PROYECTO DE TP
Expediente 3429-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA HABILITAR NUEVOS PUNTOS DE VENTA DE LA GARRAFA SOCIAL.
Fecha: 26/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo, por medio de los organismos correspondientes, adopte las medidas
necesarias para habilitar nuevos puntos de venta de la Garrafa Social y de
localidades favorecidas a tal efecto.
Asimismo, intensifique los controles
para verificar que se cumplen con los precios de referencia correspondientes a esa
provincia para el Gas Licuado de Petróleo (GLP), establecidos por la Secretaría de
Energía de la Nación como autoridad de aplicación de la ley 26.020, de ser
necesario promoviendo un Convenio de fiscalización y contralor técnico con las
autoridades locales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Jujuy es una provincia con 670.766
habitantes, repartidos en una geografía que cuenta con una superficie de 53.219
kilómetros cuadrados. En ese territorio sólo existen 11 puntos de venta de la
denominada Garrafa Social. Se trata de una cantidad a todas luces insuficiente
para atender la demanda de una significativa parte de su población, especialmente
los sectores más vulnerables: familias que viven en condiciones sumamente
precarias, que carecen del acceso a la red de gas natural. Lo indicado, en un
marco de especial relevancia si se consideran los altos índices de pobreza e
indigencia que caracterizan esta provincia.
Es importante señalar que en la región del
NOA aproximadamente el 40% de los hogares carecen de gas en red. Es un porcentaje
importante de hogares que padece incrementos de precios en el gas envasado que
comprometen su acceso a tan fundamental insumo. Se impone la tarea para la
administración central de redirigir sus esfuerzos hacia esta región o, en su defecto,
intensificar las medidas ya existentes para subvencionar las garrafas. La universalización de
la subvención no se aplicó, salvedad hecha de la región del NEA por medio de la ley
26.314 para envases de 10, 12 y 15 kg.
No puede dejar de advertirse que el gas
envasado supone gastos sensiblemente mayores que la tarifa que pagan los usuarios de gas
natural. Explica Pedro Bussetti, presidente de la asociación civil Deuco: "Una garrafa de
gas licuado de petróleo de 10 kilogramos tiene 220.000 calorías y equivale al poder
calórico de 24,4 metros cúbicos de gas natural, pero el usuario de garrafas paga $ 37 y el
usuario de gas natural por un similar poder calórico un valor de $ 3,66.... una familia tipo
que tenga una cocina y un termotanque consume mensualmente 6 garrafas de 10 kilos
equivalentes a 150 metros cúbicos de gas natural pero con un costo de $ 222 contra un
gasto de $ 35 para el usuario de gas natural, teniendo en cuenta el valor de los metros
cúbicos, el cargo fijo y la carga impositiva de este servicio (1) ".
La ley 26.020 considera la provisión de
garrafas de 10 kg. de interés público, y establece en su articulado como uno de sus
objetivos: "Proteger adecuadamente los derechos de los consumidores, posibilitando la
universalidad del servicio, adecuada información y publicidad y el acceso al mismo a
precios justos y razonables, con especial énfasis en el abastecimiento a sectores
residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por
redes."
Afirmamos la urgente necesidad de
obtener para los ciudadanos jujeños una solución inmediata en tanto se evalúan, y
eventualmente ejecuten, soluciones definitivas que, como sucedió con la ley 26.314
referida, ya fueron iniciadas por la administración anterior y continuadas por la actual. Es
por ello que el presente proyecto solicita la multiplicación de los puntos de venta,
abrigando los autores del mismo la idea de que deben existir puntos de venta en cada
departamento de la provincia.
Respecto del pedido de intensificación
de controles, responde a la necesidad de acceder al GLP no sólo a través de la garrafa
social, sino por medio de la observancia de los precios de referencias establecidos por ley
26.020. Según relevamiento de la Defensoría del Pueblo de la Nación los valores de los
tubos de gas subieron en promedio, desde abril del año pasado un 38 por ciento, no duda el
titular Eduardo Mondino de afirmar la existencia de un "aumento abusivo". Los
incrementos varían de acuerdo a la provincia pero el carácter es prácticamente generalizado
burlando los límites impuestos por la ley 26.020 como también las sanciones previstas en
dicho régimen legal.
De allí que postulemos los autores del
presente proyecto, si el criterio es compartido por la Secretaría que es autoridad de
aplicación, la celebración de un Convenio que permita la participación de agentes locales
en la fiscalización, en orden a procurar el mejor cumplimiento de la ley.
La falta de acceso a tan preciado
insumo puede llevar a la aplicación de combustibles sustitutos tales como leña, papel o
kerosene, tan tóxicos como peligrosos. La tragedia puede golpear en cualquier momento los
hogares más humildes.
Es por lo expuesto que solicito a mis pares la
aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTIARENA, MARIO HUMBERTO | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SNOPEK, CARLOS DANIEL | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/09/2008 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1121/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3429-D-2008, 3495-D-2008, 3828-D-2008 y 3829-D-2008 | CON MODIFICACIONES | 30/10/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3429-D-2008, 3495-D-2008, 3828-D-2008 y 3829-D-2008 | 03/12/2008 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3429-D-2008, 3495-D-2008, 3828-D-2008 y 3829-D-2008 | 05/08/2009 |