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PROYECTO DE TP


Expediente 3491-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL MONTO TOTAL DE APORTES DEL TESORO NACIONAL ASIGNADOS DURANTE LOS AÑOS 2005 Y 2006, Y DURANTE EL PRIMER TRIMESTRE DE 2007, POR JURISDICCION Y FINALIDAD DEL GASTO.
Fecha: 16/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, informe, a través del Ministerio del Interior como Autoridad de Aplicación lo siguiente:
a) Cual fue el monto total de Aportes del Tesoro Nacional asignados durante los años 2005 y 2006, y durante el primer trimestre del presente año, de acuerdo a lo previsto en la Ley 23.548 artículo 5, por jurisdicción y finalidad del Gasto
b) Destino de los Aportes del Tesoro Nacional -ATN discriminado por provincia y en el caso que correspondiera por municipio. La información deberá incluir en cada caso la motivación que origina el pedido del aporte y su verificación que los aportes entregados se han aplicado al motivo requerido.
c) Detalle de la norma que autorizó dicho aporte, en el caso que lo hubiere realizado, y la oportunidad en que informó a la Provincia, tal como lo determina la Ley 23.548. d) Detalle de los ingresos que ha recibido la cuenta Aportes del Tesoro de la Nación, en el periodo 2005-2006 y el primer trimestre del presente año.
e) Mecanismos que adoptó o adoptará el Poder Ejecutivo Nacional para dar cumplimiento al articulo 5, 2do párrafo de la ley de Coparticipación Federal de Impuestos.
f) Detalle del remanente del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional al 30 de diciembre del 2005 y diciembre de 2006, y destinos dados a dichos remanentes.
g) Si la autoridad de aplicación ha destinado los fondos para atender necesidades financieras de organizaciones privadas o Municipalidades.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde 2003 se han entregado alrededor de 177 millones de pesos en ATN. La cuestión es que mientras que en 2004 se ejecutaron 54 millones, en 2003 y 2005 se gastó todo el dinero disponible.
Durante los primeros diez meses del año 2005 se distribuyó en las provincias un 35% más de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) partidas de dinero fresco para atender "situaciones de emergencia" y "desequilibrios financieros" que en todo 2004. La distribución de ATN favoreció a la provincia de Buenos Aires, territorio de la más importante batalla electoral, pero también, de lejos, el distrito más poblado. Allí fueron a parar 23.404.000 pesos, el 32% de los fondos repartidos en 2005.
Las partidas destinadas durante los primeros diez meses del 2005 a Buenos Aires fueron más del doble que en todo 2004, cuando encabezó la tabla con 9.318.300 pesos. Esto representa un incremento del 155% para ese distrito. A Buenos Aires le siguen las provincias de Córdoba, que recibió 5.383.300 pesos, un 7,4%; Río Negro, 5.289.000 pesos, un 7,2%; Entre Ríos, $ 5.195.000, un 7,1%; La Rioja, $ 4.300.000, un 5,9%; Tucumán, $ 4.200.000, el 5,7%; Santa Fe, $ 3.610.000, el 4,9%, y Jujuy, $ 3.270.000, el 4,5%.
Los destinos y asignaciones al año 2006 no fueron informados salvo parcialmente, por ello requerimos la información correspondiente
En la actualidad, el control de la distribución de ATN es tarea exclusiva de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), órgano de auditoria interno de la administración pública. El organismo de control también está vigilando con más celo el cumplimiento de la norma que obliga al Ministerio del Interior a informar a las provincias en forma trimestral sobre la distribución de los fondos. se le pidió a la cartera política que controlara más la entrega de los decretos de parte de los gobiernos provinciales, con los que declaran la recepción del dinero.
Aunque durante los últimos años no detectó irregularidades, en su último informe trimestral la SIGEN recomendó al Ministerio de Interior "la puesta en marcha de un circuito administrativo que contemple la tramitación y análisis de solicitudes de fondos para culminar en la posterior resolución de asignación de las transferencias". Esto es, que mejore el procedimiento administrativo por el cual se otorgan los ATN. Desde el año pasado, la Sigen realiza controles trimestrales de cada una de las partidas de ATN. Las revisiones, sin embargo, se limitan a verificar que se cumplan los pasos formales para la entrega de dinero y a controlar si las razones esgrimidas para los desembolsos se encuadran dentro de lo que marca la ley.
Es necesario que la distribución de los ATN sea equitativa y fundamentalmente la asignación de los mismos a causales reales y verificables, con rendición de las cuentas específicas
"El actual gobierno anunció al asumir que se transparentaría la asignación de ese dinero" pero hasta hoy se mantiene la férrea resistencia por brindar información detallada sobre el tema. El Presidente de la Nación destaca diariamente que la suya es "la nueva política", sin embargo, la actitud demostrada al repartir estos fondos no condice con sus dichos, por lo que corresponde esclarecer el tema.
Como legisladores nacionales tenemos la obligación de estar debidamente informados sobre todos los temas que hacen al Estado Argentino y que afectan directamente a sus habitantes. Por ello es necesario recibir las explicaciones del Poder Ejecutivo Nacional en relación al tema de la asignación de recursos provenientes del Presupuesto Nacional. Todo ello teniendo en cuenta la información periodística que refleja que la distribución de fondos con destino a obras de infraestructura se esta ejecutando en algunas jurisdicciones en desmedro de otras Provincias.
Por otra parte el crecimiento integral del País requiere políticas integrales y equitativas que permitan el desarrollo federal auténtico, a través de la asignación del presupuesto público de manera equilibrada.
Asimismo, se observa que recursos del Presupuesto Nacional son asignados, si bien en el marco de la legislación vigente, a destinos que originalmente no estaban previstos. Es muy importante hacer transparente la gestión pública para que los argentinos podamos ir logrando una digna y cada vez más armónica convivencia. A ello apunta el objeto del presente proyecto.
El Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias creado en el inciso d) del artículo 3° de la Ley Convenio 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales, se debe destinar para atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales, de acuerdo con lo normado en el artículo 5° de la misma ley, que a continuación se reproduce:
ARTICULO 5º - El Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias creado por el inciso d) del artículo 3 de la presente Ley se destinará a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior, quien será el encargado de su asignación.
Las fuentes de recursos que dieron origen al fondo son:
- El uno por ciento (1%) del total de los impuestos coparticipables según lo dispone el mencionado artículo 3º, como distribución primaria
- El dos por ciento (2%) de la distribución del impuesto a las ganancias conforme al artículo 40 de la ley 24.073.
- El uno por ciento (1%) del impuesto a los bienes personales según el artículo 4º de la ley 24.699.
- La cantidad de 20 millones anuales según el artículo 5º-inciso b) de la ley 24.699
El Ministerio del Interior tiene la obligación de informar trimestralmente sobre la distribución y transferencias de los fondos, indicando los criterios seguidos para la asignación. El Poder Ejecutivo Nacional no podrá girar suma alguna que supere el monto resultante de la aplicación del inciso d) del artículo 3º en forma adicional a las distribuciones de fondos regidos por esta ley salvo las previstas por otros regímenes especiales o créditos específicos del presupuesto de gastos de administración de la Nación. El presente proyecto tiene por objeto dar respuesta a la profunda preocupación surgida a raíz de considerables publicaciones periodísticas que señalan una marcada arbitrariedad en la distribución de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN) entre las provincias argentinas.
La sola sospecha de que lo referido tuviera algún asidero, constituye un hecho de suma gravedad política que implicaría una importante irregularidad en el manejo de los fondos públicos que debe ser inmediatamente investigada. Para aclarar esta situación resultaría necesario contar con información pormenorizada acerca de los fondos desembolsados en concepto de ATN a las provincias. Cabe destacar que la ley establece la obligación por parte del Ministerio de Interior de informar trimestralmente a las provincias sobre la situación de los fondos "indicando los criterios seguidos para su asignación". Sin embargo, esta obligación no ha sido cumplida en el tiempo y forma fijados por la Ley.
De igual manera, la ley estableció explícitamente que los fondos serían asignados a los gobiernos provinciales. Hecho que en la realidad ha sido desvirtuado mediante la remisión directa de fondos a entidades de menor rango como municipios o asociaciones de bien público (incluso sin que los destinos invocados hayan podido ser confirmados), generando dudas sobre los criterios adoptados para analizar las necesidades existentes en cada lugar. Esta situación irregular parecería sugerir que los fondos que legalmente han de asignarse como una especie de remedio federal destinado a cubrir necesidades extraordinarias de las jurisdicciones, están siendo utilizados como un sistema prebendario de favoritismos políticos y como moneda de cambio para presionar a los gobiernos con el fin de conseguir apoyo para distintos objetivos políticos del gobierno central. Lo cierto es que la distribución de los Adelantos del Tesoro Nacional se ha convertido en una práctica discrecional que no tiene en cuenta las características particulares y las necesidades de cada jurisdicción de las provincias. Parecería que a esta altura es necesario recordar que la distribución de estos fondos debe efectuarse en base a las pautas enunciadas en la ley, y no según la afinidad política. Por último, resulta necesario agregar que de la clara y explícita letra de la norma mencionada precedentemente surge palmariamente que la titularidad del Fondo ATN corresponde a las provincias y, en consecuencia, es indudable que los eventuales sobrantes de dichos recursos también les corresponden.
Es por esto que el presente proyecto requiere información detallada acerca de la existencia de un eventual remanente no distribuido de los fondos en ejercicios anteriores y su utilización para otros fines distintos a los de atender las necesidades de los gobiernos provinciales.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GALVALISI, LUIS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO MARTINEZ RAYMONDA (A SUS ANTECEDENTES) 08/08/2007