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PROYECTO DE TP


Expediente 3468-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA DECISION ADOPTADA POR LA EMPRESA "GAS NATURAL BAN", DE TRASLADAR EL SISTEMA DE PROCESAMIENTO COMERCIAL A ESPAÑA.
Fecha: 16/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que a través de la Secretaría de Energía y el ENARGAS informe:
1) Si tiene conocimiento de la decisión adoptada por la empresa Gas Natural Ban, de trasladar el sistema de procesamiento comercial a España.
2) Si tamaña decisión cuenta con el aval de la Secretaría de Energía y el Ente de control correspondiente.
3) Si se ha considerado que esta decisión supone la eliminación de un centro de procesamiento central del sistema comercial en el que se elabora la lectura, facturación y demás aplicaciones relacionadas con lo usuarios.
4) Si se ha considerado que la decisión a adoptar modifica unilateralmente la confidencialidad de los datos de todos los usuarios de la zona de actuación de Gas Natural Ban y del estado de su relación comercial con la empresa prestataria del servicio.
5) Si no se ha evaluado que el Centro de Procesamiento de Datos de Gas Natural Ban pasará a tener un vínculo crítico con el Centro de Información de GNI-Barcelona.
6) Si no se ha evaluado que el traslado de hardware a España implica que existirán tareas vinculadas a la operatividad técnica del área comercial (Ej.: paradas programadas) que solo podrán realizarse en el centro de datos existentes en ese país.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Habiendo tomado conocimiento a través del Secretario General de la Asociación del Personal Jerárquico de la Industria del Gas (APJ-GAS), respecto a la decisión que pretende adoptar la empresa Gas Natural Ban, es que se plantea el siguiente pedido de informe.
El traslado a España del Centro de Procesamiento Central del Sistema Comercial supone implicancias negativas para los usuarios del servicio de gas natural en la zona norte y oeste del Gran Buenos Aires.
En primer lugar se modifica unilateralmente la confidencialidad de los datos de todos los usuarios de la zona de actuación de Gas Natural Ban y del estado de su relación comercial con la empresa prestataria del servicio.
Además, si esta decisión avanza no habrá un centro de procesamiento central del sistema comercial en el que se elabore la lectura, facturación y demás aplicaciones relacionadas con los usuarios.
El vínculo entre el Centro de Procesamiento de Datos de Gas Natural Ban (CPD), sito en Belgrano 931 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - y el centro de información de GNI - Barcelona (pretendida prestataria futura) comenzará a ser crítico. En la actualidad todas las sedes de Gas Natural Ban impactan sobre el CPD con anchos de bandas exclusivo, pero a partir de la migración de datos deberán competir en el enlace internacional de uso no exclusivo.
El traslado del hardware a España implica que existirán tareas vinculadas a la operatividad técnica del área comercial (por ej.: paradas programadas) que sólo podrán realizarse en el centro de datos existente en ese país.
Las impresiones masivas (por ej.: la facturación) y múltiples operaciones bancarias tendrán sus tiempos atados al ancho de banda del canal internacional, por lo que las adecuaciones operativas que hoy permite el procesamiento local de datos difícilmente se podrán soportar con el nuevo esquema.
Paradójicamente, cuando en todo el mundo se traslada este tipo de servicio a países con menores costos, Gas Natural Ban hace lo contrario. Advertimos que estas determinaciones no son gratuitas para el usuario de nuestro país y que con el transcurso del tiempo son utilizadas por las prestatarias para solicitar aumento de tarifas bajo el pretexto de aumento de costos operativos. El presupuesto del pretendido traspaso que nos ocupa duplica aproximadamente el costo actual del servicio de procesamiento de datos comercial.
Sostenemos que se afectará la cadena comercial en la que intervienen los procesos de contratación de servicios, lectura, facturación, cobros y previsión de la demanda y se dificultará la relación entre los clientes, los proveedores, los instaladores y los trabajadores del área comercial y operativa de Gas Natural Ban.
Se sumaran más escalones de autorización en la cadena de comercialización, se perderá efectividad de los controles locales y se tercerizarán las operaciones y las decisiones a distancia (outsorcings múltiples) de muy improbable monitoreo por parte de las autoridades regulatorias.
Se afectará el tiempo de respuesta de 13 de los 20 tipos de reclamos especificados por las normas emitidas por el ENARGAS y, simultáneamente se podrán en peligro puestos de trabajo en nuestro país como consecuencia de una definición de soluciones globales que se implantan unilateralmente en los países de actuación del grupo Gas Natural.
En síntesis, la decisión empresaria viola la información confidencial de los clientes, debilita los controles operativos y legales, pone en peligro la fuente de trabajo de muchos argentinos y limita nuestra capacidad soberana de privilegiar el servicio público por sobre las políticas empresariales dirigidas a la multiplicación de utilidades. En razón de esto, y de la necesidad de impedir una definición de este tipo es que presentamos este proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES EMANCIPACION Y JUSTICIA
BONASSO, MIGUEL LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES CONVERGENCIA
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
GODOY, JUAN CARLOS LUCIO ENTRE RIOS CONCERTACION ENTRERRIANA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)