PROYECTO DE TP
Expediente 3264-D-2007
Sumario: PACTO FISCAL: ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y LOS GOBIERNOS PROVINCIALES SUSCRIPTO EL 12 DE AGOSTO DE 1992 Y RATIFICADO POR LA LEY 24130 EN CUANTO A LA AUTORIZACION DISPUESTA EN SU PRIMERA CLAUSULA PARA QUE EL ESTADO NACIONAL RETENGA UN 15% EN CONCEPTO DE APORTES PARA ATENDER EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES PREVISIONALES NACIONALES, DENUNCIAR EL MISMO A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE.
Fecha: 03/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º.- Denúnciese a partir de la publicación
de la presente el Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales suscripto el 12 de
agosto de 1992 y ratificado por la Ley Nº 24.130 en cuanto a la autorización dispuesta en su Primera
Cláusula para que el Estado Nacional retenga un 15% (quince por ciento) en concepto de aportes
para atender el pago de las obligaciones previsionales nacionales y otros gastos operativos que
resulten necesarios, como así también en cuanto a lo establecido en su Cláusula Octava.
ARTICULO 2º.- La presente denuncia deberá ser
ratificada por las Provincias.
ARTICULO 3º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 12 de Agosto de 1992 se firmó el
Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales que luego fuera ratificado por la Ley
N º 24.130 en esta Honorable Casa. En sus Cláusulas Primera y Octava se establecía la autorización
que se le otorgaba al Estado Nacional a retener un 15% (quince por ciento)de la masa de impuestos
coparticipables prevista en el Art. 2do. de la ley 23.548, con el fin de atender el pago de las
obligaciones previsionales nacionales y otros gastos operativos que resulten necesarios.
Como se recordará, el mismo fue un acuerdo con
el fin, que las provincias renunciando a parte de sus legítimos recursos, asistieran al deficitario
sistema previsional nacional, hecho que se logró, ya que hoy tenemos un sistema de seguridad social
superavitario tanto en los Institutos de Seguridad Social como en el ANSES. Así surge de los datos
oficiales que en el primer trimestre los primeros han mostrado un resultado positivo de $1.599
millones que sumados a los acumulados al 2006 alcanzarían este año los $7.000 millones, y en cuanto
al ANSES, estaría alcanzando para este año los $18.000 millones.
La situación actual es : superávit de la
Seguridad Social y Provincias con superávit primario casi nulo y en algunos casos deficitarios, ya que
tienen que hacer frente a incrementos de sus gastos primarios, como los sueldos del personal de la
administración pública, a más de la devolución de los préstamos, de los PFO .
Es así, que ésta autorización a la utilización de
fondos detraídos de la masa coparticipable para hacer frente a una situación contingente, y que hoy
ha sido superada, que corresponde que la Ley 23.548 sea aplicada en su totalidad, volviendo a las
Provincias la disponibilidad de dichos fondos para hacer frente a sus necesidades normales, ya que
son recursos legítimos de las mismas.
Siendo un Acuerdo, y en base a
la opinión de la Corte Suprema en cuanto a que los pactos no pueden ser modificados
unilateralmente, es que mi propuesta solo denuncia la parte del acuerdo referida a ésta
situación y por supuesto ha de ser aprobada por las Provincias que son las otras partes
firmantes
Por todas las consideraciones expuestas, solicito a
mis colegas la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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POGGI, CLAUDIO JAVIER | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL |