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PROYECTO DE TP


Expediente 3350-D-2016
Sumario: PROHIBICION DEL USO DEL AGUA EN LA MINERIA.
Fecha: 03/06/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 66
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE PROHIBICION DEL USO DEL AGUA EN LA MINERIA
Art. 1. Prohíbase para toda actividad minera, la utilización del agua de ríos, arroyos y cualquier vertiente de agua o depósito natural de agua, superficial o subterráneo, derretimientos de glaciares, de áreas periglaciares, y cuerpos de hielo de cualquier tipo o formación.
Art. 2. Prohíbase el uso del procedimiento de lixiviación y de toda sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa incluida en la Ley Nacional 24.051, y sus normas concordantes, en los todos los procesos mineros.
Art 3. De Forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El artículo 41 de la Constitución Nacional indica que "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.”
Entendemos que la Constitución Nacional es muy clara, pues se protege el medioambiente para las generaciones futuras y debemos bregar por la preservación del patrimonio natural y cultural. Sin embargo, todos y cada uno de estos preceptos constitucionales son transgredidos por la "mega minería metalífera" y sus actividades complementarias, que hacen al modelo extractivo vigente en la Argentina.
Cuestiono la intención de las autoridades de la Provincia de la Rioja, de seguir apostando a la minería: “Parece que Beder Herrera no se acobardó con la lección que le dio el pueblo, y volverá a fracasar en su intento”.
El suscripto ratificó la oposición al desarrollo mega minero en La Rioja y criticó las declaraciones del gobernador Luis Beder Herrera y el electo Sergio Casas a favor de la minería, durante la cumbre de provincias de la Organización Federal de Estado Mineros.
“Nos tratan de tontos, y quieren engañar a la gente haciéndole creer que ninguno de los candidatos a presidentes se opone al desarrollo minero, cuando la facultad de ejecutar una política minera es exclusiva decisión de los gobierno provinciales, dueño de los recursos naturales”.
“Parece que Beder Herrera no se acobardó con la lección que le dio el pueblo de Famatina y Chilecito echando a tres empresas transnacionales, y le anticipamos que volverá a fracasar en su intento por la minería. El pueblo ya le puso la mano en pecho una vez, y lo volverá a hacer.”
“La gente ya no compra los espejitos de colores, y cuando le hablan del progreso, el crecimiento de la economía y los puestos de trabajo, tenemos ejemplos de sobra de la contracara que es la contaminación, el saqueo, y el riesgo del agua, como es la propia San Juan y Catamarca”.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
MINERIA