PROYECTO DE TP
Expediente 3458-D-2012
Sumario: CREACION DEL SISTEMA NACIONAL DE OBSERVACION Y ANALISIS METEREOLOGICO POR RADARES.
Fecha: 29/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º - Apruébase el SISTEMA
NACIONAL DE OBSERVACIÓN Y ANÁLISIS METEOROLÓGICO POR
RADARES cuya concepción se detalla en el Anexo I y forma parte integrante de la
presente ley.
Artículo 2º - Desígnase al Ministerio de
Defensa como Autoridad de Aplicación de la presente ley. A tal efecto, está
facultado para resolver las cuestiones específicas que genere su puesta en
marcha y, a la vez, dictar las normas aclaratorias, interpretativas o
complementarias que requiera la implementación del sistema que se aprueba por
la presente ley.
Artículo 3º - Desígnase al Servicio
Meteorológico Nacional como órgano ejecutor del SISTEMA NACIONAL DE
OBSERVACIÓN Y ANÁLISIS METEOROLÓGICO POR RADARES, quedando
facultado para efectuar la totalidad de las tareas que demande la ejecución del
sistema, en el marco de las responsabilidades que le son propias.
Artículo 4º - Autorícese al Organismo
Ejecutor a elevar al Ministerio de Defensa como Autoridad de Aplicación, las
especificaciones técnico operativas a que deberá responder el SISTEMA
NACIONAL DE OBSERVACIÓN Y ANÁLISIS METEOROLÓGICO POR
RADARES, que serán elevadas de conformidad con el artículo 2 de la presente
ley.
Articulo 5º - Instruyese a la Autoridad
de Aplicación a declarar "Secreto Militar" en los términos del Decreto N 145 del 14
de Febrero de 1996, a partir de la publicación de la presente Ley.
Articulo 6º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se somete a vuestra consideración el
proyecto de Ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se crea el
Sistema Nacional de Observación y Análisis Meteorológico por Radares.
Actualmente la República Argentina no
cuenta con una red de radares meteorológicos que cubra la totalidad del territorio
nacional. El Servicio Meteorológico Nacional debe operar con un radar ubicado en
Ezeiza, tres radares que pertenecen al Instituto Nacional del Agua en las ciudades
de Pergamino (provincia de Buenos Aires), Anguil (provincia de La Pampa) y
Paraná (Entre Ríos), tres radares operados de forma remota ubicados en la
provincia de Mendoza y otro en Jujuy propiedad de una tabacalera que lo controla.
El sistema actual supone insuficiencia en términos de cobertura y a su vez
dificultades para la coordinación operativa.
Las deficiencias de medios están en
proceso de solución a través del desarrollo del Radar Meteorológico Argentino por
parte de INVAP y la fabricación de once de estos instrumentos. Si bien existe un
convenio celebrado entre el Estado Argentino e INVAP que determina los plazos
de desarrollo del prototipo y fabricación en serie de dichos radares, no existe
ningún instrumento legal que cree un marco para la operación y aprovechamiento
máximo de la nueva información que se podrá obtener una vez completado el
plan.
El presente proyecto de Ley prevé dar
un marco operativo y logístico para integrar a nivel nacional todos los radares
meteorológicos con que contará el Estado argentino, conformando una red de flujo
de información entre entidades que trabajen sobre estos temas, con el objetivo de
perfeccionar el sistema de alertas tempranas en todo el territorio nacional y la
utilización de la información en el mejoramiento de la producción agropecuaria, así
como garantizar mayores niveles de seguridad en los transportes aéreos y
marítimos.
El sistema aquí delineado prevé la
implementación de una red de comunicaciones que garantice el flujo de la
información, así como también la incorporación de sistemas de hardware y
software que permitan la elaboración de pronósticos de largo plazo (de uno a tres
meses) especialmente importantes para la planificación agraria.
A su vez, se incorporan criterios de
implementación que buscan dar participación a nivel federal en el desarrollo de las
etapas del plan. También se establece la prioridad de las fuentes nacionales en
las tareas necesarias para dicha implementación.
Por último se toman en cuenta
consideraciones y recomendaciones realizadas por la Organización Meteorológica
Mundial (OMM), en la cual nuestro país es miembro, y participa también en el sub-
sistema regional del mismo. Se fijan de este modo mecanismos de cooperación,
integración y perfeccionamiento de los recursos humanos con la OMM.
Por todo lo expuesto solicito a mis
pares aprobar el presente proyecto de ley.
ANEXO
SISTEMA NACIONAL DE OBSERVACIÓN Y ANÁLISIS METEOROLÓGICO POR RADARES
La siguiente articulación del sistema
prevé la implementación del mismo mediante etapas definidas en virtud de las
definiciones presupuestarias anuales de la Administración Pública Nacional.
OBJETIVOS DEL SISTEMA
Integrar en una red nacional unificada
el control de los radares meteorológicos actualmente existentes en nuestro
territorio, aquellos que incorporará el Estado Argentino conforme a convenios de
fabricación con INVAP S.E. (proyecto de Radar Meteorológico Argentino), y
nuevos radares incorporados en virtud de adquisiciones sucesivas en función de
los requerimientos específicos del presente sistema; así como las funciones
propias de su utilización, a saber, recopilación y análisis de la información, bajo el
comando del Servicio Meteorológico Nacional.
Coordinar el intercambio de la
información obtenida de la observación por vía de los nuevos radares con el resto
de la región sudamericana, y de los radares meteorológicos existentes en otros
países de la misma con la República Argentina, de acuerdo a las
recomendaciones de la Organización Meteorológica Mundial.
Promover estudios a nivel nacional y
de las regiones que componen a la República Argentina, sobre las tendencias
climáticas imperantes en el territorio nacional y sus zonas aledañas, con foco en
las variaciones atmosféricas y los impactos sobre las cuencas hídricas.
Promover la elaboración de
pronósticos de precipitaciones con horizonte de uno a tres meses en las diferentes
regiones de nuestro país.
Reforzar y extender a todo el territorio
nacional el sistema de alertas climáticas tempranas para mitigar catástrofes y
mejorar la seguridad aérea, marítima y fluvial.
Fortalecer y ampliar los mecanismos
de cooperación con otras entidades nacionales y locales que estudien y difundan
información sobre las variaciones atmosféricas e hídricas que impactan sobre la
producción nacional y la seguridad de los bienes y las personas.
Crear una red nacional de difusión y
capacitación para el aprovechamiento de la información recabada y analizada a
partir de los nuevos radares meteorológicos incorporados para alcanzar más
eficacia en la planificación de la producción nacional agropecuaria.
INSTITUCIONES QUE LO
CONFORMAN
La red nacional de radares
meteorológicos será controlada por el Servicio Meteorológico Nacional, pudiendo
ser asistido en materia operativa por la Fuerza Aérea Argentina, la Asociación
Nacional de Aviación Civil y otras instituciones complementarias, en virtud de sus
propios requerimientos técnicos, y a partir de disposición pertinente del Ministerio
de Defensa de la Nación.
En el análisis y difusión de la
información estarán involucrados el Instituto Nacional del Agua, el Instituto
Nacional de Tecnología Agropecuaria, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca de la Nación, la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Comisión Nacional de
Actividades Espaciales, el CONICET y las Universidades e Institutos de
Investigación Nacionales que se dedican a disciplinas concernientes.
Los diferentes organismos que
componen este sistema podrán establecer convenios de cooperación en esta
materia con otras entidades públicas y privadas de carácter local, provincial,
regional, nacional e internacional. Dichas entidades podrán ser incorporadas al
presente sistema a propuesta de uno de los organismos que lo conforman y por
aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.
DISEÑO DEL SISTEMA
El diseño deberá ajustarse a los
siguientes criterios:
Capacitar y utilizar, en la medida de lo
posible, mano de obra técnica y las capacidades de la industria nacional para el
diseño, desarrollo, ensamblado, construcción, prueba, operación y mantenimiento
del sistema.
Habilitar a la participación equitativa
de trabajadores e industrias de todas las provincias del país y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en la medida de lo posible, en tareas subsidiarias de
la actividad central de monitoreo y análisis de la información meteorológica
obtenida por radares, así como de la fabricación y puesta en funcionamiento de
los mismos.
Considerar con carácter preferencial,
la transferencia de tecnología, brindando al contratante la capacidad de
mantenimiento y perfeccionamiento del sistema.
Implementar sistemas de intercambio
profesional con otros servicios meteorológicos nacionales y con los programas de
investigación de la Organización Meteorológica Mundial (OMM)
Asegurar la operación continua con
mínima atención, para lo cual deberá tener elementos redundantes que permitan
cumplir con tal exigencia.
Utilizar sistemas flexibles con
capacidad de expansión en el futuro, especialmente permitiendo implementar
sistemas informáticos de elaboración de pronósticos de largo plazo (uno a tres
meses).
Ajustarse a las Normas
recomendadas por la OMM.
Impedir ante fallas, la degradación
catastrófica del sistema.
Incorporar sistemas de comunicación
altamente confiables, que se coordinen con el Sistema de Información de la
OMM.
Facilitar la difusión de la información a
los productores locales y empresas para los cuales sea relevante en términos de
planificación productiva la información meteorológica.
Aprovechar al máximo las
capacidades instaladas.
MEDIOS QUE COMPONEN EL
SISTEMA
RADARES
Un radar meteorológico de Ezeiza
actualmente operado por el Servicio Meteorológico Nacional.
Tres radares meteorológicos
actualmente operativos en Pergamino (Buenos Aires), Paraná (Entre Ríos) y
Anguil (La Pampa) pertenecientes al Instituto Nacional del Agua.
Tres radares meteorológicos
actualmente operados en modo de conexión remota esporádica ubicados en la
provincia de Mendoza.
Once Radares Meteorológicos
Argentinos (RMA), sistema doppler, en banda "C", actualmente en proceso de
diseño y fabricación a ser incorporados conforme convenio celebrado entre el
Estado Nacional e INVAP S. E.
El Servicio Meteorológico Nacional,
como entidad ejecutora del presente Sistema, podrá solicitar la adquisición de
nuevos radares meteorológicos conforme los requerimientos efectivos una vez
incorporada la totalidad de radares mencionados anteriormente.
CENTROS DE OPERACIÓN
La Oficina de Vigilancia por Sensores
Remotos del SMN será el centro de recopilación de información en tiempo real y
coordinación operativa del sistema. Para ello se la proveerá de los instrumentos e
instalaciones necesarias de acuerdo a los requerimientos técnicos delineados por
el SMN.
Un centro de análisis de la
información que deberá incluir progresivamente sistemas informáticos de
elaboración de pronósticos de largo plazo (uno a tres meses).
Todas las estaciones de observación
del SMN actualmente operativas.
Una red interconectada de
comunicaciones entre todos los centros operativos y logísticos del presente
Sistema, que asegure el libre flujo de información relevante sobre la realidad
meteorológica entre todos los puntos de la misma, y un centro de comunicaciones
que deberá coordinar y garantizar la operatividad de esta red.
Centros regionales de difusión y
capacitación, en número acorde a los requerimientos que evalúe necesarios el
SMN conforme a los criterios de maximización de los beneficios de
aprovechamiento de la nueva información obtenida en la producción nacional.
Centros locales de alerta temprana,
en número acorde a las exigencias de vulnerabilidad de las diferentes regiones del
país, conforme criterios del SMN.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |