PROYECTO DE TP
Expediente 3525-D-2009
Sumario: DISMINUCION DEL MONTO DE LOS DERECHOS DE EXPORTACION DE LOS PRODUCTOS AGRICOLAS DE ACUERDO A LA DISTANCIA ENTRE BIENES EXPORTABLES Y LOS PUNTOS DE EXPORTACION.
Fecha: 29/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Establécese una
disminución del monto de los derechos de exportación de los productos
agropecuarios en proporción a la distancia existente entre los lugares de
producción de los bienes exportables y los puntos por los que se realiza
efectivamente la exportación, conforme a la siguiente tabla:
Artículo 2°: A los efectos de gozar del
mencionado beneficio los productores deberán obtener un certificado de origen de los
bienes a exportar, que podrá transmitirse por endoso al exportador.
Artículo 3º: La provincias serán la autoridad
de aplicación a los efectos de otorgar el certificado de origen de los bienes a exportar, que
establece el artículo 2º, para los bienes que se producen dentro de su territorio.
La Autoridad de Aplicación
podrá suscribir los convenios que considere pertinente con los organismos fiscales
nacionales con competencia en la materia, a efectos de garantizar la implementación de la
presente ley y la fijación de requisitos y controles uniformes para la obtención del
certificado de origen de los bienes a exportar.
Artículo 4º: Al momento de liquidarse los
derechos de exportación el sujeto pasivo de los mismos efectuará la disminución del
artículo 1º, conforme la procedencia que establezca el certificado de origen del bien a
exportar.
Artículo 5º: La Administración Federal de
Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía de la
Nación, ejercerá las tareas de control a su cargo sobre el procedimiento establecido en la
presente ley, sin que esta intervención implique condicionar, suspender o interrumpir de
modo alguno el mecanismo de obtención del beneficio.
Artículo 6º: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En marzo del 2008, conjuntamente con
otros señores diputados, presentamos un proyecto de ley propiciando una disminución de
los derechos de exportación de productos agropecuarios cuya producción se realice a más
de 300 km de los puntos de exportación (Exp. 933-D-08).
Esta fue nuestra contribución al debate
que por entonces nos tocó llevar adelante desde el Congreso. En este sentido, estamos
convencidos de que este mecanismo es una herramienta fundamental para los productores
del interior del país que deben afrontar altos costos de transporte.
El presente proyecto de ley, con idéntico
objetivo que aquel, establece que para obtener este beneficio serán las provincias las
autoridades de aplicación que otorgaran el certificado de origen.
Además de tener un espíritu federal, resulta
mas beneficioso y conveniente para quienes tienen que tramitarlo, que el certificado lo
otorguen las jurisdicciones provinciales.
Sin perjuicio de ello, proponemos que las
provincias puedan firmar convenios con organismos nacionales con competencia en la
materia para el mejor cumplimiento del objetivo primario de este proyecto, es decir,
beneficiar con una reducción de los derechos de exportación a aquellos bienes producidos
en lugares alejados de los puertos de exportación y que sufren la disminución de su
rentabilidad por la incidencia del flete y por otras cuestiones de localización, respecto de
aquellos que se producen cerca de los puertos.
Ello, porque también resulta necesario que los
requisitos para la obtención del certificado sean de carácter uniforme en todas las
jurisdicciones, teniendo en cuenta, además, que el certificado puede ser trasferible por
endoso al exportador para el caso que no sea el mismo productor.
Por estar a cargo de la Administración Federal
de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas de la Nación el control sobre el comercio exterior, proponemos en el
artículo 5º, que dicha facultad sea ejercida de modo que ello no implique desnaturalizar el
mecanismo establecido para la obtención del beneficio. Es por ello que el organismo no
podrá suspender o interrumpir con las medidas de control, el procedimiento establecido.
También para asegurar de alguna manera que el productor -cumpliendo con la normativa y
la reglamentación establecida, obtenga su beneficio, objetivo del proyecto.
Por todo lo expuesto, solicito al Señor
Presidente la aprobación del proyecto de ley que acompaña.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
COMERCIO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/08/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |