PROYECTO DE TP
Expediente 3259-D-2008
Sumario: CREACION DE UNA COMISION NACIONAL INTEGRADA POR UN REPRESENTANTE DEL PODER EJECUTIVO Y DOS REPRESENTANTES DE CADA CAMARA LEGISLATIVA, CUYO OBJETIVO SERA EXPEDIRSE SOBRE LA CONFIGURACION DEFINITIVA DE LEY DE COPARTICIPACION FEDERAL: INFORME, CONSENSO, CONCLUSIONES.
Fecha: 19/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo Primero: Créase una Comisión
Nacional integrada por un representante del Poder Ejecutivo y dos representantes de
cada Cámara Legislativa, cuyo objetivo será expedirse sobre la configuración definitiva de
ley de Coparticipación Federal, a fin de hacer efectiva los objetivos previstos en el art 75
nc 2º Constitución Nacional
Artículo Segundo: Para el cumplimiento
de su misión, la Comisión deberá consultar a expertos técnicos y crear grupos de trabajo
para el estudio Coparticipación Federal. Estos grupos, una vez finalizados los trabajos
que justificaron su creación, elevarán sus informes y propuestas a la Comisión,
haciéndose constar en ellos las opiniones discrepantes cuando así lo soliciten los
interesados.
Artículo Tercero: La Comisión dispondrá
de un plazo de cuatro meses para desarrollar su cometido, el que podrá ser prorrogado
por una sola vez, hasta por dos meses, si resultare necesario para el correcto
cumplimiento de sus tareas. Dentro de dicho plazo, y sobre la base de los antecedentes
que reúna, la Comisión deberá elaborar un informe que será presentado a consulta a la
Comisión Federal de Impuestos
Artículo cuarto: La comisión Federal de
Impuestos deberá expedir un informe en el plazo perentorio de 45 días desde su recepción
Artículo quinto: el informe será puesto a
consideración de la comisión nacional que en un plazo perentorio de 30 días deberá
expedirse sobre las modificaciones propuestas si las hubiere.
Artículo sexto: Consensuado el proyecto la
Comisión Nacional deberá elaborar un informe que será presentado al Presidente de la
Nación, y a cada una de las Cámaras en el que se indicarán las conclusiones a que
arribe.
Artículo séptimo: En un plazo máximo de
30 días se realizará una audiencia pública a fin de poner en conocimiento de la sociedad
en su conjunto el proyecto consensuado.
Artículo octavo: Entregado el informe
mencionado en el artículo sexto, la Comisión Nacional terminará su cometido y quedará
automáticamente disuelta.
Artículo noveno: Dentro del plazo de 60
días de recepcionado, la Cámara de origen deberá expedirse sobre las conclusiones del
informe y convocar para firmar la ley convenio.
Artículo décimo: De forma. Comuníquese
al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En nuestro país desde hace
largo tiempo la evaluación e implementación de las políticas públicas se realizó pensando
en un sector público monolítico y en el rol del "gobierno" para el logro de una asignación
eficiente y equitativa de los recursos de la sociedad, preservando la competitividad y el
equilibrio macroeconómico.
El sistema que rige en la actualidad se basa
en que el grueso de los impuestos es legislado, recaudado y controlado por la Nación.
Desde el punto de vista administrativo este sistema se caracteriza por una fuerte
disociación entre las responsabilidades de gastar y de recaudar, junto con un pobre
diseño de los sistemas de transferencias que constituye un incentivo para la indisciplina
fiscal y que en diversas oportunidades a largo plazo ha conducido al colapso del sistema
fiscal.
El creciente endeudamiento provincial a su
vez produce un aumento de la dependencia de los gobiernos provinciales hacia el Estado
Nacional quien es su principal acreedor. En el año 2006 el 68% de la deuda de los
estados provinciales estaba en manos de la Nación y se prevé para el año 2007 se espera
que el total de deuda trepe a los $87.000 millones. Es importante recordar que el
gobierno central rescató las cuasi-monedas y canjeó deuda bancaria provincial por
bonos.
Desde el punto de vista político representa en
los hechos una ruptura del federalismo al destruir las relaciones internas de las
provincias, cuando gobernadores e intendentes están obligados a establecer una relación
de dependencia económica con el ejecutivo nacional por la necesidad de la asignación de
fondos para sus jurisdicciones. Al mismo tiempo que se debilita la autonomía política de
los gobiernos provinciales.
Hoy se transfiere automáticamente
(coparticipación) a las provincias el 27% de la recaudación nacional, el valor mas bajo de
los últimos cincuenta años. Durante el gobierno del trienio (1973/75) se incrementó la
coparticipación alcanzando durante 1975 el 52,4 por ciento de la recaudación total de
impuestos nacionales. Durante el gobierno del Proceso Militar a partir de 1976, se reduce
esta participación provincial que en 1982 se llega al 32 por ciento. Sobre tal
coparticipación automática la Nación a transfiere fondos adicionales. Esa cantidades
adicionales no están sujetas a normativas que determinen su monto, responden
decisiones discrecionales que debilitan seriamente la autonomía política de los gobiernos
provinciales.
La autonomía fiscal de las provincias
representada por la participación de los ingresos de recaudación propia en el total de sus
ingresos corrientes puede verse en la tabla que sigue. Las jurisdicciones están entre dos
extremos, Formosa que financia casi la totalidad de sus gastos con recursos provenientes
de la Nación, el 95% y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que financia el 81.9% de sus
gastos con recurso propios.
Polybius, considerado el mayor historiador del
mundo antiguo, afirmó que la mejor preparación para la política era el estudio de la
historia, para conocer y así tratar de no repetir errores. Un filósofo moderno, George
Santayana, en el primero de los cinco volúmenes de su obra "La vida de la Razón o Fases
del progreso Humano" siguiendo a Polybius afirma que, "Aquellos que no recuerdan el
pasado, están condenados a repetirlo".
La relación política entre la ciudadanía y el
Estado está basada en un contrato que implica "tanto en la prosperidad como en la
adversidad", pero si bien individualmente existe la posibilidad de ruptura de ese contrato
(yéndose a otro país) no existe posibilidad de "divorcio" para la ciudadanía en su
conjunto. Esto último es lo dramático de ese contrato político, hace que ciertos pecados
no sean tolerados y nadie espera que lo sean. Los pecados relacionados con los impuestos
se encuentran en esta categoría. Es por ello que los impuestos han sido a lo largo de la
historia el origen de guerras y revoluciones.
Como los impuestos son extracciones
forzadas, es importante recordar que su aspecto moral debe aplicarse tanto al Estado
como al contribuyente. Esto ha sido ampliamente ignorado por los gobiernos de todo el
mundo. Un gobierno que carga a sus ciudadanos con impuestos injustos y excesivos
pierde toda justificación moral en cuanto al cumplimiento.
La conformación de nuestro país que desde el
punto de vista organizacional se vio signado por la lucha entre unitarios y federales, en el
centro de las divergencias ha estado siempre una cuestión económica. La disputa por la
apropiación de las rentas fiscales, particularmente las generadas por la aduana de
Buenos Aires, es una de las claves para entender los enfrentamientos entre federales y
unitarios previos a la Organización Nacional de la segunda mitad del siglo XIX. Estas
divergencias han alimentado setenta años de guerras civiles hasta la federalización de
Buenos Aires en 1880. Guerras que como todas eran una disputa por el poder: quien
controlara la recaudación controlaba el país: en esa época, quién controlase la Aduana
controlaba el país. Buenos Aires retuvo la Aduana, a pesar que Constitución Nacional de
1853 la nacionalizó, hasta 1860 cuando se integra a la Confederación.
El triunfo de federal plasmado en la Carta Magna necesitó organizar un régimen nacional
y provincial de impuestos y una forma de distribución de los recursos nacionales entre las
provincias. Esa distribución consistió durante varias décadas esencialmente en el pago
por el Gobierno nacional de servicios prestados en las provincias. Educación, salud,
seguridad, justicia. Esa forma de distribuir recursos se expresó también en obras
públicas de gran importancia, como ferrocarriles, edificios públicos, escuelas, obras
hidráulicas, red de agua potable y cloacas.
En la década del '30 del siglo XX se concreta
una importante reforma fiscal nacional que incluye, entre otros aspectos, la unificación de
los impuestos internos y la creación del impuesto a los réditos (hoy ganancias) que dan
origen a la primera estructura de coparticipación fiscal. Fue sancionado como
"emergencia" y como reacción a la crisis de 1929, al mismo tiempo que el gobierno central
adquiría nuevas facultades que a su vez
generaron necesidades fiscales adicionales a
las rentas del comercio exterior que hasta entonces, eran la principal fuente de
financiamiento del gobierno nacional no bastaban. Se crea además el impuesto a los
combustibles, destinado a construcción y pavimentación de caminos en el interior, lo que
efectivamente se hace.
Se inicia así un proceso de centralización política y económica, que por otra parte tiene su
correlato en la enorme concentración de población en Buenos Aires y el conurbano. En la
década del 1990 se transfirieron, con el argumento de la descentralización, las escuelas,
hospitales y todo tipo de servicios a las provincias. Pero en los hechos terminaron siendo
lo contrario, ya que las provincias debieron asumir el costo, pero el poder central siguió
manteniendo gigantescas estructuras burocráticas y mantuvo el control económico
debilitando aún mas la autonomía política de las provincias. La descentralización fiscal
ha sido asimétrica entre los poderes tributarios -que quedaron concentrados en el
gobierno nacional- y los gastos -que se transfirieron a las provincias- lo que originó un
importante "desbalance vertical" que tuvo que ser cubierto con transferencias
intergubernamentales: en promedio, más del 80% de los gastos provinciales se financian
con fondos recaudados por la Nación. Las provincias financian con recursos propios una
fracción muy pequeña de su gasto público total.
Las medidas políticas y económicas de
"emergencia" adoptadas a partir de 2002, las retenciones a las exportaciones y otros
gravámenes no coparticipables, han llevado a que hoy el Poder Ejecutivo Nacional
disponga de más de 70% de los ingresos nacionales, transformando fácticamente a los
gobernadores en "delegados" del poder nacional y así en los hecho se ha transformado al
país en unitario y centralizado, pero como su organización políticamente es federal resulta
un híbrido ineficiente que periódicamente nos conduce a crisis que están disolviendo la
unidad nacional.
Desde nuestro nacimiento como Estado, nos
hemos caracterizado por la escasa población, tanto cuantitativa como cualitativamente
Hoy el reto de la ocupación territorial sigue teniendo vigencia hoy más que nunca. En la
actualidad el 65% de la población vive en cerca de 7.000 kms. cuadrados o sea un
área de algo menos del doble del tamaño del Gran Buenos Aires. Mientras que cuatro
provincias generan el 75% del Producto Bruto, ocupan 20% de la superficie nacional y el
63% de la población (Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba y
Santa Fé), catorce concentran 30% de población, 45% de superficie y aportan 18% al
Producto Bruto. En la Argentina hay un factor que potencia negativamente de este
proceso que tiene que ver con la tendencia a concentrar nuestra economía en la región
central.
La ocupación de nuestro territorio ha sido y es
actualmente uno de nuestros mayores desafíos para cimentar un punto de partida para el
nuevo siglo que comienza. Expresaba Alberdi en este sentido: "gobernar es poblar" " y "el
"secreto de poblar reside en el arte de distribuir la población en el país." Pero esta forma
de manejar los ingresos fiscales ha contribuido y lo sigue haciendo a construir un país
macro-céfalo que continúa despoblando el interior.
Venimos desde hace 50 años desarrollando un
proceso cíclico en que en forma continua hemos perdido capacidad de tomas de
decisiones independientes, lentamente pero sin solución de continuidad creamos las
condiciones de dependencia económica, política y se destruyó el tejido social. Hemos
estado reaccionando ante cada crisis pero sin proponernos superarla aprovechando las
oportunidades que cada una de ellas nos brindaba.
Dos posiciones extremas parecen haber
dominado en este tiempo: una aquí no pasa nada grave y los pequeños problemas los
solucionará el tiempo y hay que esperar a que se produzca la gran crisis para poder
cambiar el rumbo de la Argentina.
Ni el tiempo ha solucionado los problemas ni
las crisis han contribuido a un cambio de rumbo. Mas bien repetimos y aumentado la
forma de actuar y decidir improvisada, voluntarista que nos ha conducido al estado
actual.
Todos los impuestos requieren del consenso,
utilizando el mecanismo institucional, respetando la Constitución Nacional, debemos lo
antes posible implementar un régimen tributario de profunda concepción federal
recordando que la ética de la política fiscal de una sociedad debe basarse, a partir de dos
principios rectores: En primer lugar, el primer deber de todo gobierno es desarrollar un
sistema fiscal justo y recto: justo en la manera en que se recaudan y administran los
impuestos, y recto en la manera en que los ingresos
fiscales son administrados y gastados. En
segundo lugar, constituye el deber de cada persona pagar una porción justa de los gastos
de mantener un gobierno que lo sirve y protege. Este segundo principio no puede operar
si el gobierno no cumple con su parte del contrato político.
Hoy el país se encuentra convulsionado, es
imperativo el rediseño de una nueva ley de coparticipación federal que deberá impulsar
un circulo virtuoso en el que la política tenga en mira la eficiencia y la transparencia y los
administradores sean prolijos y eficientes para que los agricultores, industriales,
comerciantes, en suma, inversores sean atraídos por pueblos bien administrados,
seguros, limpios, con buenos servicios; que induzca a los intendentes competir entre sí
para atraerlos; alienten las migraciones internas de gente capaz y emprendedora para que
resida en sus pueblos y ciudades fortaleciéndolos; que induzcan a los ciudadanos con
vocación de servicio a participar en la gestión de la cosa pública generando una clase
dirigente nueva y sana.
Hasta ahora los diferentes gobiernos vienen
postergando el cumplimiento del Articulo 75 de la Constitución Nacional que estable
como atribución del Congreso Imponer una ley convenio, sobre la base de acuerdos entre
la Nación y las provincias, que instituya regímenes de coparticipación de estas
contribuciones, garantizando la automaticidad en la remisión de los fondos, al mismo
tiempo que obliga esa coparticipación sea equitativa, solidaria y dará prioridad al
logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de
oportunidades en todo el territorio nacional.
No debemos postergar más el cumplimiento
del mandato constitucional, esa es nuestra responsabilidad política.
El presente proyecto propugna constituir una
comisión nacional con participación de un integrante del Ministerio de economía y 4
legisladores, 2 representantes de cada cámara para que se estudie la implementación de
una ley definitiva, buscando el equilibrio entre una desintegración total del régimen de
Coparticipación Federal que puede sonar muy agradable y muy federal, pero se debe
evitar la desintegración autónoma, recordemos que el costo de una identidad nacional
está en el saber formar el consenso entre todas las partes y no terminar en encierros
particularistas.
Consensuado un proyecto se remitirá una
copia en consulta a la comisión Federal de Impuestos (Ley 23.548 y 25.049), para que
emita su opinión al respecto en el término de 45 días a partir de su recepción, el informe
será puesto a consideración de la Comisión Nacional que en un plazo perentorio de 30
días deberá expedirse sobre las modificaciones propuestas si las hubiere.
Se realizará una audiencia pública a fin de
poner en conocimiento de la sociedad en su conjunto el proyecto consensuado. Cumplido
todos estos trámites la Cámara de origen estará en condiciones de llevar adelante esta ley
convenio para su aprobación.
Por todo lo expuesto, solicito al Cuerpo
acompañe el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DEL CAMPILLO, HECTOR EDUARDO | CORDOBA | UCR |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
VARISCO, SERGIO FAUSTO | ENTRE RIOS | UCR |
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN | CORDOBA | UCR |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
KENNY, EDUARDO ENRIQUE FEDERICO | LA PAMPA | UCR |
LEMOS, SILVIA BEATRIZ | MENDOZA | UCR |
VEGA, JUAN CARLOS | CORDOBA | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
GARCIA HAMILTON, JOSE IGNACIO | TUCUMAN | UCR |
URLICH, CARLOS | CHACO | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
BAYONZO, LILIANA AMELIA | CHACO | UCR |
CUSINATO, GUSTAVO | ENTRE RIOS | UCR |
STORNI, SILVIA | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA STORNI (A SUS ANTECEDENTES) | 20/08/2008 |