PROYECTO DE TP
Expediente 3321-D-2009
Sumario: PROGRAMA NACIONAL CONTRA EL TRABAJO INFANTIL: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Fecha: 14/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
El Senado y Cámara de Diputados...
PROYECTO
DE LEY SOBRE LA CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL
CONTRA EL TRABAJO INFANTIL
Artículo 1°.- Créase el
Programa Nacional contra el Trabajo Infantil en el ámbito del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con el objetivo de
elaborar e implementar un plan contra el trabajo infantil, en el marco
de los Convenios 138 y 182 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) ratificados por nuestro país, así como de la normativa
constitucional referida a la Convención de los Derechos del Niño, la ley
26.061 y la restante legislación del trabajo.
Artículo 2°.- El Programa
Nacional contra el Trabajo Infantil establecerá las medidas inmediatas
y eficaces para conseguir la eliminación de las peores formas de
trabajo infantil, contempladas en el artículo 3º del Convenio 182, y
definirá las acciones orientadas sobre los siguientes ejes:
a. Fortalecimiento de la
articulación entre los órganos competentes de los ministerios de
Trabajo, Educación, Salud, Economía y Desarrollo Social, así como la
coordinación de los esfuerzos públicos en general y privados, y los
niveles provinciales y municipales con el nivel nacional.
b. Definición de los
trabajos que por su naturaleza, o por las condiciones en que se llevan
a cabo, es probable que dañen la salud, la seguridad o la moralidad de
los niños, tal como estipula el artículo 4º del Convenio 182 de la OIT
(ley 25.255).
c. Relevamiento integral
del estado actual del trabajo infantil en nuestro país. A estos efectos
se convocará a participar a asociaciones gremiales y entidades no
gubernamentales especializadas.
d. Concientización de la
sociedad sobre la existencia de esta realidad y sus
consecuencias.
e. Implementación de
campañas para certificar y divulgar los productos elaborados sin el
aporte de mano de obra infantil.
f. Otorgamiento de
incentivos económicos y de prestaciones asistenciales para aquellas
familias involucradas en esta problemática con necesidades básicas
insatisfechas.
g. Adopción de acciones
para incorporar a la escolaridad a los niños afectados posibilitando su
acceso y permanencia en el sistema escolar.
h. Implementación de
una red de establecimientos para la atención de los niños que por su
edad, aún no ingresan al sistema educativo, como salas maternales,
casas de acogimiento diurno, casas nido, etc.
i. Intensificación de las
acciones de control del cumplimiento de la normativa vigente y la
efectiva sanción en caso de su violación.
Articulo 3º: La autoridad de
aplicación de la presente ley será el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social
Articulo 4º: La Jefatura de Gabinete
de Ministros de la Nación estará facultada a reasignar la partida presupuestaria
pertinente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con el fin de dar
cumplimiento a lo establecido en la presente Ley. La Ley del Presupuesto General
de la Nación, posterior a la promulgación de la presente Ley, deberá contemplar
todas las previsiones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de las
disposiciones contenidas en la misma.
Articulo 5º: El Poder
Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley en el plazo de noventa
días de su promulgación.
Articulo 6º: Comuníquese
al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Una de las peores caras
de la miseria humana es el trabajo infantil, penado y malvisto por la
Naciones desarrolladas.
El día 12 de junio del año
2002 se estableció el primer "Día Mundial contra el Trabajo Infantil",
patrocinado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con
el fin de reforzar el movimiento mundial para erradicar el trabajo
infantil, promoviendo solidaridad y apoyo entre todos aquellos y
aquellas que luchan contra la explotación de niños, niñas y
adolescentes en el mundo. Nuestro país, con la aprobación de la ley
26.064 sancionada el 16 de noviembre de 2005, ratificó el compromiso
en esta lucha.
Por trabajo infantil se
entiende: "toda actividad económica y/o estrategia de supervivencia
realizada por niñas o niños, por debajo de la edad mínima de admisión
al empleo o trabajo, o que no han finalizado la escolaridad obligatoria
o que no han cumplido los 18 años si se trata de trabajo
peligroso".
El trabajo infantil
representa un urgente problema que implica la violación de derechos
humanos, sociales y económicos de la niñez.
Se estima que en la
actualidad 246 millones de niños y niñas de entre 5 y 17 años
trabajan. De ellos, 171 millones -el 70%- trabajan en situaciones o
condiciones peligrosas en minas, con pesticidas y químicos en la
agricultura o manejando maquinarias peligrosas. Alrededor de 73
millones tiene menos de 10 años. Su inmadurez física los expone a las
enfermedades y lesiones relacionadas con el trabajo, que van desde -
por nombrar algunas- rotura o pérdida completa de un miembro del
cuerpo hasta enfermedades respiratorias y gastrointestinales, debido
por ejemplo, al excesivo calor en los campos y en las fábricas. Aunque
el número de enfermedades y lesiones es más elevado en el caso de
los niños y niñas que trabajan en el sector agrícola, la frecuencia de
las lesiones infantiles es mayor en la construcción y la minería.
En América Latina, el
trabajo infantil rural afecta a 20 millones de niños y niñas, de los
cuales unos 7 millones están expuestos a las "peores formas" de
trabajo infantil.
En la Argentina, en las
explotaciones agropecuarias, señala el libro "Los niños que trabajan" ,
el trabajo de los niños se desarrolla junto a miembros de su familia en
una proporción aún superior que la que tiene en el ámbito urbano.
Los niños se insertan en
el trabajo junto a miembros de la familia en las propias explotaciones
familiares, como mano de obra familiar, así como también ayudan a
sus padres asalariados que son remunerados sobre la base de
sistemas de pago a destajo, en general en producciones
agroindustriales como la explotación de tabaco, algodón, caña de
azúcar, o en la cosecha de melón y sandía, en la producción hortícola
y en la floricultura.
El trabajo infantil en las
áreas rurales acentúa aún más la desigualdad y la exclusión social
porque se suma la disparidad existente entre la población que reside
en las áreas urbanas y aquella que lo hace en áreas rurales. Sólo el
56% de los chicos con edades entre 15 y17 años que viven zonas
rurales asistían al sistema educativo en 2001, cifra que en cambio,
superaba el 82% entre aquellos del mismo grupo etáreo que residían
en ciudades de 2000 o más habitantes.
Es muy importante el
número de jóvenes que vive en pequeñas localidades en el campo y
que no logran acceder a la educación secundaria y especialmente que
no la terminan. El riesgo a que se enfrentan los niños al trabajar
también implica dejar de recibir una educación. Una importante parte
de la población infantil más pobre abandona la escuela porque debe
trabajar.
Sin duda, uno de los
factores que profundiza la exclusión de estos jóvenes es la pobreza y
el trabajo en condiciones precarias al cual deben recurrir desde niños.
Las dificultades son más
agudas entre aquellos que no han terminado el nivel secundario,
porque tienen menos posibilidades para acceder a puestos de calidad.
Luchar contra el trabajo infantil es luchar por la igualdad de
oportunidades de los niños y jóvenes en nuestro país.
En el ámbito urbano si
bien tenemos índices más alentadores, también se registran terribles
situaciones de trabajo infantil que revisten formas de esclavitud.
Los talleres textiles
clandestinos son uno de los ejemplos más lamentables de esta
situación. Los niños trabajan extensas jornadas, con pago a destajo y
por prenda, pago en negro, reclutamiento mediante engaños,
superexplotación abusando del altísimo nivel de vulnerabilidad social
de los costureros y sus familias. La Unión de Trabajadores Costureros
denunció las situaciones de semi- encierro o de reducción a la
servidumbre, exposición a enfermedades pulmonares, tuberculosis,
alimentación precaria y situaciones de intimidación bajo diversas
formas.
Según el ultimo
relevamiento realizado en al Ciudad de Buenos Aires por la Dirección
General de Niñez en el año 2001, entre las principales actividades que
desarrollan los niños que transitan por la ciudad se encuentran:
mendicidad 41,7%; cirujeo 20%; venta ambulante 14%; apertura de
puertas de taxis 10,1%; robo y prostitución 1,2%.
En promedio el total de
los niños y adolescentes llevaban 3,3 años realizando actividades
económicas en la calle. Todas estas situaciones pueden implicar la
descolarización, la pérdida de oportunidades futuras y daño físico y
emocional. El trabajo de los niños no sólo resulta un antecedente
perturbador de un crecimiento saludable, sino también un factor que
obtura el acceso a capacidades materiales y simbólicas,
constituyéndose en uno de los determinantes de los procesos de
exclusión social.
La infancia se encuentra
en un estado de vulnerabilidad grave en cuanto a su calidad de vida y
a su futuro. Esto requiere de una intervención urgente y eficaz en
defensa del derecho a la educación, alimentación, protección, familia,
juego, descanso, salud y ambiente adecuado para el desarrollo que
deben tener todos los niños y niñas.
La pobreza y la
marginalidad social que da origen al trabajo infantil son los aspectos
visibles de este problema. Por eso al momento de poner en práctica
políticas para luchar contra el trabajo infantil, éstas deben abordar el
problema desde una perspectiva integral incluyendo los desórdenes y
carencias del ambiente y los problemas que afectan al grupo familiar
de origen que subyacen a la situación mencionada.
Crear las condiciones
para la resolución de conflictos personales, culturales, intra-familiares
y de subsistencia que agobian la vida cotidiana de las familias con
niños y niñas en situación de calle es una tarea que las áreas sociales
deben incluir en la planificación y diseño de políticas concretas para la
erradicación del trabajo infantil.
Nuestro país ha asumido
obligaciones activas en derechos humanos al suscribir Pactos y
Convenciones que incorporó además a la propia Constitución Nacional.
No sólo tiene la obligación como Estado de evitar la violación de los
mismos, sino que asume la obligación de ser un activo promotor para
que los derechos lleguen todos los habitantes de nuestro país sin
discriminación.
No son meras
declaraciones para mañana sino compromisos para hoy, de
cumplimiento inmediato. Nuestro país no puede tolerar la existencia
de trabajo infantil y debe actuar decididamente para erradicarlo, asistir
a las víctimas y sancionar a los responsables.
Desde el punto de vista
institucional es necesario ampliar la capacidad dentro de la estructura
gubernamental que se encargue de formular y aplicar un plan nacional
de acción contra el trabajo infantil que diseñe acciones concretas en el
marco de la legislación vigente, en particular de la Convención de los
Derechos del Niño con rango constitucional y de los convenios de la
OIT, N° 138 y 1821, ratificado por ley N° 25.255, así como la ley
26061.
El deterioro de las
condiciones de vida del conjunto de la población se expresa en forma
mucho más pronunciada entre los menores de 18 años. Estas
generaciones no pueden seguir esperando un cambio en su presente
con promesas inciertas de futuro.
Una política realista del
combate al trabajo infantil requiere conocer la dimensión y
características del problema, aspectos que no son claros en nuestro
país donde el Ministerio de Trabajo anuncia la existencia de 1.500.000
niños que trabajan.
No obstante las políticas
impulsadas desde los organismos laborales responsables de evitar esta
catástrofe carecen de planes de acción integrales.
La mayor parte de los
programas estatales sólo cubren necesidades inmediatas de manera
paternalista e incluso represiva, sin apostar a la promoción y al
desarrollo integral de la infancia y la adolescencia.
La pobreza en la infancia
va de la mano del deterioro en el acceso a la educación, de la
imposibilidad de acceder a un sistema preventivo de salud, de la
inexistencia de un sistema de justicia que cuente con un régimen de
debido proceso.
Las políticas públicas en
general y las económicas en particular, señala el Colectivo de
Derechos de Infancia y Adolescencia, afectan directamente a la niñez
que se encuentra en situación de vulnerabilidad social debido a la
ausencia de recursos dirigidos a la implementación de programas de
promoción y asistencia y de políticas sociales enmarcadas en los
principios de la Convención de los Derechos del Niño y la ley 26.061.
Por todo lo aquí
expuesto, es que le solicito a mis pares que me acompañen en la
aprobación de este Proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0099-D-11 |