PROYECTO DE TP
Expediente 3269-D-2010
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA LABOR DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, AL CONMEMORARSE EL DIA 30 DE JUNIO DE 2010 EL BICENTENARIO DE SU CREACION.
Fecha: 14/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su beneplácito a la labor desarrollada
por la Prefectura Naval Argentina en ocasión de conmemorarse, el próxima 30 de
junio, el Bicentenario de su creación como Institución de la Patria.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 30 de junio del año en curso la
Prefectura Naval argentina cumple 200 años de existencia, junto al pueblo de la
Nación Argentina, es una ocasión propicia para hacerle llegar a sus hombres y
mujeres el reconocimiento a su tarea cotidiana, destacando su heroica ayuda
como en la gesta de Malvinas, además de ser nuestro sostén, en los mares,
puertos, lagos y ríos de la Nación Argentina.
La Primera Junta incorporó a la
Prefectura como Institución de la Patria en 1810, hecho que se produjo a través
de dos decretos: uno del 25 de junio, por el que oficialmente se disponía que la
Capitanía de Puerto debía subordinarse al primer Gobierno Patrio, absteniéndose
de obedecer a la Comandancia de Marina española de Montevideo; el otro del 30
de junio que redactó de puño y letra el Dr. Mariano Moreno -secretario de
Gobierno y Guerra de la Junta- nombrando a Thompson como primer Capitán de
Puertos de las Provincias Unidas del Río de la Plata, determinándose de esta
manera este como "DÍA DE LA CREACIÓN DE LA PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA"
La Prefectura Naval Argentina, es la
Fuerza de Seguridad que ejerce: El Servicio de Policía de Seguridad de la
Navegación, el Servicio de Policía de Seguridad y Prevención del Orden Público,
la Policía de Protección del Medio Ambiente y Conservación de los Recursos
Naturales, la Policía Judicial, la Policía Auxiliar Aduanera, Migratoria y Sanitaria
y la Jurisdicción Administrativa de la Navegación (acorde Ley 18.398).
La Prefectura Naval Argentina, ha
desarrollados diversos modos de acción en su afán de cumplir sus objetivos para
conseguir una navegación más segura y una eficaz protección del medio
ambiente, especialmente teniendo en cuenta su responsabilidad como estado de
abanderamiento de asegurar que se adopten y se pongan en vigor medidas
destinadas a aplicar y hacer cumplir acabadamente las normas nacionales e
internacionales y en especial el estado de la gestión.
Evitar las causas que puedan producir
riesgos de vida a las personas embarcadas y daños a los buques y bienes
relacionados con la navegación mercante, pesca comercial y embarcaciones de
recreación. Facilitar el transporte por agua, evitar las interrupciones e
impedimentos que puedan afectar al comercio y al traslado de personas, al
mismo tiempo que se eleva al máximo el acceso deportivo y de esparcimiento en
las aguas. Constituye el campo funcional esencial de la Prefectura y reconoce un
amplio espectro de actividades que se centralizan irrescindiblemente en el
buque, el personal navegante y la navegación propiamente dicha como hecho
técnico.
Garantizar la seguridad del
transporte marítimo, de las instalaciones portuarias y su zona de influencia
respecto del trafico ilícito de estupefacientes, contrabando, narcoterrorismo,
terrorismo, lavado de dinero y trata de blancas en especial, dado que al
recrudecer dichas actividades a nivel mundial tales áreas han tomado una vital
preponderancia que demandan su consecuente resguardo Entro de su amplio
espectro funcional, la Prefectura Naval Argentina en su jurisdicción y en
colaboración con las autoridades competentes, en zonas de frontera ejerce y
regionaliza formas y procederes para los diversos ilícitos, lo que requiere
necesariamente una respuesta unificada de las instituciones de seguridad y
policiales de los países del área que se ven afectados.
Impedir las actividades ilegales en la
zona económica exclusiva y la violación de las normas legales en los puertos y
aguas de la jurisdicción nacional.
A la Prefectura le toca actuar en un
ámbito muy específico, en virtud de disposiciones emanadas de la Constitución
Nacional, su Ley Orgánica N° 18.398, la Ley Nacional N° 22.190 y varios
convenios internacionales ratificados por la República Argentina que la
reconocen como su autoridad de aplicación: La contaminación evidenciada a
partir de la actividad que desarrollan los buques y artefactos navales.
Evitar los daños ambientales y la
degradación y depredación de los recursos naturales en puertos y aguas de
jurisdicción nacional, relacionados con el transporte, la pesca y la navegación
recreativa, preservando el patrimonio nacional. Asimismo se Incremento la
inserción institucional en los organismos nacionales, provinciales, municipales y
privados, encargados en la protección del medio ambiente realizando estudios
ecológicos, coordinando programas de acción, celebrando paralelamente
convenios con autoridades locales para asumir en espejos de aguas no
jurisdiccionales, por delegación, la policía ambiental.
Proteger nuestras fronteras
marítimas, fluviales y lacustres a fin de impedir el transito ilegal de personas, la
comisión de delitos comunes y contravenciones en general. La Prefectura Naval
Argentina cumple funciones que abarcan un amplio espectro de servicios públicos
esenciales, como son la seguridad de la navegación, las tareas auxiliares
aduaneras, migratorias, sanitarias y policía auxiliar pesquera.
La transformación económica a nivel
nacional e internacional generó problemas económicos, desigualdades sociales,
entre otras; derivando en un aumento de delitos comunes, particularmente
dirigidos contra la propiedad y la vida de las personas, y del grado de violencia,
manteniéndose además latente la posibilidad de conflictos sociales de
magnitud.
Por todo lo expuesto, es que les
solicito a los señores diputados que me acompañen con su firma en la aprobación
de este proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |