PROYECTO DE TP
Expediente 3430-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO LA SUSPENSION DE LAS OBRAS DE TRASLADO DE LA ESTACION TERMINAL DEL EX FERROCARRIL URQUIZA, UBICADO EN LA CIUDAD DE POSADAS, PROVINCIA DE MISIONES, POR LA ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA.
Fecha: 21/06/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 75
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes, disponga que, con respecto a la estación terminal de trenes del ex Ferrocarril Urquiza ubicada en la ciudad de Posadas, Misiones, se adopten las siguientes medidas:
a) Requerir a la Entidad Binacional Yacyretá la suspensión de la ejecución de todo proyecto u obra de traslado de la estación de su actual emplazamiento, y de modificaciones que pudieren alterar el estado actual en que se encuentra.
b) Solicitar a la Secretaría de Cultura de la Nación que informe si la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos ha sido consultada acerca de la modificación de dicho edificio, en los términos del artículo 1º del decreto 1.063/82. En caso afirmativo, cuál ha sido su opinión.
c) Evaluar alternativas a la relocalización de un edificio que debe mantenerse en su actual ubicación, pues forma parte del patrimonio cultural de la provincia de Misiones según los alcances de la ley provincial 1.280, en coordinación con el Colegio de Arquitectos de Misiones, la Fundación SOS Comunidad, el Centro Internacional para la Conservación del Patrimonio Argentino, y otras organizaciones no gubernamentales representativas de vecinos de la ciudad de Posadas en particular y de Misiones en general.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La estación Posadas del ex Ferrocarril General Urquiza, cuya forma arquitectónica se caracteriza por la adustez y pragmatismo, refleja netamente el estilo inglés de construcción de principios del siglo pasado.
El ramal a Posadas se finalizó el 27 de diciembre de 1912 con la construcción de la mencionada estación, al que se adjudicó la categoría de primera especial, debido al movimiento de pasajeros, su condición de cabecera y terminal en territorio argentino, con conexión, a partir de octubre de 1913, a la ciudad de Encarnación, Paraguay, a través del servicio de ferry.
Pero más allá del valor arquitectónico de la estación, debemos destacar el profundo significado social de la misma para varias generaciones de misioneros. Ciertamente, en ese lugar muchas familias despidieron a sus seres queridos, o se reencontraron con ellos después de mucho tiempo. Allí están, impresas con el cuño indeleble del sentimiento, las alegrías y tristezas de todo un pueblo.
Los recursos de amparos, las movilizaciones, los abrazos simbólicos, las notas periodísticas y otras acciones emprendidas espontáneamente por gran cantidad de vecinos dan el mejor testimonio de su firme convicción de defender dicho patrimonio histórico, declarado así por el municipio en ordenanza 161/96, enmarcada en la ley provincial 1.280 de patrimonio cultural de Misiones.
Los principales documentos internacionales elaborados desde La Carta de Atenas (1931), hasta la fecha, insisten tanto en la inclusión de la conservación del patrimonio en el marco del planeamiento urbano, como en el papel que cabe a la instancia municipal, considerando que es la escala del poder público que se encuentra más estrechamente ligada al tratamiento de temas como usos del suelo y códigos urbanos y de edificación.
La conservación del patrimonio arquitectónico como variable fundamental del planeamiento urbano y territorial es un concepto que ha quedado claramente establecido en varios documentos internacionales que constituyen la base teórico-doctrinaria de las intervenciones sobre el medio heredado.
Ya en su Preámbulo y Definición, la Carta Internacional para la Conservación de Poblaciones y Áreas Urbanas Históricas (adoptada por ICOMOS en 1987), establece que:
"Todos los conjuntos del mundo, al ser el resultado gradual de desarrollo, más o menos espontáneo, o de un proyecto deliberado, son la expresión material de la diversidad de las sociedades a lo largo de la historia";
o bien que.
"...más allá de su utilidad como documentos históricos, los referidos núcleos son expresión de los valores de las civilizaciones urbanas tradicionales. "
En sus principios y objetivos, el artículo 2 especifica que
"los valores a conservar son el carácter histórico de la población o del área urbana y todos aquellos elementos materiales y espirituales que determinan su imagen",
Para lo cual enfatiza en 5 puntos los elementos a respetar para sostener la autenticidad de la población o área urbana histórica.
Cita entre ellos la relación entre los diversos espacios urbanos, edificios, espacios verdes y libres, la forma y el aspecto de los edificios (interior y exterior) definidos a través de su estructura, volumen, estilo, escala, materiales, color y decoración; las relaciones entre población, área urbana y su entorno; las distintas funciones adquiridas por la población o el área urbana en el curso de la historia.
Por otro lado, La Carta del Patrimonio Vernáculo Construido (Ratificada en la 12º Asamblea General del ICOMOS, en México, en 1999), dentro de sus consideraciones generales, expresa que estos ejemplos pueden ser reconocidos, entre otros aspectos, por
"la coherencia de estilo, forma y apariencia, así como por el uso de tipos arquitectónicos tradicionalmente establecidos." Así como por "una respuesta directa a los requerimientos funcionales, sociales y ambientales".
En el punto 2, claramente formula que
"el éxito en la apreciación y protección del patrimonio vernáculo depende del SOPORTE DE LA COMUNIDAD, de la continuidad de uso y su mantenimiento". "MANTENER SU MODO DE VIDA TRADICIONAL...";
"... EL MODO EN QUE ES USADO E INTERPRETADO POR LA COMUNIDAD, así como las tradiciones y expresiones intangibles asociadas al mismo" y "la continuidad de los sistemas tradicionales de construcción."
En la Declaración del ICOMOS en el 50 Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, con ocasión de una reunión realizada en Estocolmo en 1998, se manifiesta con absoluta contundencia el:
"Derecho al respeto de un testimonio auténtico que constituye el patrimonio como expresión de su identidad cultural en el seno de la gran familia humana;
EL DERECHO A UN MEJOR CONOCIMIENTO DEL PATRIMONIO PROPIO, ASÍ COMO EL DE OTROS;
Derecho al buen uso del patrimonio;
derecho a PARTICIPAR EN LAS DECISIONES que afectan el patrimonio y LOS VALORES CULTURALES de los que es portador;
y derecho a asociarse para la defensa y valoración del patrimonio.
Estos derechos presuponen el ESFUERZO POR CONOCER, APRECIAR Y MANTENER el patrimonio, y exigen una participación equitativa entre la comunidad, el sector privado y los individuos, para armonizar los intereses que afectan al patrimonio, y conciliar preservación y desarrollo.
De la perspectiva emergente de los razonamientos precedentes han surgido proyectos de entidades como la Fundación SOS Comunidad y el Centro Internacional para la Conservación del Patrimonio Argentino que ofrecen, en forma explícita, alternativas de conservación de la estación sin interferir en el desarrollo de las obras públicas indispensables para la terminación de Yacyretá y la avenida costanera de Posadas.
Por todo lo expuesto, se solicita la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PESO, STELLA MARYS | MISIONES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
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Comisión |
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CULTURA |