PROYECTO DE TP
Expediente 3493-D-2011
Sumario: DECLARAR LA EMERGENCIA ECONOMICA POR EL PLAZO DE 180 DIAS, A LAS LOCALIDADES DE CALETA OLIVIA, PICO TRUNCADO Y LAS HERAS DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, POR LA PARALIZACION DE LA ACTIVIDAD PETROLERA.
Fecha: 04/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
El Senado y Cámara de Diputados...
DECLARACIÓN DE
EMERGENCIA ECONOMICA PARA LAS LOCALIDADES DE CALETA OLIVIA,
PICO TRUNCADO Y LAS HERAS DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
ARTÍCULO 1º.- Declárese
la emergencia económica por la paralización de la actividad petrolera
por los persistentes bloqueos a las localidades de Caleta Olivia, Pico
Truncado y Las Heras de la provincia de Santa Cruz, por el plazo de 180
días a partir de la promulgación de la presente ley.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase
al Poder Ejecutivo a instrumentar a través de la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP) planes especiales de pago para las PYMES y
comercios de las localidades mencionadas, que directa o indirectamente
trabajan relacionados a la actividad petrolera.
Estos planes deberán
contemplar: 1. Prórroga del vencimiento de obligaciones impositivas y/o
contribuciones a la seguridad social durante el período de vigencia del
estado de emergencia declarado y hasta SEIS (6) meses finalizado
éste;
2. Financiación de las
obligaciones y/o contribuciones vencidas a la fecha de promulgación de
la presente ley en hasta CIENTO VEINTE (120) cuotas mensuales con un
interés no superior al CERO COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO
(0,75%) mensual;
3. Quita de intereses
resarcitorios y punitorios; y en los casos de pérdidas superiores al
OCHENTA POR CIENTO (80%) de la producción o capacidad de
producción, condonaciones con el objeto de adecuar la capacidad de
pago del contribuyente afectado a las contingencias padecidas.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase
al Poder Ejecutivo para que a través del Banco de la Nación Argentina se
adopten medidas especiales para la refinanciación de las obligaciones de
las empresas y comercios mencionados en el articulo2.-
ARTÍCULO 4º.- Facúltase
al Poder Ejecutivo a reestructurar las partidas presupuestarias que
resulten necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
ARTÍCULO 5°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto de ley tiene
por objeto instrumentar una política de gobierno para paliar y dar
contención a la crítica situación económica y social que están
padeciendo algunas localidades de la Provincia de Santa Cruz, debido a
los diferentes bloqueos que paralizaron la actividad petrolera en las
zonas en cuestión, con el fin de asistir económicamente a estas
empresas.
A raíz de los reiterados
bloqueos, estas zonas de mi provincia se están adentrando en una grave
crisis económica, que perjudica sobre todo a las pequeñas empresas y
comercios. Hay cortes en la cadena de pago a proveedores por lo que
provoca la paralización de la actividad comercial en estas zonas.
Además de los cortes en
las cadenas de pagos, y también como consecuencia de esto, hay cierre
de locales, paro de actividades en la producción, piquetes que impiden
el ingreso de mercaderías, etc.
Por lo expuesto, y
teniendo en cuenta la gran cantidad de puestos de trabajo y juego y el
bienestar de estos trabajadores, empresarios, y sus familias, solicito a
mis pares el tratamiento y aprobación del presente proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
FORTE, ULISES UMBERTO JOSE | LA PAMPA | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
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