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PROYECTO DE TP


Expediente 3392-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONER LAS MEDIDAS TENDIENTES A FACILITAR EL REGISTRO DE AUTOMOTORES EN LA JURISDICCION DOMICILIARIA DE SUS PROPIETARIOS.
Fecha: 25/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 73
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la Nación, a través del organismo que corresponda, disponga las providencias necesarias con la finalidad de facultar a los titulares de automotores y, en general, de cualquier otro vehículo que deba ser necesariamente inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, a poder optar por registrar el mismo y realizar demás actos pertinentes en cualesquiera de las secciones de dicho organismo dentro de la jurisdicción provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según corresponda conforme a sus domicilios.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por finalidad, permitir a los titulares de automotores registrables la elección en una misma jurisdicción del registro seccional donde inscribir y realizar todos lo tramites relativos a dichos bienes.
Con anterioridad en fecha 13 de octubre de 2000, mediante orden del día nº 1080 se planteo un proyecto similar, contando con un dictamen favorable de la comisión de legislación general, la firma y adhesión de ocho señores diputados, no obstante nunca se llego a implementar la medida propuesta.
Actualmente el decreto-Ley 6582/58, ratificado por la Ley nº 14.467 y sus modificadoras (t.o Decreto 1.114/97) en su articulo 11 obliga a radicar el automotor y realizar todos los tramites necesarios en el registro seccional que corresponda de acuerdo al domicilio del titular del domino.
De este modo los usuarios de este servicio se encuentran obligados y sometidos a un registro seccional determinado que en muchos casos cumple su función en forma ineficiente e inidónea soportando el titular de dominio, largas colas, importantes demoras, insuficiente formación del personal que debe orientarlo y auxiliarlo, estructuras inadecuadas, o deficientes y onerosidad del mismo.
Esto ocurre debido a que ante la falta de posibilidad de poder optar por el registro seccional, los existentes, cuentan con un mercado cautivo donde invariablemente debe realizar la inscripción el titular del bien, de acuerdo al domicilio, sin poder elegir uno diferente, configurando así situaciones monopolicas en desmedro de los usuarios.
Por dicha razón el legislador se ve en la obligación de remediar esta situación sugiriendo una simple medida la cual, entiende, sería suficiente para revertirla al liberar al usuario de acudir a un registro determinado fomentando la libre competencia entre los registros de una misma sección, de este modo, con el afán de atraer clientes brindarían una mejor calidad de servicio que se vería reflejada en una excelente y justa atención al interesado.
Por lo expuesto solicito a mis honorables pares me acompañen en esta
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SNOPEK, CARLOS DANIEL JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARTIARENA, MARIO HUMBERTO JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)