Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 3518-D-2007
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL OTORGAMIENTO DE LA PERSONERIA JURIDICA A LA COMUNIDAD CHARRUA, PUEBLO JAGUAR, DEL DEPARTAMENTO DE VILLAGUAY, PROVINCIA DE ENTRE RIOS.
Fecha: 18/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 92
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar su beneplácito por el otorgamiento de la Personería Jurídica a la Comunidad Charrúa, Pueblo Jaguar del Departamento Villaguay de la Provincia de Entre Rios, gestión a cargo del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas dependiente del Ministerio Desarrollo Social.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por ley 23302 sobre Política Indígena y de apoyo a las Comunidades Aborígenes y su Decreto Reglamentario N° 155/89, se crea el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.
Estos principios se encuentran reconocidos por la Constitución Nacional en su artículo 75 inc. 17) , que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y la personería jurídica de sus comunidades.
El objetivo de la norma se encuentra orientado a promover la inscripción de las Comunidades Indígenas, coordinar su acción con los institutos de asuntos indígenas existentes en jurisdicciones provinciales y municipales, entre otros.
En ese esquema, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas otorgó la Personería Jurídica a la Comunidad Charrúa de la Provincia de Entre Rios.
No puede dejarse de recordar en la lucha por el reconocimiento de la comunidad charrúa a Rosa Albariño -quien ya nos ha dejado- miembro de la comunidad y luchadora incansable por el reconocimiento de los pueblos originarios, quien como vocera de la comunidad afirmaba "Es tiempo de fiesta y alegría, de re-unión, de abrazo, pero también de Memoria, porque la Memoria es la razón y la raíz de la conciencia".
Se dice que a los habitantes del Litoral los llamaron charrúas, que significa los que van al frente, los guerreros. "Así nos llamaron por no dejarnos jamás doblegar, por llevar los principios la libertad, la palabra y la lealtad a los nuestros, y sobre todo porque nuestros abuelos no permitieron establecerse ninguna misión jesuítica, motivo por el cual estuvieron condenados a una muerte anunciada desde el principio", decía Rosa Albariño.
Los charrúas no abandonaban su tierra, se trasladaban de un lugar otro, pero siempre regresaban,. Cuenta su pueblo que cuando se produjo la invasión conquistadora el charrúa fue acorralado en el monte y se volvió jaguar. Desde entonces se lo denominó Pueblo del Jaguar. El origen del pueblo charrúa es un desprendimiento del tronco de los indios tehuelches y fueron reconocidos por los expedicionarios españoles por su valentías y el profundo respeto a la tierra.
Estos indígenas habitaban la zona centro del suelo entrerriano, según las estimaciones, hace aproximadamente doce mil años. Tanto por su cantidad como por el buen estado de preservación, los objetos provenientes de los yacimientos de Villaguay constituyen una de las colecciones sobre la cultura charrúa más importante de la Argentina.
La comunidad charrúa Pueblo Jaguar tiene hoy más de 250 habitantes y gestionaban la personería jurídica desde el año 2003.
Por las razones expuestas, solicito la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OSUNA, BLANCA INES ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/09/2007 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de resolución
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2952/2007 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION 28/09/2007
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 07/11/2007 APROBADO