PROYECTO DE TP
Expediente 3299-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS DE FISCALIZACION TECNICO CONTABLE POR EL CUAL SE ADJUDICO EL DENOMINADO "GASODUCTO NESTOR CARLOS KIRCHNER".
Fecha: 04/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios de la Nación; de la Secretaria de Energía, la Secretaría de Obras
Públicas, del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), del Ministerio de
Economía , del Banco de la Nación Argentina y demás organismos que
resultaran competentes informe :
a) los informes o medidas de
fiscalización técnico-contable mediante los cuales se adjudicó en el marco del
marco del "Sistema de Expansión de Obras de Gasoductos de la Provincia de
Santa Cruz", las obras de Infraestructura Energética para la provisión de gas
natural a las localidades de El Calafate, Río Turbio, 28 de Noviembre, Turbio
Viejo, Rospenteck, Perito Moreno y Los Antiguos denominado: "Gasoducto
Néstor Carlos Kirchner" (ley provincial 470-D-05).
b) Nómina de empresas que
presentaron proyectos y resultaron adjudicatarias para la construcción de las
obras de infraestructura mencionadas en el inciso a) . Copia del Acuerdo
Marco. Régimen de contrataciones establecido para la obra. Copia de los
diferentes pliegos de licitación presentados. Presupuesto Oficial. Copia de los
diferentes Contratos suscriptos.
c) Nómina de funcionarios
públicos involucrados en las diferentes operaciones, como así también sus
declaraciones juradas.
d) Costo total definitivo y
mecanismos de financiamiento de la citada obra. Nómina y montos de los
diferentes contratos de locación de obras, servicios y suministros a los
Contratistas y/o Proveedores, y/o las órdenes de compra de estilo, sujetas a
la previa recomendación y rúbrica del ENARGAS y/o demás organismos
competentes.
e) Los informes de Evaluación /
Validación económica y aprobación del Organizador y/o Comitente Delegado
y/o Secretaría de Energía de la Nación, y/o demás organismos competentes
respecto a los contratos y compras por parte de las empresas adjudicatarias
de las citadas obras.
f) Causas que motivaron
redeterminaciones de costos produciendo modificaciones en los
presupuestos originales. Si en base a la documentación legal que posee el
ENARGAS y los demás organismos involucrados, consideran existieron o no
sobreprecios en la construcción de la citada obra.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En Mayo de
2004, en medio de la crisis energética, el gobierno anuncio la expansión del
sistema de transporte de gas natural, en el marco de lo que llamó un Plan
Estratégico para el Sector Energético. Este desemboco en la constitución de
diversos Fondos Fiduciarios con la finalidad de financiar obras con el objeto
de ampliar la infraestructura energética del país. Una de tantas fue el
Fideicomiso de Gas-Fideicomisos Financieros. Se realizó en el marco de lo
establecido en la Ley Nº 24.076 y el Decreto Nacional N° 465/05 cuyo
marco normativo fue creado por la ley Nº 24.441 y específicamente
mediante la Resolución Nº 185/2004 del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios. Dicha resolución establece en su artículo 12
que la Secretaría de Energía deberá determinar los términos y condiciones
en base a principios de racionalidad económica, equidad y beneficios
operativos para el conjunto del sistema, bajo los cuales calificarán los
proyectos que se ejecuten al amparo de los fideicomisos constituidos cuyo
objeto sean obras de expansión.
En forma previa a la
calificación, los proyectos junto con sus montos y cargos tarifarios
respectivos deberán contar con la aprobación del Ente Nacional regulador del
Gas (ENARGAS). En el artículo 13 se establece que la Secretaría de Energía
deberá definir el régimen de contrataciones de todas las obras que se
realicen en el marco de lo dispuesto en la norma.
Esta alternativa que
supuestamente es mecanismo simple, transparente y de máxima eficiencia, a
nuestro criterio y en base a las recientes investigaciones por pago de
sobornos se ha desvirtuado. Se han transformado a los fondos fiduciarios en
una herramienta que el Poder Ejecutivo utiliza de manera discrecional de
acuerdo a la coyuntura política con dudosa finalidad.
El 23 de
marzo de 2006, la Honorable Cámara de Diputados de Santa Cruz aprobó el
proyecto de ley 470-D-05, mediante el cual se denomina con el nombre
"Presidente Néstor Carlos Kirchner" al gasoducto que une la localidad de
Boleadoras con la localidad del Calafate.
El mismo se
encuadra dentro del marco del "Sistema de Expansión de Obras de
Gasoductos de la Provincia de Santa Cruz", cuyo acuerdo marco fuera
suscripto el 12 de noviembre de 2004 por el Ministerio de Planificación
Federal, representado por el Arq. Julio De Vido; el ENARGAS, representado
por el CPN Fulvio Madaro; el Banco de la Nación Argentina y Nación
Fideicomisos S.A., representados por la Dra. Estela Palomeque; y, por BTU
S.A., representada por el Sr. Ángel Félix Di Pietrantonio . El 31 de enero de
2005, la Provincia de Santa Cruz, y la empresa Distrigas S.A., empresa
estatal perteneciente a la Provincia de Santa Cruz, adhirieron a los términos
del Acuerdo Marco.
El acuerdo
previó la construcción de gasoductos y plantas reguladoras de presión en
tres etapas para abastecer con gas natural a las localidades de El Calafate,
Río Turbio, 28 de Noviembre, Turbio Viejo, Rospenteck, Perito Moreno y Los
Antiguos. El costo total presupuestado originalmente para las tres etapas era
de $227.555.660 distribuídos de la siguiente manera: $80 millones la primer
etapa, $64,5 millones la segunda etapa, y $83 millones la tercer etapa.
A los pocos
meses de aprobada la primera etapa, se realiza un primer incremento
adicional. Mediante el Decreto Provincial 3360/05, fue ampliado en
$5.134.584 el presupuesto original de $80 millones, en concepto de
"Inspección de obra". Luego, debido a un supuesto "incremento de la
demanda del gas en El Calafate", mediante el Decreto Provincial 218/2006,
se volvió a ampliar el presupuesto de la obra en la suma de $34.071.314,42.
En la segunda
etapa se registro un proceso similar. El presupuesto original era de $64,5
millones, pero el Convenio Específico firmado el 26 de septiembre de 2006
entre el Ministro de Planificación y el Gobernador de Santa Cruz previó un
préstamo de la Nación a la Provincia de Santa Cruz por la suma de casi $157
millones de pesos. Más de $93 millones por encima de lo establecido en un
principio.
Nuevamente el
22 de febrero de 2007 se vuelve a ampliar el presupuesto de la obra en
$5.134.584, en concepto de "Inspección de Obra".
Esta mecánica
de sobreprecios encubiertos, adjudicaciones cartelizadas y ausencia de
controles por parte de los organismos pertinentes en la construcción de
diferentes obras públicas, atentan contra la transparencia y la república.
Hay miles de millones de pesos que esperan saber si pasaran por este
sistema de corrupción y terminaran en el bolsillo de algún delincuente
(empresario o funcionario público, pagador o cobrador) o si, por el contrario,
irán a atender las necesidades sociales y reales de una Argentina que las
tiene y en grandes cantidades.
Por todo lo
expuesto, y al considerar que es una función vital del Congreso controlar el
uso eficiente de los fondos públicos, como así también asegurarse que el
Poder Ejecutivo Nacional actúe dentro del marco de la ley , es que
solicitamos la sanción del presente pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, ESTEBAN JOSE | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
TONELLI, PABLO GABRIEL | BUENOS AIRES | PRO |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |