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PROYECTO DE TP


Expediente 3436-D-2008
Sumario: RECARGO EN LAS BOLETAS DE CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA, LEY 23681: DEROGACION DEL ARTICULO 1 QUE ESTABLECE UN CARGO FIJO DEL 6 POR MIL EN LOS PRECIOS AL CONSUMIDOR EN FAVOR DE UN FONDO SOLIDARIO PARA LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Fecha: 26/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Derogación Cargo Fijo Santa Cruz
Articulo 1º Deróguese el Articulo 1º de la Ley 23681 del 13 de julio de 1989, que estableció un recargo de seis por mil, sobre el precio de venta de las tarifas vigentes en cada periodo y de cada zona del país aplicada a consumidores finales de energía eléctrica que afrontaron solidariamente dicho recurso en ayuda de los habitantes de la Provincia de Santa Cruz.
Artículo 2º De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En numerosas y reiteradas oportunidades las distintas Cámaras Legislativas Provinciales de todo el país, se han manifestado a favor de la derogación de la Ley 23.861 que establece el recargo del seis por mil sobre el precio de venta de las tarifas vigentes de cada periodo y en cada zona del país aplicada a consumidores finales de energía eléctrica.
El objeto de aplicación de tal recargo era destinar al producido total del mismo ha realizar inversiones en los sectores eléctricos y reducir el nivel de las tarifas aplicadas a los usuarios de la Empresa Servicios Públicos del Estado de la Provincia de Santa Cruz, a fin de que dichas tarifas alcancen el nivel promedio del resto del país y hasta tanto se produjera la interconexión de la provincia al Sistema Interconectado Nacional. (SIN)
Este fondo de aproximadamente 27 millones de pesos al año, se recaudará hasta que la provincia se conecte al sistema nacional de energía.
Hoy a 16 años, (1992 a 2008), que ha sucedido con el dinero que el resto del país transfirió a los habitantes de Santa Cruz, es incierto.
Recordemos que aproximadamente 2.300.000 pesos mensuales durante casi 16 años, llega a una suma considerada aproximadamente de 300.000.000 de pesos con intereses incluidos. Mas es sabido que por exigencias judiciales la provincia solo pudo justificar 43.800.000 pesos, o sea el 9% de lo recibido hasta hoy.
En el texto de la Ley 23.681 al final dice que "actualmente se esta llevando adelante la construcción dentro del marco del plan federal de transporte, una línea de transmisión de electricidad de quinientos kilovoltios (500 kw) , desde la ciudad de Choele Choel provincia de Río Negro hasta Puerto Madryn de la provincia de Chubut, que vinculará esta última localidad con el Sistema Argentino de Interconexión, circunstancia esta que posibilidad interconectar también a la provincia de Santa Cruz, mas adelante instruye al Ministerio de Infraestructuras y Vivienda, para que haga la obra de interconectado de la provincia hasta Puerto Madryn, y luego decide crear un fondo
fiduciario con el dinero recaudado por la ley 23.681 para pagar la obra tal como decía la ley desde 1989.
Consecuencia de ello es que el decreto de mención, estableció la constitución de un fondo fiduciario, cuya única y exclusiva finalidad seria la atención del costo de la obra de interconexión de la Provincia de Santa Cruz con el SISTEMA ARGENTINO INTERCONEXION (S.A.D.I.), el cual se mantendrá vigente luego de la efectiva interconexión hasta cubrir los costos de dicha obra.
Hoy al año 2008, llegamos sin que la Provincia de Santa Cruz, a pesar de haber recibido tanto dinero no se haya preocupado ni adoptado ninguna decisión para conectarse al S.A.D.I., y vale la pena hacer notar que varios años su representante, hoy Secretario de Energía de la Nación, presidio el Consejo de Energía Eléctrica, que era el organismo que disponía cuales obras se realizaban en el país.
La situación socio económica de la Nación ha cambiado profundamente y no se fundamenta que los usuarios del servicio eléctrico del país sigan aportando solidariamente a los ciudadanos santacruceños, habiendo su Gobernador expresado la repatriación de los fondos girados al exterior, por lo que se entiende que la provincia goza de suficientes y necesarios recursos para realizar una gestión eficaz y eficiente para mejorar la calidad de vida de sus conciudadanos.
Por las razones antes mencionadas solicito la aprobación del siguiente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE MARCHI, OMAR MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2560-D-10