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PROYECTO DE TP


Expediente 3299-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS DE FISCALIZACION TECNICO CONTABLE POR EL CUAL SE ADJUDICO EL DENOMINADO "GASODUCTO NESTOR CARLOS KIRCHNER".
Fecha: 04/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación; de la Secretaria de Energía, la Secretaría de Obras Públicas, del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), del Ministerio de Economía , del Banco de la Nación Argentina y demás organismos que resultaran competentes informe :
a) los informes o medidas de fiscalización técnico-contable mediante los cuales se adjudicó en el marco del marco del "Sistema de Expansión de Obras de Gasoductos de la Provincia de Santa Cruz", las obras de Infraestructura Energética para la provisión de gas natural a las localidades de El Calafate, Río Turbio, 28 de Noviembre, Turbio Viejo, Rospenteck, Perito Moreno y Los Antiguos denominado: "Gasoducto Néstor Carlos Kirchner" (ley provincial 470-D-05).
b) Nómina de empresas que presentaron proyectos y resultaron adjudicatarias para la construcción de las obras de infraestructura mencionadas en el inciso a) . Copia del Acuerdo Marco. Régimen de contrataciones establecido para la obra. Copia de los diferentes pliegos de licitación presentados. Presupuesto Oficial. Copia de los diferentes Contratos suscriptos.
c) Nómina de funcionarios públicos involucrados en las diferentes operaciones, como así también sus declaraciones juradas.
d) Costo total definitivo y mecanismos de financiamiento de la citada obra. Nómina y montos de los diferentes contratos de locación de obras, servicios y suministros a los Contratistas y/o Proveedores, y/o las órdenes de compra de estilo, sujetas a la previa recomendación y rúbrica del ENARGAS y/o demás organismos competentes.
e) Los informes de Evaluación / Validación económica y aprobación del Organizador y/o Comitente Delegado y/o Secretaría de Energía de la Nación, y/o demás organismos competentes respecto a los contratos y compras por parte de las empresas adjudicatarias de las citadas obras.
f) Causas que motivaron redeterminaciones de costos produciendo modificaciones en los presupuestos originales. Si en base a la documentación legal que posee el ENARGAS y los demás organismos involucrados, consideran existieron o no sobreprecios en la construcción de la citada obra.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En Mayo de 2004, en medio de la crisis energética, el gobierno anuncio la expansión del sistema de transporte de gas natural, en el marco de lo que llamó un Plan Estratégico para el Sector Energético. Este desemboco en la constitución de diversos Fondos Fiduciarios con la finalidad de financiar obras con el objeto de ampliar la infraestructura energética del país. Una de tantas fue el Fideicomiso de Gas-Fideicomisos Financieros. Se realizó en el marco de lo establecido en la Ley Nº 24.076 y el Decreto Nacional N° 465/05 cuyo marco normativo fue creado por la ley Nº 24.441 y específicamente mediante la Resolución Nº 185/2004 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Dicha resolución establece en su artículo 12 que la Secretaría de Energía deberá determinar los términos y condiciones en base a principios de racionalidad económica, equidad y beneficios operativos para el conjunto del sistema, bajo los cuales calificarán los proyectos que se ejecuten al amparo de los fideicomisos constituidos cuyo objeto sean obras de expansión.
En forma previa a la calificación, los proyectos junto con sus montos y cargos tarifarios respectivos deberán contar con la aprobación del Ente Nacional regulador del Gas (ENARGAS). En el artículo 13 se establece que la Secretaría de Energía deberá definir el régimen de contrataciones de todas las obras que se realicen en el marco de lo dispuesto en la norma.
Esta alternativa que supuestamente es mecanismo simple, transparente y de máxima eficiencia, a nuestro criterio y en base a las recientes investigaciones por pago de sobornos se ha desvirtuado. Se han transformado a los fondos fiduciarios en una herramienta que el Poder Ejecutivo utiliza de manera discrecional de acuerdo a la coyuntura política con dudosa finalidad.
El 23 de marzo de 2006, la Honorable Cámara de Diputados de Santa Cruz aprobó el proyecto de ley 470-D-05, mediante el cual se denomina con el nombre "Presidente Néstor Carlos Kirchner" al gasoducto que une la localidad de Boleadoras con la localidad del Calafate.
El mismo se encuadra dentro del marco del "Sistema de Expansión de Obras de Gasoductos de la Provincia de Santa Cruz", cuyo acuerdo marco fuera suscripto el 12 de noviembre de 2004 por el Ministerio de Planificación Federal, representado por el Arq. Julio De Vido; el ENARGAS, representado por el CPN Fulvio Madaro; el Banco de la Nación Argentina y Nación Fideicomisos S.A., representados por la Dra. Estela Palomeque; y, por BTU S.A., representada por el Sr. Ángel Félix Di Pietrantonio . El 31 de enero de 2005, la Provincia de Santa Cruz, y la empresa Distrigas S.A., empresa estatal perteneciente a la Provincia de Santa Cruz, adhirieron a los términos del Acuerdo Marco.
El acuerdo previó la construcción de gasoductos y plantas reguladoras de presión en tres etapas para abastecer con gas natural a las localidades de El Calafate, Río Turbio, 28 de Noviembre, Turbio Viejo, Rospenteck, Perito Moreno y Los Antiguos. El costo total presupuestado originalmente para las tres etapas era de $227.555.660 distribuídos de la siguiente manera: $80 millones la primer etapa, $64,5 millones la segunda etapa, y $83 millones la tercer etapa.
A los pocos meses de aprobada la primera etapa, se realiza un primer incremento adicional. Mediante el Decreto Provincial 3360/05, fue ampliado en $5.134.584 el presupuesto original de $80 millones, en concepto de "Inspección de obra". Luego, debido a un supuesto "incremento de la demanda del gas en El Calafate", mediante el Decreto Provincial 218/2006, se volvió a ampliar el presupuesto de la obra en la suma de $34.071.314,42.
En la segunda etapa se registro un proceso similar. El presupuesto original era de $64,5 millones, pero el Convenio Específico firmado el 26 de septiembre de 2006 entre el Ministro de Planificación y el Gobernador de Santa Cruz previó un préstamo de la Nación a la Provincia de Santa Cruz por la suma de casi $157 millones de pesos. Más de $93 millones por encima de lo establecido en un principio.
Nuevamente el 22 de febrero de 2007 se vuelve a ampliar el presupuesto de la obra en $5.134.584, en concepto de "Inspección de Obra".
Esta mecánica de sobreprecios encubiertos, adjudicaciones cartelizadas y ausencia de controles por parte de los organismos pertinentes en la construcción de diferentes obras públicas, atentan contra la transparencia y la república. Hay miles de millones de pesos que esperan saber si pasaran por este sistema de corrupción y terminaran en el bolsillo de algún delincuente (empresario o funcionario público, pagador o cobrador) o si, por el contrario, irán a atender las necesidades sociales y reales de una Argentina que las tiene y en grandes cantidades.
Por todo lo expuesto, y al considerar que es una función vital del Congreso controlar el uso eficiente de los fondos públicos, como así también asegurarse que el Poder Ejecutivo Nacional actúe dentro del marco de la ley , es que solicitamos la sanción del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, ESTEBAN JOSE CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
TONELLI, PABLO GABRIEL BUENOS AIRES PRO
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)