PROYECTO DE TP
Expediente 3525-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA RATIFICACION DEL TRATADO INTERNACIONAL DENOMINADO "CONVENCION IBEROAMERICANA DE DERECHOS DE LOS JOVENES", SUSCRIPTO EN BADAJOZ, ESPAÑA, EL 11/10/2005.
Fecha: 01/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 77
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional la instrumentación de los mecanismos necesarios para
proceder a la ratificación, por parte de la República Argentina y ante la
Organización Iberoamericana de Juventud, del Tratado Internacional
denominado "Convención Iberoamericana de Derechos de los
Jóvenes", suscripto el 11 de octubre de 2005 en la ciudad de Badajoz
(España) por los representantes de los países iberoamericanos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Convención
Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, que fuera acordada en un
reunión plenaria celebrada en Badajoz (España) el 11 de octubre de
2005 y en la que participaron y suscribieron los países de Bolivia,
Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras,
México, Nicaragua, Paraguay, Perú, Portugal, Rep. Dominicana,
Uruguay, Panamá, Venezuela y Argentina, intenta potenciar el
compromiso de estos países con políticas activas en el sector Juventud.
A su vez la Convención impulsa a sus partícipes a apoyar el
intercambio bilateral, subregional, regional e internacional con la
finalidad de propiciar la cooperación hacia mejores prácticas
nacionales para la formulación, implementación y evaluación de
políticas de juventud.
En su presentación se
considera "que entre los jóvenes de la Región existen graves carencias
y omisiones que afectan a su formación integral, al privarlos o
limitarles derechos como: la educación, el empleo, la salud, el medio
ambiente, la participación en la vida social y política, la adopción de
decisiones, la tutela judicial efectiva, la información, la familia, la
vivienda, el deporte, la recreación y la cultura en general".
El objetivo es revindicar la
condición de los jóvenes como personas, ciudadanos plenos, sujetos
reales y efectivos de derechos, y actores estratégicos del desarrollo de
sus países, y así, fomentar la creación de una cultura universal de
respeto a la libertad, la paz y los derechos humanos.
El texto de la convención
consta de un preámbulo a partir del cual se reconocen y se vinculan
con la misma todas las declaraciones internacionales que coadyuvan a
sostener políticas nacionales a favor de los jóvenes (Declaración
Universal de los Derechos Humanos, Convención contra la Tortura y
otros tratos o penas crueles inhumanas o degradantes).
Así mismo, ésta cuenta
con 44 artículos con un exhaustivo análisis y alcance en el
reconocimiento de derechos y establece en la "Secretaria General de la
Organización Iberoamericana de Juventud" el órgano depositario de la
presente.
La comunidad
internacional se debe una formulación explícita y directa que bregue
no solo por el reconocimiento de los derechos de los jóvenes sino
también por una acción planificada de los Estados en atención de estas
áreas sustanciales al desarrollo humano de todas las naciones del
mundo. En particular esta Convención se concentra en los países
iberoamericanos pero resulta ineludible que toda mejora de las
definiciones políticas de los Estados debe superar las fronteras de los
grupos regionales o históricos.
En ese marco, esta
Convención se vincula con el espíritu y voluntad política mundial que
quedó expresada a través del Programa Mundial de Acciones para la
juventud para el año 2000 en adelante, que aprobara por Resolución
N° 50/81 la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Esta Convención como
acción en sí misma, no representan una mejora efectiva pero resulta
un impulso contundente en la necesidad de definir y consolidar
políticas de los Estados hacia la juventud que ofrezcan un escenario
presente y futuro de reivindicación del papel protagónico que los
jóvenes tienen, no solamente en el presente sino en la trayectoria
hacia una historia social y política futura con mayor justicia y valores
humanistas.
Considerando que debe
avanzarse en la promoción de mayores y mejores oportunidades para
la juventud y la consecuente obligación de los Estados de garantizar y
adaptar las medidas necesarias para el pleno ejercicio de los derechos
de los jóvenes y por la relevancia de esta cuestión, es que solicito a
mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LLANOS, EDITH OLGA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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