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PROYECTO DE TP


Expediente 3471-D-2014
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA APLICACION DE LA LEY ANTITERRORISTA PARA LIMITAR EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA LIBERTAD DE EXPRESION, CON MOTIVO DE LA IMPUTACION DEL PERIODISTA JUAN PABLO SUAREZ, EDITOR DE LA PAGINA WEB "ULTIMA HORA".
Fecha: 13/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 43
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar repudio y preocupación frente a la aplicación de la Ley Antiterrorista para limitar el derecho constitucional a la libertad de expresión y condicionar el ejercicio de la labor periodística, con motivo de la imputación penal formulada contra Juan Pablo Suárez, editor de la página web "Última Hora", en el marco de la causa que se le sigue en la Justicia Federal de Santiago del Estero.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el día de ayer trascendió públicamente la noticia de que el Sr. Juan Pablo Suárez, editor del diario digital "Última Hora", ha sido imputado por el Fiscal actuante ante la Justicia Federal de Santiago del Estero del delito de "incitación a la violencia colectiva" (art. 212 del Código Penal), con la agravante prevista en el art. 41 quinquies del Código Penal, introducida por la Ley 26.734 (Ley Antiterrorista) promulgada el 27 de diciembre de 2011.
En concreto, según establece esta última disposición, la pena se incrementará al doble de su mínimo y máximo, cuando el delito del que se trate hubiera "sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo".
Frente a ello, creo que debemos dejar en claro que toda persecución penal por un hecho enmarcado en el ejercicio de la labor periodística, atenta y vulnera el derecho a la libertad de expresión contemplado en nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacionales. Y como efecto inmediato, compromete seriamente el goce efectivo del derecho a la información por parte de la ciudadanía, puesto que este último funciona como contracara de aquél.
Asimismo, cabe advertir que la aplicación de dicha circunstancia calificante a esta clase de supuestos implica desnaturalizar los fines de la norma (dirigida a agravar la pena de los actos de terrorismo) y convierte en letra muerta la excepción incluida al final del artículo, según la cual, las agravantes allí previstas "no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional".
Desde el tratamiento de la mencionada ley en esta H. Cámara de Diputados, cuestionamos la discrecionalidad que otorgaba a las Fuerzas de Seguridad y a la Justicia para intervenir y criminalizar conflictos sociales. Puesto que en un Estado democrático, ninguna de esas instituciones deben ser utilizadas desde el Gobierno para perseguir a trabajadores que defienden sus derechos, a periodistas que muestren la realidad o a dirigentes sociales y políticos que promueven determinadas reivindicaciones.
Por último, aunque resulte anecdótico, es dable mencionar la polémica que generó esta norma impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional, dentro del propio ámbito del Gobierno
Nacional. Ello, aunque más no sea para poner de resalto que las expresiones que entonces fueron tildadas de "disparate" se han convertido ahora en una realidad preocupante.
En concreto, el titular de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbatella, había señalado entonces la posibilidad que los medios de comunicación fuesen acusados de "aterrorizar a la población", en caso de "difundir" noticias que pudieran provocar un retiro masivo de depósitos bancarios.
Frente a ello, se alzaron otras voces del propio Gobierno que descalificaron categóricamente la interpretación del Jefe de la UIF. A modo de ejemplo, el Senador Aníbal Fernández salió a defender la Ley Antiterrorista y consideró un "disparate" la posibilidad de aplicar dicha norma al periodismo o a las protestas sociales. En esta línea, afirmó que "Lo que se aprobó habla de las duras realidades de lo que sucede cuando actúa el terrorismo y con el terrorismo no se negocia". Y luego subrayó, "terrorismo es otra cosa, hay que ser un poquito más criterioso".
En el mismo sentido se pronunció el Ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, quien reprodujo el calificativo del Senador Fernández y aseveró que había mala intención en quienes realizaban esa interpretación (1) .
No obstante ello, es justo señalar que ciertas entidades que suelen mostrarse en sintonía con el Gobierno Nacional, tales como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), fueron críticos de esta iniciativa, tanto por la indeterminación y amplitud de la agravante, como por el desequilibrio respecto de las penas asignadas a delitos más graves. Sin embargo, el titular de dicho organismo, Horacio Verbitsky, rescató en aquella oportunidad que el proyecto establecía la competencia de la justicia federal en lugar de la justicia provincial (2) .
Pues bien, la situación acaecida en Santiago del Estero da cuenta de que los peores vaticinios acerca de esta ley pueden hacerse realidad y que ninguna de sus previsiones se muestra suficiente para impedir una interpretación desviada de la norma, cuando tal es la intención de quienes deben aplicarla.
Ante este panorama es oportuno advertir que nuestro país debió transitar un largo y penoso camino hasta lograr el reconocimiento efectivo del derecho a la libertad de expresión. En este sentido, previo al advenimiento de la democracia en 1983, muchas personas fueron perseguidas y asesinadas por el mero hecho de expresar opiniones divergentes. En consecuencia, creo que resulta francamente inaceptable que nuestra sociedad pierda hoy los
estándares de libertad que tanto le costó alcanzar, merced a los claroscuros que intencionalmente o por defecto (me inclino por lo primero) presentan las normas impulsadas desde el Poder Ejecutivo Nacional, y que sirven como instrumento para perseguir y acallar las voces críticas o disidentes.
Por todo lo expuesto, y por las razones que expondremos al momento de su tratamiento, es que solicito a mis pares el acompañamiento y la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO ENTRE RIOS UCR
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
NEGRI, MARIO RAUL CORDOBA UCR
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia)