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PROYECTO DE TP


Expediente 3379-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA DEROGACION DE LAS RESOLUCIONES 142/2012 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION Y LA RESOLUCION 269/01 DE LA EX - SECRETARIA DE COMERCIO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, SOBRE PLAZOS PARA EL INGRESO DE DIVISAS PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES DE EXPORTACION.
Fecha: 24/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el poder ejecutivo nacional disponga la inmediata derogación de la Resolución N°142 del 2012 del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, modificatoria de la Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMIA actual MINISTERIO DE ECONOMIA.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las exportaciones argentinas constituyen un importante factor en el desarrollo económico argentino actual. De acuerdo a información del Indec en 2011, el índice de precios de las exportaciones argentinas registró una suba tanto en los precios como en las cantidades, del 16,8% y el 5,9% respectivamente, por un valor de U$S 84.268,9 millones, lo que constituye una cifra un 23,7% superior a 2010.
La reciente resolución N 142 / 2012 del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, modificatoria de la Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMIA actual MINISTERIO DE ECONOMIA, obliga a los exportadores por valor superior a 2 millones de dólares a ingresar las divisas producto de las exportaciones dentro de los 15 días corridos contados a partir de la fecha de embarque.
Esta disposición constituye un serio escollo al normal desempeño de las exportaciones, ya que quienes exportan se ven sujetos a una serie de eventualidades que provocan que muchas veces los importadores se vean imposibilitados de girar el pago hasta no haber recibido el total de la mercadería y constatado su calidad e integridad.
Hoy son 1180 empresas sujetas a este cambio, que previamente debían ingresar las divisas percibidas en 180 días, lo cual resulta un plazo mucho más lógico teniendo en cuenta el reclamo de los exportadores que indican que se vuelve virtualmente imposible liquidar las divisas producto del pago del cliente en tan solo 15 días desde su embarque.
Es por lo expuesto que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
GAMBARO, NATALIA BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)