PROYECTO DE TP
Expediente 3495-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA APERTURA DE PUNTOS DE VENTA DE LA DENOMINADA GARRAFA ECONOMICA DE GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP).
Fecha: 27/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 75
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo la apertura
de una mayor cantidad de puntos de venta de la denominada Garrafa Económica
de Gas Licuado de Petróleo, garantizando asimismo su abastecimiento y que
efectivamente se cumpla con los precios de referencia establecidos por la
Secretaría de Energía de la Nación.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Gobierno Nacional promulgó en el
año 2005 la Ley del Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas
Licuado de Petróleo, la cual otorga a la Secretaría de Energía de la Nación la
facultad de establecer precios de referencia, para cada región y para cada
semestre estacional de invierno y verano, para el GLP envasado para uso
doméstico. En este marco se instrumentó la implementación de la garrafa
subsidiada, denominada Garrafa Económica.
Motiva el presente Proyecto de
Resolución la constatación de que la misma ha resultado ser hasta aquí un rotundo
fracaso, ya que resulta difícil de conseguir debido a que los puntos de ventas son
muy escasos y muchos de éstos se encuentran alejados de los barrios que no
cuentan con tendido de red de gas natural. Los 600 puntos de venta en el país,
que representan menos del 1% del total de los comercios habilitados para la venta
(cerca de 100.000), tienen una salida menor a las 100.000 unidades por mes,
siendo que hay 5 millones de usuarios de garrafas y la mayoría son de escasos
recursos. En la ciudad de La Plata, por tomar un ejemplo, existen tan sólo tres
puestos de expendio, mientras que en toda la Provincia de Misiones se encuentran
habilitados tan sólo 25.
A esto debemos agregar que el
invierno ha llegado y la situación en muchos hogares que no cuenten con servicio
de gas natural por redes tiende a agravarse ante el aumento descontrolado del
precio del gas envasado. La Defensoría del Pueblo Nacional ha denunciado
oportunamente los excesos en el precio de comercialización del gas en garrafas,
así como de la denominada garrafa económica subsidiada por el Gobierno. Las
asociaciones de usuarios y consumidores le pusieron números al problema:
autorizada a 21 pesos, se vende a $37. En efecto, desde el mes de diciembre de
2001 a la actualidad el precio de las garrafas de 10 kg. se vio incrementado en un
370% ($10 diciembre 2001/ $37 junio 2008). Esto significa que los usuarios que se
ven obligados a consumir garrafas, aquellos que habitan generalmente en las
zonas de menores posibilidades económicas, ubicados en regiones rurales, zonas
urbanas marginales y todas aquellas áreas y/o provincias que no tienen acceso
alguno a la red de gas natural, pagan 10 veces más por el mismo poder calórico
que los consumidores de gas natural.
Efectivamente, son los sectores de
menores ingresos los que más sufren la falta de cobertura del servicio de gas.
Estudios del IDICSO de la Universidad de El Salvador consignan que para enero de
2005 el 39% de los hogares del país carecía de provisión de gas natural por redes,
y que alrededor del 80% de los mismos consume gas licuado de petróleo (GLP)
envasado en garrafas de 10 kg., y el 20% restante quema plásticos, residuos
vegetales o animales, leña, etc. La misma fuente concluye que para fines de 2004,
el gasto familiar de las garrafas de 10 kg. en hogares de bajos ingresos
representaba, dependiendo de la región del país que se analice, entre el 50% y
60% sobre el gasto total de los servicios públicos elementales.
En los últimos años nos encontramos
con la paradoja que el gas que se distribuye por redes tiene el precio congelado a
sus usuarios finales, mientras que los usuarios de garrafa enfrentan fuertes
incrementos. Los estudios realizados por la Universidad de El Salvador a los que
hacíamos referencia estimaban entre el 450% y el 600% la diferencia entre el
costo de producción de cada garrafa y el precio en que llega al consumidor final.
IDICSO-USAL ha estimado, a partir de datos presentados por la Secretaría de
Energía de la Nación, en $4 el costo de producción de la garrafa de 10 kg. Por su
parte, las empresas declaran costos equivalentes a $7. Sin embargo el precio de
venta de la garrafa de 10 kg. oscila entre los 24 y 37 pesos.
Esto es consecuencia directa de la
nueva regulación del sector, que dejo de considerar la comercialización de garrafas
como un "servicio público", para definirla "de interés público", dejando así a
criterio del mercado la formación de precios. El negocio de la garrafa queda
evidenciado de esta manera como un claro ejemplo de cómo lucrar con los pobres.
Pero hay que ser claros: la mayor responsabilidad corresponde al Estado Nacional,
el cual, teniendo las herramientas para evitar esta situación, no hace nada al
respecto.
Vale la pena hacer algunas
aclaraciones respecto a las características del mercado del gas licuado. Podríamos
comenzar diciendo que no existe una real competencia entre las empresas que
participan del mismo. En efecto, una sola de ellas (Repsol YPF) posee, en lo que
constituye una clara posición dominante, el 55,3% de la producción total del país,
el 64,2% de la capacidad de transporte, y el 78,2% de la capacidad de
almacenamiento (Fuente: Comisión Nacional de Defensa de la Competencia). ¿Qué
significa detentar una "posición dominante"? Significa que, ante la inexistencia de
una competencia sustancial, la empresa dominante se encuentra en la posición de
formar precios superiores a los normales, lo que redundará en beneficios
extraordinarios no sólo para la empresa que se encuentra en esta situación de
privilegio, sino también para sus "pseudocompetidores", los cuales, aceptando el
liderazgo de la primera, actuarán como "tomadores de precios" en el mercado.
Esta situación configura una situación de "competencia restringida", y
presumiblemente de colusión tácita entre los participantes.
Pongámosle números a esta situación.
Ricardo Andrés De Dicco del Grupo MORENO (Movimiento por la Recuperación de
la Energía Nacional Orientadora) señala que "la ganancia internalizada por los
agentes económicos que operan en el mercado del GLP ha sido superior a los U$S
5.300 millones en los últimos siete años". Quizá una forma de empezar a
redistribuir en serio la riqueza (si es que esa es la real intención del gobierno
nacional), sea romper con esta lógica cuasi-monopólica de formación abusiva de
precios que se ensaña con los que menos tienen.
En vista de lo expuesto hasta aquí, y
atendiendo a los reclamos formulados por usuarios que encuentran que, ante el
fuerte incremento que autorizó la Secretaría de Energía de la Nación al precio del
gas licuado en garrafas, la denominada garrafa económica subsidiada por el
Estado Nacional es en la práctica poco accesible debido a la escasa cantidad de
puestos de venta de la misma existentes, es que solicitamos al Poder Ejecutivo la
apertura de una mayor cantidad de puntos de venta de la misma, garantizando
asimismo que efectivamente se cumpla con los precios de referencia para su venta
establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación.
Por todo lo expuesto anteriormente,
es que solicito a los Sres. Diputados acompañen en la sanción del presente
Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
FERRO, FRANCISCO JOSE | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/09/2008 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1121/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3429-D-2008, 3495-D-2008, 3828-D-2008 y 3829-D-2008 | CON MODIFICACIONES | 30/10/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3429-D-2008, 3495-D-2008, 3828-D-2008 y 3829-D-2008 | 03/12/2008 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3429-D-2008, 3495-D-2008, 3828-D-2008 y 3829-D-2008 | 05/08/2009 |