PROYECTO DE TP
Expediente 3491-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL MONTO TOTAL DE APORTES DEL TESORO NACIONAL ASIGNADOS DURANTE LOS AÑOS 2005 Y 2006, Y DURANTE EL PRIMER TRIMESTRE DE 2007, POR JURISDICCION Y FINALIDAD DEL GASTO.
Fecha: 16/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, informe, a través del Ministerio del Interior como Autoridad de
Aplicación lo siguiente:
a) Cual fue el monto total de Aportes del Tesoro Nacional asignados durante los
años 2005 y 2006, y durante el primer trimestre del presente año, de acuerdo a lo
previsto en la Ley 23.548 artículo 5, por jurisdicción y finalidad del Gasto
b) Destino de los Aportes del Tesoro
Nacional -ATN discriminado por provincia y en el caso que correspondiera por
municipio. La información deberá incluir en cada caso la motivación que origina el
pedido del aporte y su verificación que los aportes entregados se han aplicado al
motivo requerido.
c) Detalle de la norma que autorizó
dicho aporte, en el caso que lo hubiere realizado, y la oportunidad en que informó
a la Provincia, tal como lo determina la Ley 23.548.
d) Detalle de los ingresos que ha recibido la cuenta Aportes del Tesoro de la
Nación, en el periodo 2005-2006 y el primer trimestre del presente año.
e) Mecanismos que adoptó o adoptará
el Poder Ejecutivo Nacional para dar cumplimiento al articulo 5, 2do párrafo de la
ley de Coparticipación Federal de Impuestos.
f) Detalle del remanente del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional al 30 de
diciembre del 2005 y diciembre de 2006, y destinos dados a dichos remanentes.
g) Si la autoridad de aplicación ha destinado los fondos para atender necesidades
financieras de organizaciones privadas o Municipalidades.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde 2003 se han entregado
alrededor de 177 millones de pesos en ATN. La cuestión es que mientras que en
2004 se ejecutaron 54 millones, en 2003 y 2005 se gastó todo el dinero disponible.
Durante los primeros diez meses del
año 2005 se distribuyó en las provincias un 35% más de Aportes del Tesoro
Nacional (ATN) partidas de dinero fresco para atender "situaciones de
emergencia" y "desequilibrios financieros" que en todo 2004.
La distribución de ATN favoreció a la provincia de Buenos Aires, territorio de la
más importante batalla electoral, pero también, de lejos, el distrito más poblado.
Allí fueron a parar 23.404.000 pesos, el 32% de los fondos repartidos en
2005.
Las partidas destinadas durante los
primeros diez meses del 2005 a Buenos Aires fueron más del doble que en todo
2004, cuando encabezó la tabla con 9.318.300 pesos. Esto representa un
incremento del 155% para ese distrito.
A Buenos Aires le siguen las provincias de Córdoba, que recibió 5.383.300 pesos,
un 7,4%; Río Negro, 5.289.000 pesos, un 7,2%; Entre Ríos, $ 5.195.000, un 7,1%;
La Rioja, $ 4.300.000, un 5,9%; Tucumán, $ 4.200.000, el 5,7%; Santa Fe, $
3.610.000, el 4,9%, y Jujuy, $ 3.270.000, el 4,5%.
Los destinos y asignaciones al año
2006 no fueron informados salvo parcialmente, por ello requerimos la información
correspondiente
En la actualidad, el control de la
distribución de ATN es tarea exclusiva de la Sindicatura General de la Nación
(SIGEN), órgano de auditoria interno de la administración pública.
El organismo de control también está vigilando con más celo el cumplimiento de la
norma que obliga al Ministerio del Interior a informar a las provincias en forma
trimestral sobre la distribución de los fondos. se le pidió a la cartera política que
controlara más la entrega de los decretos de parte de los gobiernos provinciales,
con los que declaran la recepción del dinero.
Aunque durante los últimos años no
detectó irregularidades, en su último informe trimestral la SIGEN recomendó al
Ministerio de Interior "la puesta en marcha de un circuito administrativo que
contemple la tramitación y análisis de solicitudes de fondos para culminar en la
posterior resolución de asignación de las transferencias". Esto es, que mejore el
procedimiento administrativo por el cual se otorgan los ATN.
Desde el año pasado, la Sigen realiza controles trimestrales de cada una de las
partidas de ATN. Las revisiones, sin embargo, se limitan a verificar que se
cumplan los pasos formales para la entrega de dinero y a controlar si las razones
esgrimidas para los desembolsos se encuadran dentro de lo que marca la ley.
Es necesario que la distribución de los
ATN sea equitativa y fundamentalmente la asignación de los mismos a causales
reales y verificables, con rendición de las cuentas específicas
"El actual gobierno anunció al asumir
que se transparentaría la asignación de ese dinero" pero hasta hoy se mantiene la
férrea resistencia por brindar información detallada sobre el tema. El Presidente de
la Nación destaca diariamente que la suya es "la nueva política", sin embargo, la
actitud demostrada al repartir estos fondos no condice con sus dichos, por lo que
corresponde esclarecer el tema.
Como legisladores nacionales tenemos
la obligación de estar debidamente informados sobre todos los temas que hacen al
Estado Argentino y que afectan directamente a sus habitantes.
Por ello es necesario recibir las explicaciones del Poder Ejecutivo Nacional en
relación al tema de la asignación de recursos provenientes del Presupuesto
Nacional.
Todo ello teniendo en cuenta la información periodística que refleja que la
distribución de fondos con destino a obras de infraestructura se esta ejecutando
en algunas jurisdicciones en desmedro de otras Provincias.
Por otra parte el crecimiento integral del País requiere políticas integrales y
equitativas que permitan el desarrollo federal auténtico, a través de la asignación
del presupuesto público de manera equilibrada.
Asimismo, se observa que recursos del Presupuesto Nacional son asignados, si
bien en el marco de la legislación vigente, a destinos que originalmente no
estaban previstos.
Es muy importante hacer transparente la gestión pública para que los argentinos
podamos ir logrando una digna y cada vez más armónica convivencia. A ello
apunta el objeto del presente proyecto.
El Fondo de Aportes del Tesoro
Nacional a las Provincias creado en el inciso d) del artículo 3° de la Ley Convenio
23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales, se debe destinar para
atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos
provinciales, de acuerdo con lo normado en el artículo 5° de la misma ley, que a
continuación se reproduce:
ARTICULO 5º - El Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias creado
por el inciso d) del artículo 3 de la presente Ley se destinará a atender situaciones
de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será
previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior, quien será
el encargado de su asignación.
Las fuentes de recursos que dieron origen al fondo son:
- El uno por ciento (1%) del total de
los impuestos coparticipables según lo dispone el mencionado artículo 3º, como
distribución primaria
- El dos por ciento (2%) de la
distribución del impuesto a las ganancias conforme al artículo 40 de la ley
24.073.
- El uno por ciento (1%) del impuesto
a los bienes personales según el artículo 4º de la ley 24.699.
- La cantidad de 20 millones anuales
según el artículo 5º-inciso b) de la ley 24.699
El Ministerio del Interior tiene la
obligación de informar trimestralmente sobre la distribución y transferencias de los
fondos, indicando los criterios seguidos para la asignación. El Poder Ejecutivo
Nacional no podrá girar suma alguna que supere el monto resultante de la
aplicación del inciso d) del artículo 3º en forma adicional a las distribuciones de
fondos regidos por esta ley salvo las previstas por otros regímenes especiales o
créditos específicos del presupuesto de gastos de administración de la Nación.
El presente proyecto tiene por objeto dar respuesta a la profunda preocupación
surgida a raíz de considerables publicaciones periodísticas que señalan una
marcada arbitrariedad en la distribución de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN)
entre las provincias argentinas.
La sola sospecha de que lo referido
tuviera algún asidero, constituye un hecho de suma gravedad política que
implicaría una importante irregularidad en el manejo de los fondos públicos que
debe ser inmediatamente investigada.
Para aclarar esta situación resultaría necesario contar con información
pormenorizada acerca de los fondos desembolsados en concepto de ATN a las
provincias. Cabe destacar que la ley establece la obligación por parte del
Ministerio de Interior de informar trimestralmente a las provincias sobre la situación
de los fondos "indicando los criterios seguidos para su asignación". Sin embargo,
esta obligación no ha sido cumplida en el tiempo y forma fijados por la Ley.
De igual manera, la ley estableció explícitamente que los fondos serían asignados
a los gobiernos provinciales. Hecho que en la realidad ha sido desvirtuado
mediante la remisión directa de fondos a entidades de menor rango como
municipios o asociaciones de bien público (incluso sin que los destinos invocados
hayan podido ser confirmados), generando dudas sobre los criterios adoptados
para analizar las necesidades existentes en cada lugar.
Esta situación irregular parecería sugerir que los fondos que legalmente han de
asignarse como una especie de remedio federal destinado a cubrir necesidades
extraordinarias de las jurisdicciones, están siendo utilizados como un sistema
prebendario de favoritismos políticos y como moneda de cambio para presionar a
los gobiernos con el fin de conseguir apoyo para distintos objetivos políticos del
gobierno central.
Lo cierto es que la distribución de los Adelantos del Tesoro Nacional se ha
convertido en una práctica discrecional que no tiene en cuenta las características
particulares y las necesidades de cada jurisdicción de las provincias. Parecería
que a esta altura es necesario recordar que la distribución de estos fondos debe
efectuarse en base a las pautas enunciadas en la ley, y no según la afinidad
política.
Por último, resulta necesario agregar que de la clara y explícita letra de la norma
mencionada precedentemente surge palmariamente que la titularidad del Fondo
ATN corresponde a las provincias y, en consecuencia, es indudable que los
eventuales sobrantes de dichos recursos también les corresponden.
Es por esto que el presente proyecto
requiere información detallada acerca de la existencia de un eventual remanente
no distribuido de los fondos en ejercicios anteriores y su utilización para otros fines
distintos a los de atender las necesidades de los gobiernos provinciales.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GALVALISI, LUIS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO MARTINEZ RAYMONDA (A SUS ANTECEDENTES) | 08/08/2007 |