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PROYECTO DE TP


Expediente 3442-D-2009
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA SUSPENSION DE 18 TRABAJADORES DE LA EMISORA RADIO NACIONAL.
Fecha: 21/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 81
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su preocupación por la decisión de la Unidad de Negocios Radio Nacional del Sistema Nacional de Medios Públicos Sociedad del Estado de suspender a 18 trabajadores de la emisora, desconocer los términos de la Conciliación Obligatoria dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el 3 de julio y denunciar en la justicia el paro de actividades realizado el 25 de junio.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 25 de junio del corriente 50 trabajadores de Radio Nacional decidieron en asamblea realizar un paro de actividades en reclamo de mejoras salariales y del reconocimiento de la Asociación de Trabajadores de Radio Nacional (ATRANA) como nuevo actor gremial dentro de la mencionada Unidad de Negocios del Sistema Nacional de Medios Públicos. El Director Ejecutivo de Radio Nacional Sr. Eduardo García Caffi denunció que durante la medida de fuerza los trabajadores evidenciaron "un manifiesto desborde de conductas laborales y sociales" que les son exigibles, que la huelga no tuvo respaldo legal de ninguna naturaleza ni amparo en la normativa vigente y que resultó "gravísimo e inaceptable" que aquella medida de fuerza importara la suspensión de la puesta en el aire de la programación normal de todas las frecuencias de la emisora, lo que implicó según García Caffi "un agravio constitucional a las libertades de prensa y trabajo".
Como represalia ante el legítimo derecho a huelga de los trabajadores de Radio Nacional, la Presidencia del Directorio de la mencionada Unidad de Negocios inició sumarios administrativos para determinar eventuales responsabilidades, medir el perjuicio fiscal causado y dispuso además la suspensión preventiva por 30 días corridos con goce de haberes para 6 de los empleados que se encuentran bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 32/75 E, y la suspensión preventiva por 29 días corridos sin goce de haberes para los otros 12 trabajadores que se encuentran bajo la Ley de Contrato de Trabajo.
El 3 de julio el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación dictó una conciliación obligatoria de 15 días en la que intimó a los trabajadores a dejar sin efecto toda medida de acción directa que estuvieran implementando o que tuvieran previsto implementar y a prestar los servicios de manera normal y habitual. Además el Ministerio intimó a la empleadora a retrotraer la situación al momento anterior de la iniciación del mencionado conflicto y a abstenerse de tomar represalias de ningún tipo con el personal ni con ninguna otra persona en relación al diferendo planteado.
A pesar de lo resuelto por el Ministerio de Trabajo en la Disposición Nº DNRT Nº 93, la Unidad de Negocios Radio Nacional del Sistema Nacional de Medios Públicos Sociedad del Estado se niega a acatar los términos de la Conciliación, mantiene la suspensión de los 18 trabajadores, les prohíbe el ingreso a sus lugares de trabajo y formuló una denuncia judicial en su contra por la posible comisión del delito de interrupción o entorpecimiento de la comunicación telegráfica, telefónica o de otra naturaleza y la resistencia violenta al reestablecimiento de la comunicación interrumpida, previsto y penado en el artículo 197 del Código Penal. La presentación recayó en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 a cargo de la Doctora María Servini de Cubría, Secretaría 2, causa Nº 8855/2009.
Resulta alarmante que cualquier empresa viole los principios constitucionales que consagran los derechos de la ciudadanía a peticionar, a la libertad de expresión y a la huelga. Peor aún es que sea una empresa pública la que desconoce una resolución ministerial que busca garantizarlos.
Es por estos motivos que solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)