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PROYECTO DE TP


Expediente 3423-D-2009
Sumario: PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA: DEROGACION DE LAS RESOLUCIONES Y DECRETOS REGLAMENTARIOS, Y CONVOCAR A AUDIENCIA PUBLICA A FIN DE DEFINIR UN NUEVO ESQUEMA TARIFARIO.
Fecha: 21/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 81
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º Derógase la resolución Nº. 415/04 (CREACION DEL PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA) y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2º Derógase el decreto del PEN 140/07 que aprueba los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PRONUREE) y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3º Derógase las resoluciones Nº. 324/08 y 356/08 del Ente Nacional Regulador de la Energía referentes al aumento en los CUADROS TARIFARIOS DE EDENOR S.A., EDESUR S.A. Y EDELAP S.A.
ARTÍCULO 4º Derógase el Decreto Nº. 2067/08 del Poder Ejecutivo Nacional (CREACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA ATENDER LAS IMPORTACIONES DE GAS NATURAL) y sus modificatorias.
ARTÍCULO 5º Derógase las resoluciones Nº 1070/08 y 1417/08 de la Secretaría de Energía de la Nación
ARTÍCULO 6º Convóquese a audiencia pública a fin de definir el nuevo esquema tarifario. A tal fin deberán ser convocadas organizaciones de defensa al consumidor preferentemente.
ARTÍCULO 7º El nuevo esquema tarifario deberá contemplar la implementación de una Tarifa Social para los sectores más postergados.
ARTÍCULO 8º Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Ley
ARTÍCULO 9º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Tras la caída en las tasas de pobreza a partir del año 2003 los argentinos vemos nuevamente con preocupación una alarmante suba en los índices de pobreza.
El presidente de la comisión de Pastoral Social Jorge Casaretto, advirtió que, según datos registrados en las diferentes parroquias, "la pobreza se acerca al 40 por ciento en el país.
Frente a esta preocupante situación los argentinos nos encontramos paradójicamente posteriormente al acto eleccionario del 28 de Junio con un exorbitante aumento en el precio de los servicios públicos.
Estos aumentos que llegan a superar el 400% se observan principalmente en las nuevas facturas de Gas y Luz.
Las entidades de defensa al consumidor como el Centro de Educación al Consumidor (CEC), DEUCO, ADDUC, la Federación de Trabajadores de la Energía (FETERA) entre otras han venido advirtiendo sobre éstos aumentos desde la firma de las primeras resoluciones de la Secretaría de Energía en el 2008.
Es importante recordar que estos aumentos en las tarifas pretenden ser impuestos sin una audiencia pública que las respalde.
"Son aumentos ilegales porque no cumplieron con las audiencias públicas previas a cualquier modificación tarifaria", dijo el presidente de la asociación Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), Pedro Busetti.
Recordemos que la ley 24.065, el Marco Regulatorio Eléctrico Nacional, que rige desde el año 1993, establece claramente en su contenido que en forma previa a la aplicación de cualquier variación del régimen tarifario debe convocarse a una audiencia pública y esto aquí no ha sucedido por lo tanto cualquier aumento es inconstitucional.
Dichas medidas han merecido que el Defensor del Pueblo de la Nación, al realizar la impugnación judicial a las mismas manifestara "que las facturaciones contienen valores irrazonables desde el punto de vista económico, constituyéndose, en consecuencia, en arbitrarios y manifiestamente ilegales por contrariar principios elementales de justicia contenidos en nuestra Constitución Nacional".
El aumento de la electricidad
El nuevo cuadro tarifario publicado el 19/01/09 aprobado por Resolución 741/08 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos refleja los aumentos de la Resolución 1169/08 de la Secretaría de Energía de la Nación .
Se autoriza este incremento por la quita de subsidios a las empresas, por lo tanto, se traslada al usuario el costo de esta decisión.
Las diferencias en los montos facturados responden a la implementación de los dos incrementos consecutivos que aprobó la administración kirchnerista en el último semestre del año pasado.
La primera actualización tarifaria tuvo lugar en julio de 2008. El incremento osciló entre el 10% y 50% y se aplicó a los clientes residenciales de la Capital y el Conurbano que tenían consumos bimestrales superiores a los 650 kWh.
El segundo ajuste entró en vigencia en octubre y afectó a todos los usuarios residenciales del sistema eléctrico nacional. Con el fin de reducir los subsidios al sector, el Gobierno autorizó un esquema de aumentos diferenciales del 80 al 300% para los hogares con niveles de consumos superiores a los 1.000 kWh por bimestre.
Un factor adicional que también ayudó a engrosar las boletas de la luz son las penalidades del PUREE, el Programa de Uso Racional de la Energía Eléctrica.
En la práctica, la implementación del PUREE ha generado graves perjuicios a los usuarios, ya que combinados con la suba de las tarifas ha ocasionado incrementos en las facturas que llegan a ser de hasta el 500% y en algunos casos más todavía, cuando los consumos no se incrementaron en igual proporción si no en una fracción muy inferior.
Para no ser sancionado con los recargos tarifarios del PUREE, los clientes residenciales tienen que cumplir con una pauta de ahorro del 10% respecto a los mismos bimestres de 2003. Para no ser castigado con un recargo tarifario de 0,111 pesos por cada metro cúbico de exceso, los clientes hogareños del área metropolitana tienen que reducir sus consumos entre un 5 y un 10% respecto a los niveles de demanda que tuvieron en los mismos bimestres del año 2003.
Aquellos hogares de la región metropolitana que el año pasado pagaron por 1.001 kWh de consumo una factura bimestral de $107, ahora tienen desembolsar por el mismo consumo $ 182.
En el caso de Edenor, la diferencia interanual para un consumo promedio de 1.300 kWh bimestrales llega al 108%. Un cliente que hace un año pagó $140 por 1.813 kWh bimestrales ahora debe pagar por un consumo similar $ 469, es decir un 235% más.
Pero si la comparación se hace sobre un suministro bimestral de 2.801 kWh, la diferencia entre un invierno y otro roza el 300% porque el monto de la boleta pasa de $ 254 a $ 1.012.
El alza de las tarifas eléctricas se produce en dos etapas: en primer lugar, a través de la Resolución Nº 324/08 del Ente Nacional Regulador de la Energía, publicada en el Boletín Oficial el 31 de julio de 2008 , y su modificatoria Nº 356/08, alas mismas autorizan aumentos para la categoría Residencial, del siguiente orden:
Los usuarios con consumos bimestrales menores o iguales a 650 kWh no enfrentan aumentos;
Consumos bimestrales mayores a 650 kWh y menores o iguales a 800 kWh el incremento promedio su factura es del 10%;
Consumos bimestrales mayores a 800 kWh y menores o iguales a 900 kWh el incremento promedio de su factura es del 15%;
Consumos bimestrales mayores a 900 kWh y menores o iguales a 1000 kWh el incremento promedio de su factura es del 20%;
Consumos bimestralmente más de 1000 kWh y hasta 1200 kWh el incremento promedio de su factura es del 25%,
Consumos mayores a 1200 kWh/bimestre el incremento promedio es del 30%.
El segundo incremento de las tarifas eléctricas para los usuarios residenciales se produce mediante la Resolución Nº 1169/08 de la Secretaría de Energía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial el 31 de octubre de 2008, que aprueba la reprogramación trimestral de los precios mayoristas de la energía eléctrica entre el 1º de noviembre de 2008 y el 30 de abril de 2009.
La Resolución Nº 1169/08 establece variaciones de precios en el mercado mayorista eléctrico de fuerte impacto sobre los costos de las distribuidoras que afectarán finalmente a los usuarios residenciales.
Luego, mediante la Resolución Nº 628/08 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), publicada en el Boletín Oficial el 19 de noviembre de 2008, se trasladaron los valores de los nuevos precios mayoristas eléctricos al cuadro tarifario de los usuarios residenciales, aplicando la segmentación según el consumo aprobado por la Resolución Nº 409/08 y con carácter retroactivo al 1º de octubre de 2008.
El alza de tarifas dispuesto por las Resoluciones Nº 1169/08 de la Secretaría de Energía de la Nación, como las Resoluciones ENRE Nº 324/08 y Nº 356/ 08, carecen de validez legal toda vez que incumplen el Marco Regulatorio de la Electricidad, dispuesto en la Ley Nº 24.065, que establece en su artículo 46º que recibida la solicitud de modificación de tarifas por parte de transportistas y distribuidoras, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad, dará inmediata difusión pública a la misma por un plazo de 30 días y convocará a una Audiencia Pública para el siguiente día hábil a fin de determinar si el cambio solicitado se ajusta a las disposiciones de esta ley y al interés público.
El aumento del GAS
Las nuevas facturas gas, también se vieron sugestivamente demoradas hasta después de las elecciones
El Gobierno autorizó incrementos en las tarifas de gas, que llegan hasta el 400 por ciento, y de electricidad, que rozan el 300 por ciento.
El primer aumento surge por la aplicación de las Resoluciones Nº 1070/08, publicada en el Boletín Oficial el 1º de octubre de 2008, y de la Resolución Nº 1417/08 de la Secretaría de Energía de la Nación, publicada el 23 de diciembre de 2008 en el Boletín Oficial, y tienen efecto retroactivo al 1º de septiembre de 2008.
Posteriormente los usuarios recibirían otros aumentos debido a la actualización del precio del gas en boca de pozo y un nuevo impuesto a la importación de gas natural, autorizado por el decreto 2067/08 (CREASE EL FONDO FIDUCIARIO PARA ATENDER LAS IMPORTACIONES DE GAS NATURAL)
El gravamen se aplica para cubrir la inyección de combustible del exterior cuando sea necesario garantizar el abastecimiento interno.
Bajo el nuevo esquema, las casas de familia pagan el metro cúbico de gas un 250 por ciento más caro que los comercios y las industrias.
Ante este nuevo aumento es imperante convocar a todos los sectores involucrados y tener en cuenta los amplios sectores de la población que deben ser exceptuados del pago de las nuevas tarifas.
Frente a este nuevo atropello del gobierno, y en defensa del bolsillo de todos los argentinos,
solicitamos a nuestros pares la aprobación del siguiente proyecto de LEY.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
12/08/2009 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría