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PROYECTO DE TP


Expediente 3482-D-2009
Sumario: SANEAMIENTO DEFINITIVO DE LA SITUACION FINANCIERA ENTRE EL ESTADO NACIONAL, LAS PROVINCIAS Y LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. ESTABLECIMIENTO DE PLAZOS: ARTICULOS 26 DE LA LEY 25917 Y 17 DE LA LEY 25967.
Fecha: 28/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Establecimiento de plazos del Régimen de Saneamiento definitivo de la situación financiera entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ARTICULO 1º- Establécese que el 31 de diciembre de 2009 el Poder Ejecutivo Nacional deberá culminar con el procedimiento de determinación definitiva de deudas comprendidas en el Régimen de Saneamiento de la situación financiera entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecido por el Artículo 26 de la Ley Nº 25.917 y el Artículo 17 de la Ley Nº 25.967. ARTICULO 2° - Establécese el 31 de marzo de 2010 como fecha límite para la suscripción de los acuerdos respectivos en el marco de las disposiciones de los Artículos 11 y 12 del Decreto PEN Nº 1.382 de fecha 7 de noviembre de 2005. ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objetivo materializar, el denominado Régimen de Saneamiento definitivo de la situación financiera entre el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES adheridas, cuyo objetivo consiste en facilitar la extinción de las obligaciones recíprocas que se encontraren pendientes.
El régimen de compensación se enmarca en el artículo 26 de la Ley Nº 25.917, el cual establece en su párrafo segundo que el PODER EJECUTIVO NACIONAL instrumentará un régimen de compensación de deudas entre las jurisdicciones participantes del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, a partir de la vigencia de dicha la ley.
A su vez, se debe tener presente que la Ley Nº 25.967 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, faculta en su Artículo 17 al PODER EJECUTIVO NACIONAL a instrumentar el saneamiento definitivo de la situación financiera entre cada una de las Provincias, la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y el ESTADO NACIONAL en el marco del Régimen de Compensación previsto en el Artículo 26 de la Ley Nº 25.917, y aún a la fecha no se ha materializado.
Dicho artículo agrega que a tales fines podrá proponer y acordar conciliaciones, transacciones, reconocimientos, remisiones y toda otra operación que tienda a la determinación y cancelación de las deudas y/o créditos entre las partes, en los casos en litigio, convenirse conciliaciones y transacciones, determinar los saldos mediante el procedimiento que se dicte y aplicar los mismos para la cancelación de las obligaciones de las Jurisdicciones Provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
El Artículo 4º del Decreto Nº 1382/05 ha dispuesto que dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días de su publicación, las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES podrán manifestar su voluntad de participar del Régimen a través de la norma legal que corresponda.
El Artículo 19 del Decreto Nº 1382/05, establece que "El MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION será la Autoridad de Aplicación del presente Régimen, facultándose a su titular a extender los plazos indicados en los Artículos 4º y 6º de esta medida; a dictar las normas interpretativas, reglamentarias, aclaratorias y complementarias del presente Régimen".
Por todo ello, y considerando que se han extinguido los plazos administrativos para la determinación de las Jurisdicciones acreedoras, y a su vez, teniendo en cuenta que la provincia de Santa Fe ha cumplido oportunamente con todos los requisitos establecidos en el marco de la legislación que fuera dictada a tal efecto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGOSTO, WALTER ALFREDO SANTA FE SANTA FE FEDERAL
OBEID, JORGE ALBERTO SANTA FE SANTA FE FEDERAL
DALLA FONTANA, ARIEL RAUL ARMANDO SANTA FE SANTA FE FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)