PROYECTO DE TP
Expediente 3472-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA OBLIGATORIEDAD PARA TODOS LOS EFECTORES DE SALUD PUBLICOS Y PRIVADOS, DE IMPLEMENTAR UNA TARJETA MAGNETICA CON DATOS DE LA HISTORIA CLINICA DE LAS PERSONAS MAYORES.
Fecha: 17/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 71
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Requerir al Poder Ejecutivo, por
Intermedio del Ministerio de Salud y de la Superintendencia de Salud de la Nación,
establezca la obligatoriedad para las todos los efectores de salud públicos y
privados de implementar una tarjeta magnética (o dispositivo que crea
conveniente) que almacene los datos básicos y necesarios para una
atención de urgencia, de la Historia Clínica de las Personas Mayores.
Ello como inicio del proceso de
informatización de la Historia Clínica que establece la Ley N° 26.529 "Derechos
del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Cómo es sabido, las personas mayores
de 60 años resultan grupos etarios vulnerables en cuanto poseen sus capacidades
físicas y mentales muchas veces debilitadas.
Ello obliga de manera inexorable a que
los poderes públicos realicen acciones necesarias para implementar políticas
públicas que protejan, de alguna manera, los derechos fundamentales de este
grupo etario.
El Instituto de la Memoria (IMEDER),
conformado por diferentes profesionales especializados en enfermedades y
problemas de la memoria, cerebro y salud mental de América, ha realizado un
informe que arroja que alrededor del 70 % de los adultos mayores de 65 años se
quejan de olvidos, y que dichos olvidos pueden presentarse por ansiedad,
depresión, psicosis, estrés como también por otras enfermedades comunes en la
vejez como el Alzheimer y otras demencias seniles.
Sabido es, también, que según avanza
la edad, y debido a múltiples causas (la misma edad, nivel cultural, diabetes,
hipertensión, depresión, disminución de la agudeza visual y auditiva, consumo de
determinados tóxicos o fármacos, etc.), aumenta progresivamente el número de
personas mayores que presentan un rendimiento global bajo de las funciones
cognitivas o aisladamente de la memoria, el cual interfiere poco en su vida
cotidiana y no cumple los criterios de demencia.
Todo lo expuesto, provoca que muchas
veces los Adultos Mayores, se desorienten en la vía pública e ingresen a
hospitales o clínicas no recordando datos esenciales para su atención.
Asimismo, debido al crecimiento de la
delincuencia y a la violencia y agresividad con que los delincuentes atacan al
adulto mayor (por sus características de grupo altamente vulnerable descriptas
anteriormente), son brutalmente golpeados en las entraderas a sus hogares o
saliendo de entidades bancarias luego del cobro de sus haberes de jubilación o
pensión, y tanto la golpiza como el shock que la situación provoca en ellos, los
desorientan o provocan su pérdida de conocimiento.
Es por ello que, en todas estas
situaciones, los Adultos Mayores, probablemente no recuerden exactamente los
nombres, las dosis, o la frecuencia en que deben administrarse los medicamentos,
lo cuales, cabe poner también de resalto, suelen ser numerosos y diversos. Y
otros, ni siquiera recuerden sus datos personales, las dolencias o enfermedades
que sufren ni los médicos y sus indicaciones.
Por lo expuesto, y en resguardo de la
salud de todos ellos, es que se vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por
intermedio de los organismos con competencia especifica en Salud, realicen
políticas que permitan la implementación y lectura de dispositivos que almacenen
datos básicos y necesarios que puedan ser útiles en caso de la atención de
urgencia del Adulto Mayor (datos personales, enfermedades y alergias, nombre de
la medicación y frecuencia de suministro, profesionales de cabecera, clínicas de
asistencia, datos de familiares o personas a cargo, etc.).
Finalmente, y en lo que respecta como
beneficio para los efectores de salud, es dable mencionar la posibilidad de
optimizar los recursos por parte de las mismas, dado que permitirá fijar la
frecuencia y los nombres de las medicaciones que necesita el paciente de manera
crónica, sin la posibilidad para este último de adquirir con el correspondiente
descuento medicina excesiva con destino a otro paciente
Por todo lo expuesto, es que se solicita
a mis pares aprobar la presente Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TUNDIS, MIRTA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |