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PROYECTO DE TP


Expediente 3383-D-2006
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION: MODIFICACION DEL ARTICULO 45, SOBRE OBLIGACIONES DE LOS SECRETARIOS.
Fecha: 21/06/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 75
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Artículo 1) Modificar el artículo 45 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 45.- Son obligaciones comunes a los secretarios:
1º Citar a los diputados a sesiones preparatorias.
2º Refrendar la firma del presidente al autenticar el Diario de Sesiones que servirá de acta y cuya redacción estará sujeta a lo prescrito en el artículo 48; organizar las publicaciones que se hicieren por resolución de la Cámara.
3º Hacer por escrito el escrutinio en las votaciones nominales.
4º Computar y verificar el resultado de las votaciones.
5º Anunciar el resultado de cada votación e igualmente el número de votos en pro y en contra.
6° Arbitrar los medios necesarios a fin de garantizar la transmisión en vivo del audio y video de las sesiones de la Cámara desde el sitio de internet.
7° Publicar la siguiente información en el sitio de internet de la Cámara:
a) Días, horario y temario de las reuniones de comisión.
b) El Plan de Labor propuesto por la presidencia de la Cámara para la sesión próxima inmediata
c) Los proyectos de ley ingresados y las Órdenes del Día.
d) La versión taquigráfica provisoria, dentro del décimo día de concluida la sesión.
e) Las pensiones graciables, becas y subsidios otorgados.
f) El personal de planta transitoria y permanente.
g) La convocatoria a licitaciones que realice la Cámara o los organismos que de ella dependan, y el resultado de las mismas.
8° Proponer al presidente los presupuestos de sueldos y gastos de la Secretaría y de la casa.
9º Desempeñar las demás funciones que el presidente les dé en uso de sus facultades.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se proponen modificaciones al Reglamento de la H. Cámara a fin de mejorar la eficiencia parlamentaria y proveer información relevante a la comunidad.
La H. Cámara de Diputados debe expresar, con eficiencia, su rol central en el sistema democrático, como máximo organismo de representación popular, con transparencia y corrección.
Sus integrantes deben exhibir sus tareas al pueblo que representan y, al mismo tiempo, resulta necesario que cuenten con los medios adecuados para ejercer sus funciones. Por ello, las medidas que se adopten en apoyo a su gestión deben ser las mejores disponibles a la par que es beneficioso que provean información a la comunidad.
La página de internet, de tal modo, resulta tanto un elemento de trabajo para los diputados y el personal de la Cámara como de información y consulta para la sociedad.
Resulta conocido por todos el avance en las comunicaciones y las posibilidades informativas que internet ofrece. Por ello, creemos que el Reglamento debe expresar cuáles son los contenidos mínimos que las autoridades deben proveer al sitio de internet.
Tal es la intención de este proyecto y sugerimos que tal prescripción se incluya en el artículo 45 que establece las obligaciones de los secretarios.
Así, formalmente, queda entre las obligaciones comunes de los secretarios, pero, de suyo, resulta responsabilidad de todos los funcionarios y empleados proveer la información que allí se establece. A su vez, como el artículo 46 establece que el presidente distribuye entre los secretarios las funciones, es claro que cada uno de ellos deberá proveer la que corresponde a su área.
El objetivo es posibilitar la difusión de la actividad parlamentaria para que los ciudadanos tomen conocimiento de sus posibilidades de acceso al sistema de información y producción de la Cámara, desde un rol activo y protagonista
Para alcanzar éste objetivo es que ponemos a consideración esta propuesta que, creemos, hace honor al principio constitucional de publicidad de los actos de gobierno.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BALESTRINI, ALBERTO EDGARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VACA NARVAJA, PATRICIA CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/08/2006 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0838/2006 01/09/2006
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 13/09/2006 APROBADO