PROYECTO DE TP
Expediente 3467-D-2012
Sumario: CONTACTO DE MENORES DE EDAD CON SUS PADRES O ABUELOS NO CONVIVIENTES; SE ESTABLECEN PENAS DE PRISION AL QUE LO IMPIDA; MODIFICACION DEL CODIGO PENAL.
Fecha: 29/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º -Será reprimido con prisión de un
mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores
de edad con sus padres o abuelos no convivientes.
Si se tratare de un menor de diez años o de un
discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión.
ARTICULO 2º-En las mismas penas incurrirá el
padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre o abuelo no conviviente, lo
mudare de domicilio sin autorización judicial.
Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin
autorización judicial o excediendo los límites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán
al doble del mínimo y a la mitad del máximo.
ARTICULO 3º - El tribunal deberá:
1. Disponer en un plazo no mayor de diez días, los
medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres y abuelos.
2. Determinará, de ser procedente, un régimen de
visitas provisorio por un término no superior a tres meses o, de existir, hará cumplir el
establecido.
En todos los casos el tribunal deberá remitir los
antecedentes a la justicia civil.
ARTICULO 4º -Incorpórase como inciso 3º del
artículo 72 del Código Penal el siguiente:
Inciso 3º: Impedimento de contacto de los hijos
menores con sus padres y abuelos no convivientes.
ARTICULO 5º -Esta ley se tendrá como
complementaria del Código Penal.
ARTICULO 6º -Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El objetivo de esta ley es el niño. Bajo la figura
del abuelo que entra en escena, como titular del derecho de contacto y consecuentemente como
eventual víctima frente a su impedimento, lo saliente y primordial es el niño, el verdadero
protagonista y centro de nuestra previsión. El niño necesita una familia. Ésta no es solo la parental
constituida por sus progenitores. Incluye a los abuelos quienes son lo orígenes más cercanos de la
identidad parental. El síndrome de alienación parental incluye a los abuelos.
Los
padres - y por extensión la familia en toda su amplitud
- constituyen "el mayor recurso aún por explotar" en la
vida de los niños. Sabemos que son por esencia y
naturaleza no tóxicos, lo que sugiere que es imposible
que puedan ser más saludables para los niños.
Es difícil encontrar a algún experto,
llámese Psicólogo, Pedagogo, Pediatra, "Defensor del Menor", etcétera, que
recomiende la exclusión del padre en la educación y la crianza de los menores. Freud,
Carl Rogers, Abraham Maslow, Lacan, Piaget, o en España el psiquiatra Rojas Marcos,
Bernabé Tierno, o el Filósofo y Pedagogo José Antonio Marina (éste manifiesta en su
libro "Aprender a vivir", Editorial Ariel, que "para educar a un niño hace falta toda
una tribu") todos recomiendan la presencia de la figura paterna en la vida de los
niños y adolescentes para que éstos alcancen el suficiente equilibrio emocional cuando
lleguen a la adultez.
Nada de lo que hacen
los papás pasa inadvertido para sus hijos, sobre todo durante la infancia, etapa que
determinará en buena medida, el desarrollo posterior de los niños como jóvenes y
como adultos. "El rol de un padre es tan importante en la vida del niño, como el
de la madre". Un buen padre es tan necesario como una buena madre, motivo por el
cual es necesario favorecer una participación más activa de los padres en la formación
de los niños.
Son legión los sociólogos y trabajadores
sociales que han ido constatando que existe relación (aunque no sea la causa
exclusiva) entre la falta de padre y problemas como los fracasos escolares, la
delincuencia juvenil, el consumo de drogas, los trastornos de la alimentación (bulimia y
anorexia) los embarazos precoces y el que los menores se acaben fugando de
casa.
Si continúa la tendencia actual, más de
la mitad de los niños que han nacido últimamente en la Argentina, vivirán sin uno de
sus padres biológicos, generalmente el padre, antes de que lleguen a ser adultos.
Muchos estudios concluyen que los niños
que poseen un padre motivado y participativo, en comparación a hijos cuyo padre es
menos activo, tienden a ser personas más competentes en el aspecto cognoscitivo y
social, menos inclinados a estereotipar por diferencias de sexo, más demostrativos de
su empatía, y poseen mayor capacidad de adaptación desde el punto de vista
psicológico. Los padres varones deberían ser mucho más que "adultos
secundarios o periféricos". Los que participan en la vida de sus hijos, brindan
beneficios a sus hijos que seguramente nadie más puede ofrecer. Dan protección y
apoyo económico y representan un
ejemplo-referente positivo como hombre.
Tienen un estilo para criar a sus hijos que es bastante distinto al de la madre y esa
diferencia es importante para un desarrollo saludable. La paternidad es tan crucial para
el desarrollo saludable del niño como lo es la maternidad. La influencia del amor del
padre en el desarrollo de sus hijos es tan profunda como la del amor de la madre y, en
ocasiones, hasta más, un padre no cría ni educa como una madre.
- El padre cría a sus hijos de una
manera distinta. Los padres poseen estilos inconfundibles para comunicarse e
interactuar con ellos. Cuando los recién nacidos alcanzan las ocho semanas de vida, ya
conocen la diferencia entre las interacciones que tienen con su madre y con su padre.
Esta diversidad, en sí misma, les ofrece una experiencia rica y más amplia de
interacciones de parentesco, indudablemente mucho más que los niños que se crían
solamente con la madre o solamente con el padre. Consciente o inconscientemente los
niños están aprendiendo desde su más tierna infancia, a través de la experiencia, que
los hombres y las mujeres son diferentes y que tienen maneras distintas de sobrellevar
la vida, relacionarse con otros adultos y con los niños.
- El padre juega de otra
forma. Si bien aparentemente las madres y los padres se desenvuelven de forma muy
semejante físicamente con sus hijos, por lo general el padre usa distintas formas. Los
padres tienden a jugar con sus hijos y las madres tienden a cuidarlos. Él es "más
brusco" y ella, más suave. El padre incentiva la independencia, y la madre, la
seguridad. Los padres ayudan a las niñas y a los varones a interiorizar un equilibrio
saludable entre la timidez y la agresión. Los menores necesitan la suavidad-ternura de
su madre, al igual que los juegos bruscos de su padre.
- El padre crea
confianza. ¿Quiénes son los que a menudo motivan a los niños a columpiarse o trepar
un poco más alto, andar en bicicleta un poco más rápido o lanzar la pelota con un poco
más de fuerza? ¿Quién motiva a los niños a ser cuidadosos? La madre tiende a
advertir-proteger a los pequeños, mientras que suele ser el padre quien alienta a los
niños a sobrepasar los límites.
- El padre se comunica de manera
distinta. Cuando las madres y los padres les hablan a sus hijos, ambos lo hacen de
distinta manera. La madre por lo general simplifica sus palabras y habla a nivel del
niño. El padre, sin embargo, no demuestra tanta inclinación por modificar su lenguaje
con el niño. El estilo del padre desafía al niño a ampliar su vocabulario y sus
habilidades lingüísticas-un elemento fundamental para el éxito académico. La
conversación del padre tiende a ser más breve, de mando... También usa más
frecuentemente expresiones faciales y "lenguaje corporal sutil". La madre tiende a ser
más descriptiva, personal en su expresión oral. Los pequeños que no aprenden a
entender y usar ambos estilos de conversación, se encontrarán en desventaja, puesto
que estarán obligados a experimentar ambos estilos a medida que entren al mundo de
los adultos.
- El padre maneja la disciplina de
otra forma. El padre tiende a observar y hacer cumplir las reglas de manera
sistemática y con firmeza, lo cual les enseña a los niños su objetividad y las
consecuencias de lo que está bien y lo que está mal. La madre, en cambio, tiende a
expresar más "comprensión" y compasión respecto de la desobediencia. Ninguno de
estos estilos es bueno por sí solo, pero en conjunto, crean un equilibrio saludable y
adecuado.
- El padre prepara a los niños
para el mundo real. En términos generales, el padre tiende a ver a su hijo con
respecto al resto del mundo, en cambio la madre tiende a ver al resto del mundo con
respecto a su hijo. Es mucho más probable que sea el padre quien les diga a sus hijos
que si no se comportan amablemente con otros, otros niños no van a querer jugar con
ellos. O bien, que si no tienen buen rendimiento en la escuela, no llegarán a la
universidad o no podrán conseguir un buen empleo. En términos generales, el padre
ayuda a los pequeños a prepararse para la realidad y el rigor del mundo real, mientras
que la madre procura protegerlos. Indudablemente ambas cosas son necesarias en el
transcurso de la vida de los niños.
- El padre ofrece al hijo una visión de
lo que es el mundo masculino (aunque parezca de perogrullo). Los hombres y
las mujeres son distintos; comen de manera distinta, se visten de manera distinta;
huelen distinto. Sobrellevan la vida de distinta forma. Desde el punto de vista
estereotípico los padres hacen "cosas de hombre" y las madres, "cosas de mujeres".
Las niñas y los niños que crecen con la figura de su padre se sienten más
familiarizados y seguros con el mundo de los hombres. Las niñas que tienen padres
que participan en su vida tienen más probabilidades de cultivar relaciones más
saludables y de mayor confianza con jóvenes en la adolescencia y, posteriormente, con
hombres en la edad adulta. Las niñas que se crían con un padre que participa en su
vida también se sienten más familiarizadas desde un punto de vista saludable, con el
mundo de los hombres. No se preguntan qué sensación da la barba de un hombre o
cómo es sentirse abrazada por brazos fuertes. Este conocimiento genera estabilidad y
seguridad emocional. Los niños que se crían con su padre son menos susceptibles a ser
violentos. Han podido confirmar su masculinidad y aprender de sus padres, cómo
canalizar positivamente esa masculinidad y fuerza. El padre puede ayudar a su hijo a
entender más cabalmente lo que es la sexualidad masculina apropiada, la higiene y
qué conducta es adecuada a su edad. A veces puede resultar difícil para la madre
poder enseñar estas cosas a sus hijos varones.
Todo lo antedicho es aplicable para la
familia grande, con las limitaciones que naturalmente tiene en materia de grado de
influjo. La familia grande está integrada por los abuelos. Un abuelo no forma con igual
hondura el carácter del niño-adolescente, pero sin duda alguna contribuye
relevantemente. Con la extensión de la expectativa de vida, ya corren tres
generaciones de abuelos que se vinculan con sus nietos hasta bien entrada la
adolescencia y en numerosos casos en la juventud. Los vínculos afectivos se anudan
fuertemente entre abuelos y nietos.
Con el aumento de las disociaciones
matrimoniales y la conflictividad de números divorcios, los efectos nocivos como el
impedimento de contacto abarcan también a los abuelos, sólitamente los paternos
porque es generalmente el padre quien se ve impedido de contacto con su hijo y por
añadidura igual restricción sufren los abuelos.
Este proyecto de ley responde a
necesidades sociales crecientes. La inclusión de los abuelos entre las víctimas del delito
de impedimento de contacto responde a ese reclamo social y se inserta en la
convicción de que la relación abuelo-nieto es benéfica para el niño y para el
adolescente, así como el impedimento de esa relación es maléfico.
Esta iniciativa de ley, impulsada recientemente en el
Congreso de Mar del Plata y que cuenta con el apoyo de Plataforma Ciudadana por la Igualdad,
Asociación Abuelos Separados de sus Nietos y AVILEGEN, de España, que tiene reconocimiento
en Alemania, por solo citar algunos ejemplos, procura sencillamente agregar en la ley 24270, una
palabra: ABUELO, omnicomprensivo de abuelas y abuelos, tanto como "padre" se refiere a los
progenitores de ambos sexos, tal como establece el Diccionario de la Lengua.
Son parientes en línea recta obligados
jurisprudencialmente también al pago de los alimentos y muchísimas veces asisten a sus hijos y a
sus nietos, especialmente cuando aquellos deben concurrir a sus empleos y los nietos "no tienen
quien los cuide". También cuando los jóvenes se encuentran con un embarazo y sin vivienda ni
recursos, por lo que recurren a "los viejos" , quienes siempre tienden mucho más que la mano. Sin
embargo, a la hora de la disolución del vínculo de la pareja y en la disputa de "poder", los chicos
son usados como trofeo -" no los vas a ver jamás!!!ni vos ni nadie!!!!" reza la más común de las
voces de guerra intrafamiliar.
Sin la madurez necesaria, los progenitores lastiman y
dan lástima, pero el daño se lo producen a los hijos, que tienen una vida por delante, y a los
abuelos que no tienen tanto tiempo.
El proyecto de reforma del Código Civil incluye a los
abuelos entre los que tienen el derecho de contacto con sus nietos y establece el DEBER DE
COMUNICACIÓN (cf. Arts 555/7)
La Convención Internacional de los Derechos del Niño,
le asegura a éstos su integración a la familia y es LEY de la Nación, cuya aplicación cabe tal como
lo expresan en sus fundamentos los autores del citado anteproyecto de codificación civil y
comercial. "...Los casos deben ser resueltos conforme a un sistema de fuentes... Así, se alude a la
necesidad de procurar interpretar la ley conforme con la Constitución Nacional y los tratados en
que el país sea parte"
El daño que produce la falta de contacto sobre un niño
o niña, es inenarrable y, si continúa, es irreparable. Además, se lo realiza con abuso sobre su
persona, porque no es lo quiere, sino que se le inculca y manipula, tal como lo demuestra el
Dictamen de la Asociación Latinoamericana Contra el Síndrome de Alienación Parental y la
Fundación para la Prevención del Síndrome de Alienación Parental de Puerto Rico. Se lo admite
expresamente en la ley 12.318 del 26/10/2010 de Brasil.
Ni los nietos ni sus abuelos tienen culpa en su
desvinculación. .Pero sí la tiene quien impide el contacto y esa conducta debe ser sancionada,
siguiendo los lineamientos de la legislación vigente: la ley 24270.
Por eso proponemos incluír a los abuelos junto al
progenitor no conviviente, para denunciar al progenitor o tercero que impida el contacto con sus
nietos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
VIDELA, NORA ESTHER | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 7262-D-14 |