Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 3337-D-2011
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL 40 ANIVERSARIO DE LA CREACION DE LA "ASOCIACION AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, SECCIONAL CHACO - FORMOSA", CELEBRADO EL DIA 1 DE ABRIL DE 2011.
Fecha: 24/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su beneplácito por haberse celebrado el 40° aniversario de la creación de la "Asociación Agentes de Propaganda Médica de la República Argentina - Seccional Chaco - Formosa", el 1° de abril de 2011.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 1° de abril de 1971, se realiza la primera reunión en el Club Chaco For Ever de Resistencia, en el que se crea una Comisión Provisoria para la organización y bases para la Asociación de A.P.M. de Chaco y Formosa Esta Comisión redacta el primer Estatuto de la Seccional, la cual se organiza como una entidad independiente.
Los primeros Estatutos Generales de la Asociación datan del 29 de agosto de 1971. Su primera Comisión Directiva sesiona en la Asociación de Viajantes de Resistencia, presidida por el Secretario General, Ismael Coloschi.
Su segunda Comisión Directiva es elegida el 22 de noviembre de 1974, integrada por las siguientes personas: Secretario General: Ismael Coloschi; Secretario Adjunto: Hugo Vivé; Secretario Gremial: Juan de Dios MENA; Secretario de Hacienda: Edgardo Feldmann; Secretario de Obra Social: José Barróz Paz; Secretario de Actas: Oscar Alarcón; Vocales Titulares: Hernán Cabazza, Omar Ayala, Horacio Manassi, Francisco Silva; Comité de Fiscalización: Paulino Sosa, Luis E. Alsina
El 22 de noviembre de 1975 se aprueba una modificación en los Estatutos originales de la Asociación de Agentes de Propaganda Médica de la Provincia del Chaco y la Provincia de Formosa.
En el libro de Actas con fecha 22 de septiembre de 1982, se pone en evidencia que la Asociación de A.P.M. de las provincias de Chaco y Formosa pasa a ser la Seccional Chaco-Formosa de la A.A.P.M. de la R.A.
El 20 de diciembre de 1984, la Cámara de Diputados de la provincia del Chaco sanciona la ley 3055, que establece normas que regulan la actividad de la información médica y la de los agentes de propaganda médica. Crea un registro de inscripción a tales efectos, en el área del Ministerio de Salud Pública y Acción Social.
Es así que la actividad de los visitadores médicos en la provincia del Chaco queda debidamente reconocida e institucionalizada.
Por todo ello, celebramos estos 40 años de vida de la asociación que los agrupa, solicitando la aprobación de este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)