PROYECTO DE TP
Expediente 3444-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA REGLAMENTACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA LEY 18575, DE PROMOCION PARA EL DESARROLLO DE ZONAS DE FRONTERAS.
Fecha: 26/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que, a través de los organismos que correspondan, informe a esta Honorable
Cámara acerca de:
1. Si la ley 18.575,
PROMOCION PARA EL DESARROLLO DE ZONAS DE
FRONTERAS, se encuentra reglamentada.
2. En caso afirmativo
indique qué políticas se están implementando en función de los
objetivos de dicha Ley.
3. En caso negativo,
informe si existe un plazo previsto para su reglamentación.
4. Si se existen medidas
y/o políticas alternativas a la Ley 18.575, destinadas al desarrollo de
las áreas de Frontera.
5. Detalle alcances de su
implementación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En
nuestro país la línea de frontera en términos de magnitudes físicas
llega a 9.768 kilómetros con un alineamiento territorial constituido en
su mayor parte por extensas zonas de baja densidad y desigual
ocupación, que históricamente ha eslabonado grandes vacíos. De
estos 9.768 km. 5308 corresponden al límite con Chile, 742 km con
Bolivia, 1.699 con Paraguay, 1132 con Brasil y 887 con Uruguay, que
implica 3.712 kilómetros de Argentina con los restantes países del
MERCOSUR.
Las
fronteras revisten un carácter fundamental para cualquier país no sólo
en lo que se refiere a defensa, sino también para el intercambio
económico y cultural con los países vecinos, y hacia el interior del país
en lo que refiere al desarrollo de las economías regionales. En el caso
particular de nuestro país, éstos atributos se ven potenciados por la
gran extensión de nuestras fronteras.
Las áreas
de frontera tienen realidades particulares que las caracterizan y las
diferencian del resto de los territorios nacionales y por ende requieren
de una serie de políticas especificas. Nuestro país cuenta con la ley
18.575 conocida como de PROMOCION PARA EL DESARROLLO DE
ZONAS DE FRONTERAS.
Esta
norma tiene como objetivos: Crear condiciones adecuadas para la
radicación de pobladores, mejorar la infraestructura y explotar los
recursos naturales. Asegurar la integración de la zona de frontera al
resto de la nación Alentar el afianzamiento de vínculos -espirituales,
económicos y culturales- entre las poblaciones locales y la de los
países limítrofes.
Las
medidas que se tomen para lograr estos objetivos deberán generar
apoyo económico y financiero para la explotación, elaboración y
transformación de los recursos naturales de la zona. Régimen
especial, crediticio, impositivo y arancelario para la instalación de
industrias o ampliación de las existentes. Facilidad de acceso a la
tierra y vivienda propia Asistencia técnica a la economía regional.
Elevación del nivel educacional, socio cultural y sanitario.
Pero esta
ley, que se sancionó hace 35 años, permanece como una mera
declaración de intención. Mientras que algunas de nuestras regiones
fronterizas continúan marginadas.
El área
de frontera de nuestro país es en su mayoría un conjunto de áreas
pobres, poco dinámicas, y periféricas ya sea por su menor desarrollo
relativo, por coincidir con barreras geográficas, ó por constituir sólo
zonas de paso entre áreas nacionales de mayor desarrollo productivo.
Requieren de forma urgente de atención inmediata y de la puesta en
marcha de un plan destinado no sólo a su desarrollo, sino también a
su integración al resto del territorio argentino.
Por las
razones expuestas solicito a mis compañeros legisladores, que me
acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BRILLO, JOSE RICARDO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
ACUÑA, HUGO RODOLFO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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