO SALTA PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
CIENCIA Y TECNOLOGIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA