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PROYECTO DE TP


Expediente 3467-D-2012
Sumario: CONTACTO DE MENORES DE EDAD CON SUS PADRES O ABUELOS NO CONVIVIENTES; SE ESTABLECEN PENAS DE PRISION AL QUE LO IMPIDA; MODIFICACION DEL CODIGO PENAL.
Fecha: 29/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º -Será reprimido con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres o abuelos no convivientes.
Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión.
ARTICULO 2º-En las mismas penas incurrirá el padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre o abuelo no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial.
Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin autorización judicial o excediendo los límites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán al doble del mínimo y a la mitad del máximo.
ARTICULO 3º - El tribunal deberá:
1. Disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres y abuelos.
2. Determinará, de ser procedente, un régimen de visitas provisorio por un término no superior a tres meses o, de existir, hará cumplir el establecido.
En todos los casos el tribunal deberá remitir los antecedentes a la justicia civil.
ARTICULO 4º -Incorpórase como inciso 3º del artículo 72 del Código Penal el siguiente:
Inciso 3º: Impedimento de contacto de los hijos menores con sus padres y abuelos no convivientes.
ARTICULO 5º -Esta ley se tendrá como complementaria del Código Penal.
ARTICULO 6º -Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El objetivo de esta ley es el niño. Bajo la figura del abuelo que entra en escena, como titular del derecho de contacto y consecuentemente como eventual víctima frente a su impedimento, lo saliente y primordial es el niño, el verdadero protagonista y centro de nuestra previsión. El niño necesita una familia. Ésta no es solo la parental constituida por sus progenitores. Incluye a los abuelos quienes son lo orígenes más cercanos de la identidad parental. El síndrome de alienación parental incluye a los abuelos.
Los padres - y por extensión la familia en toda su amplitud - constituyen "el mayor recurso aún por explotar" en la vida de los niños. Sabemos que son por esencia y naturaleza no tóxicos, lo que sugiere que es imposible que puedan ser más saludables para los niños.
Es difícil encontrar a algún experto, llámese Psicólogo, Pedagogo, Pediatra, "Defensor del Menor", etcétera, que recomiende la exclusión del padre en la educación y la crianza de los menores. Freud, Carl Rogers, Abraham Maslow, Lacan, Piaget, o en España el psiquiatra Rojas Marcos, Bernabé Tierno, o el Filósofo y Pedagogo José Antonio Marina (éste manifiesta en su libro "Aprender a vivir", Editorial Ariel, que "para educar a un niño hace falta toda una tribu") todos recomiendan la presencia de la figura paterna en la vida de los niños y adolescentes para que éstos alcancen el suficiente equilibrio emocional cuando lleguen a la adultez.
Nada de lo que hacen los papás pasa inadvertido para sus hijos, sobre todo durante la infancia, etapa que determinará en buena medida, el desarrollo posterior de los niños como jóvenes y como adultos. "El rol de un padre es tan importante en la vida del niño, como el de la madre". Un buen padre es tan necesario como una buena madre, motivo por el cual es necesario favorecer una participación más activa de los padres en la formación de los niños.
Son legión los sociólogos y trabajadores sociales que han ido constatando que existe relación (aunque no sea la causa exclusiva) entre la falta de padre y problemas como los fracasos escolares, la delincuencia juvenil, el consumo de drogas, los trastornos de la alimentación (bulimia y anorexia) los embarazos precoces y el que los menores se acaben fugando de casa.
Si continúa la tendencia actual, más de la mitad de los niños que han nacido últimamente en la Argentina, vivirán sin uno de sus padres biológicos, generalmente el padre, antes de que lleguen a ser adultos.
Muchos estudios concluyen que los niños que poseen un padre motivado y participativo, en comparación a hijos cuyo padre es menos activo, tienden a ser personas más competentes en el aspecto cognoscitivo y social, menos inclinados a estereotipar por diferencias de sexo, más demostrativos de su empatía, y poseen mayor capacidad de adaptación desde el punto de vista psicológico. Los padres varones deberían ser mucho más que "adultos secundarios o periféricos". Los que participan en la vida de sus hijos, brindan beneficios a sus hijos que seguramente nadie más puede ofrecer. Dan protección y apoyo económico y representan un
ejemplo-referente positivo como hombre. Tienen un estilo para criar a sus hijos que es bastante distinto al de la madre y esa diferencia es importante para un desarrollo saludable. La paternidad es tan crucial para el desarrollo saludable del niño como lo es la maternidad. La influencia del amor del padre en el desarrollo de sus hijos es tan profunda como la del amor de la madre y, en ocasiones, hasta más, un padre no cría ni educa como una madre.
- El padre cría a sus hijos de una manera distinta. Los padres poseen estilos inconfundibles para comunicarse e interactuar con ellos. Cuando los recién nacidos alcanzan las ocho semanas de vida, ya conocen la diferencia entre las interacciones que tienen con su madre y con su padre. Esta diversidad, en sí misma, les ofrece una experiencia rica y más amplia de interacciones de parentesco, indudablemente mucho más que los niños que se crían solamente con la madre o solamente con el padre. Consciente o inconscientemente los niños están aprendiendo desde su más tierna infancia, a través de la experiencia, que los hombres y las mujeres son diferentes y que tienen maneras distintas de sobrellevar la vida, relacionarse con otros adultos y con los niños.
- El padre juega de otra forma. Si bien aparentemente las madres y los padres se desenvuelven de forma muy semejante físicamente con sus hijos, por lo general el padre usa distintas formas. Los padres tienden a jugar con sus hijos y las madres tienden a cuidarlos. Él es "más brusco" y ella, más suave. El padre incentiva la independencia, y la madre, la seguridad. Los padres ayudan a las niñas y a los varones a interiorizar un equilibrio saludable entre la timidez y la agresión. Los menores necesitan la suavidad-ternura de su madre, al igual que los juegos bruscos de su padre.
- El padre crea confianza. ¿Quiénes son los que a menudo motivan a los niños a columpiarse o trepar un poco más alto, andar en bicicleta un poco más rápido o lanzar la pelota con un poco más de fuerza? ¿Quién motiva a los niños a ser cuidadosos? La madre tiende a advertir-proteger a los pequeños, mientras que suele ser el padre quien alienta a los niños a sobrepasar los límites.
- El padre se comunica de manera distinta. Cuando las madres y los padres les hablan a sus hijos, ambos lo hacen de distinta manera. La madre por lo general simplifica sus palabras y habla a nivel del niño. El padre, sin embargo, no demuestra tanta inclinación por modificar su lenguaje con el niño. El estilo del padre desafía al niño a ampliar su vocabulario y sus habilidades lingüísticas-un elemento fundamental para el éxito académico. La conversación del padre tiende a ser más breve, de mando... También usa más frecuentemente expresiones faciales y "lenguaje corporal sutil". La madre tiende a ser más descriptiva, personal en su expresión oral. Los pequeños que no aprenden a entender y usar ambos estilos de conversación, se encontrarán en desventaja, puesto que estarán obligados a experimentar ambos estilos a medida que entren al mundo de los adultos.
- El padre maneja la disciplina de otra forma. El padre tiende a observar y hacer cumplir las reglas de manera sistemática y con firmeza, lo cual les enseña a los niños su objetividad y las consecuencias de lo que está bien y lo que está mal. La madre, en cambio, tiende a expresar más "comprensión" y compasión respecto de la desobediencia. Ninguno de estos estilos es bueno por sí solo, pero en conjunto, crean un equilibrio saludable y adecuado.
- El padre prepara a los niños para el mundo real. En términos generales, el padre tiende a ver a su hijo con respecto al resto del mundo, en cambio la madre tiende a ver al resto del mundo con respecto a su hijo. Es mucho más probable que sea el padre quien les diga a sus hijos que si no se comportan amablemente con otros, otros niños no van a querer jugar con ellos. O bien, que si no tienen buen rendimiento en la escuela, no llegarán a la universidad o no podrán conseguir un buen empleo. En términos generales, el padre ayuda a los pequeños a prepararse para la realidad y el rigor del mundo real, mientras que la madre procura protegerlos. Indudablemente ambas cosas son necesarias en el transcurso de la vida de los niños.
- El padre ofrece al hijo una visión de lo que es el mundo masculino (aunque parezca de perogrullo). Los hombres y las mujeres son distintos; comen de manera distinta, se visten de manera distinta; huelen distinto. Sobrellevan la vida de distinta forma. Desde el punto de vista estereotípico los padres hacen "cosas de hombre" y las madres, "cosas de mujeres". Las niñas y los niños que crecen con la figura de su padre se sienten más familiarizados y seguros con el mundo de los hombres. Las niñas que tienen padres que participan en su vida tienen más probabilidades de cultivar relaciones más saludables y de mayor confianza con jóvenes en la adolescencia y, posteriormente, con hombres en la edad adulta. Las niñas que se crían con un padre que participa en su vida también se sienten más familiarizadas desde un punto de vista saludable, con el mundo de los hombres. No se preguntan qué sensación da la barba de un hombre o cómo es sentirse abrazada por brazos fuertes. Este conocimiento genera estabilidad y seguridad emocional. Los niños que se crían con su padre son menos susceptibles a ser violentos. Han podido confirmar su masculinidad y aprender de sus padres, cómo canalizar positivamente esa masculinidad y fuerza. El padre puede ayudar a su hijo a entender más cabalmente lo que es la sexualidad masculina apropiada, la higiene y qué conducta es adecuada a su edad. A veces puede resultar difícil para la madre poder enseñar estas cosas a sus hijos varones.
Todo lo antedicho es aplicable para la familia grande, con las limitaciones que naturalmente tiene en materia de grado de influjo. La familia grande está integrada por los abuelos. Un abuelo no forma con igual hondura el carácter del niño-adolescente, pero sin duda alguna contribuye relevantemente. Con la extensión de la expectativa de vida, ya corren tres generaciones de abuelos que se vinculan con sus nietos hasta bien entrada la adolescencia y en numerosos casos en la juventud. Los vínculos afectivos se anudan fuertemente entre abuelos y nietos.
Con el aumento de las disociaciones matrimoniales y la conflictividad de números divorcios, los efectos nocivos como el impedimento de contacto abarcan también a los abuelos, sólitamente los paternos porque es generalmente el padre quien se ve impedido de contacto con su hijo y por añadidura igual restricción sufren los abuelos.
Este proyecto de ley responde a necesidades sociales crecientes. La inclusión de los abuelos entre las víctimas del delito de impedimento de contacto responde a ese reclamo social y se inserta en la convicción de que la relación abuelo-nieto es benéfica para el niño y para el adolescente, así como el impedimento de esa relación es maléfico.
Esta iniciativa de ley, impulsada recientemente en el Congreso de Mar del Plata y que cuenta con el apoyo de Plataforma Ciudadana por la Igualdad, Asociación Abuelos Separados de sus Nietos y AVILEGEN, de España, que tiene reconocimiento en Alemania, por solo citar algunos ejemplos, procura sencillamente agregar en la ley 24270, una palabra: ABUELO, omnicomprensivo de abuelas y abuelos, tanto como "padre" se refiere a los progenitores de ambos sexos, tal como establece el Diccionario de la Lengua.
Son parientes en línea recta obligados jurisprudencialmente también al pago de los alimentos y muchísimas veces asisten a sus hijos y a sus nietos, especialmente cuando aquellos deben concurrir a sus empleos y los nietos "no tienen quien los cuide". También cuando los jóvenes se encuentran con un embarazo y sin vivienda ni recursos, por lo que recurren a "los viejos" , quienes siempre tienden mucho más que la mano. Sin embargo, a la hora de la disolución del vínculo de la pareja y en la disputa de "poder", los chicos son usados como trofeo -" no los vas a ver jamás!!!ni vos ni nadie!!!!" reza la más común de las voces de guerra intrafamiliar.
Sin la madurez necesaria, los progenitores lastiman y dan lástima, pero el daño se lo producen a los hijos, que tienen una vida por delante, y a los abuelos que no tienen tanto tiempo.
El proyecto de reforma del Código Civil incluye a los abuelos entre los que tienen el derecho de contacto con sus nietos y establece el DEBER DE COMUNICACIÓN (cf. Arts 555/7)
La Convención Internacional de los Derechos del Niño, le asegura a éstos su integración a la familia y es LEY de la Nación, cuya aplicación cabe tal como lo expresan en sus fundamentos los autores del citado anteproyecto de codificación civil y comercial. "...Los casos deben ser resueltos conforme a un sistema de fuentes... Así, se alude a la necesidad de procurar interpretar la ley conforme con la Constitución Nacional y los tratados en que el país sea parte"
El daño que produce la falta de contacto sobre un niño o niña, es inenarrable y, si continúa, es irreparable. Además, se lo realiza con abuso sobre su persona, porque no es lo quiere, sino que se le inculca y manipula, tal como lo demuestra el Dictamen de la Asociación Latinoamericana Contra el Síndrome de Alienación Parental y la Fundación para la Prevención del Síndrome de Alienación Parental de Puerto Rico. Se lo admite expresamente en la ley 12.318 del 26/10/2010 de Brasil.
Ni los nietos ni sus abuelos tienen culpa en su desvinculación. .Pero sí la tiene quien impide el contacto y esa conducta debe ser sancionada, siguiendo los lineamientos de la legislación vigente: la ley 24270.
Por eso proponemos incluír a los abuelos junto al progenitor no conviviente, para denunciar al progenitor o tercero que impida el contacto con sus nietos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
VIDELA, NORA ESTHER SAN LUIS FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 7262-D-14