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PROYECTO DE TP


Expediente 3259-D-2008
Sumario: CREACION DE UNA COMISION NACIONAL INTEGRADA POR UN REPRESENTANTE DEL PODER EJECUTIVO Y DOS REPRESENTANTES DE CADA CAMARA LEGISLATIVA, CUYO OBJETIVO SERA EXPEDIRSE SOBRE LA CONFIGURACION DEFINITIVA DE LEY DE COPARTICIPACION FEDERAL: INFORME, CONSENSO, CONCLUSIONES.
Fecha: 19/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo Primero: Créase una Comisión Nacional integrada por un representante del Poder Ejecutivo y dos representantes de cada Cámara Legislativa, cuyo objetivo será expedirse sobre la configuración definitiva de ley de Coparticipación Federal, a fin de hacer efectiva los objetivos previstos en el art 75 nc 2º Constitución Nacional
Artículo Segundo: Para el cumplimiento de su misión, la Comisión deberá consultar a expertos técnicos y crear grupos de trabajo para el estudio Coparticipación Federal. Estos grupos, una vez finalizados los trabajos que justificaron su creación, elevarán sus informes y propuestas a la Comisión, haciéndose constar en ellos las opiniones discrepantes cuando así lo soliciten los interesados.
Artículo Tercero: La Comisión dispondrá de un plazo de cuatro meses para desarrollar su cometido, el que podrá ser prorrogado por una sola vez, hasta por dos meses, si resultare necesario para el correcto cumplimiento de sus tareas. Dentro de dicho plazo, y sobre la base de los antecedentes que reúna, la Comisión deberá elaborar un informe que será presentado a consulta a la Comisión Federal de Impuestos
Artículo cuarto: La comisión Federal de Impuestos deberá expedir un informe en el plazo perentorio de 45 días desde su recepción
Artículo quinto: el informe será puesto a consideración de la comisión nacional que en un plazo perentorio de 30 días deberá expedirse sobre las modificaciones propuestas si las hubiere.
Artículo sexto: Consensuado el proyecto la Comisión Nacional deberá elaborar un informe que será presentado al Presidente de la Nación, y a cada una de las Cámaras en el que se indicarán las conclusiones a que arribe.
Artículo séptimo: En un plazo máximo de 30 días se realizará una audiencia pública a fin de poner en conocimiento de la sociedad en su conjunto el proyecto consensuado.
Artículo octavo: Entregado el informe mencionado en el artículo sexto, la Comisión Nacional terminará su cometido y quedará automáticamente disuelta.
Artículo noveno: Dentro del plazo de 60 días de recepcionado, la Cámara de origen deberá expedirse sobre las conclusiones del informe y convocar para firmar la ley convenio.
Artículo décimo: De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En nuestro país desde hace largo tiempo la evaluación e implementación de las políticas públicas se realizó pensando en un sector público monolítico y en el rol del "gobierno" para el logro de una asignación eficiente y equitativa de los recursos de la sociedad, preservando la competitividad y el equilibrio macroeconómico.
El sistema que rige en la actualidad se basa en que el grueso de los impuestos es legislado, recaudado y controlado por la Nación. Desde el punto de vista administrativo este sistema se caracteriza por una fuerte disociación entre las responsabilidades de gastar y de recaudar, junto con un pobre diseño de los sistemas de transferencias que constituye un incentivo para la indisciplina fiscal y que en diversas oportunidades a largo plazo ha conducido al colapso del sistema fiscal.
Tabla descriptiva
El creciente endeudamiento provincial a su vez produce un aumento de la dependencia de los gobiernos provinciales hacia el Estado Nacional quien es su principal acreedor. En el año 2006 el 68% de la deuda de los estados provinciales estaba en manos de la Nación y se prevé para el año 2007 se espera que el total de deuda trepe a los $87.000 millones. Es importante recordar que el gobierno central rescató las cuasi-monedas y canjeó deuda bancaria provincial por bonos.
Tabla descriptiva
Desde el punto de vista político representa en los hechos una ruptura del federalismo al destruir las relaciones internas de las provincias, cuando gobernadores e intendentes están obligados a establecer una relación de dependencia económica con el ejecutivo nacional por la necesidad de la asignación de fondos para sus jurisdicciones. Al mismo tiempo que se debilita la autonomía política de los gobiernos provinciales.
Hoy se transfiere automáticamente (coparticipación) a las provincias el 27% de la recaudación nacional, el valor mas bajo de los últimos cincuenta años. Durante el gobierno del trienio (1973/75) se incrementó la coparticipación alcanzando durante 1975 el 52,4 por ciento de la recaudación total de impuestos nacionales. Durante el gobierno del Proceso Militar a partir de 1976, se reduce esta participación provincial que en 1982 se llega al 32 por ciento. Sobre tal coparticipación automática la Nación a transfiere fondos adicionales. Esa cantidades adicionales no están sujetas a normativas que determinen su monto, responden decisiones discrecionales que debilitan seriamente la autonomía política de los gobiernos provinciales.
La autonomía fiscal de las provincias representada por la participación de los ingresos de recaudación propia en el total de sus ingresos corrientes puede verse en la tabla que sigue. Las jurisdicciones están entre dos extremos, Formosa que financia casi la totalidad de sus gastos con recursos provenientes de la Nación, el 95% y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que financia el 81.9% de sus gastos con recurso propios.
Tabla descriptiva Tabla descriptiva
Polybius, considerado el mayor historiador del mundo antiguo, afirmó que la mejor preparación para la política era el estudio de la historia, para conocer y así tratar de no repetir errores. Un filósofo moderno, George Santayana, en el primero de los cinco volúmenes de su obra "La vida de la Razón o Fases del progreso Humano" siguiendo a Polybius afirma que, "Aquellos que no recuerdan el pasado, están condenados a repetirlo".
La relación política entre la ciudadanía y el Estado está basada en un contrato que implica "tanto en la prosperidad como en la adversidad", pero si bien individualmente existe la posibilidad de ruptura de ese contrato (yéndose a otro país) no existe posibilidad de "divorcio" para la ciudadanía en su conjunto. Esto último es lo dramático de ese contrato político, hace que ciertos pecados no sean tolerados y nadie espera que lo sean. Los pecados relacionados con los impuestos se encuentran en esta categoría. Es por ello que los impuestos han sido a lo largo de la historia el origen de guerras y revoluciones.
Como los impuestos son extracciones forzadas, es importante recordar que su aspecto moral debe aplicarse tanto al Estado como al contribuyente. Esto ha sido ampliamente ignorado por los gobiernos de todo el mundo. Un gobierno que carga a sus ciudadanos con impuestos injustos y excesivos pierde toda justificación moral en cuanto al cumplimiento.
La conformación de nuestro país que desde el punto de vista organizacional se vio signado por la lucha entre unitarios y federales, en el centro de las divergencias ha estado siempre una cuestión económica. La disputa por la apropiación de las rentas fiscales, particularmente las generadas por la aduana de Buenos Aires, es una de las claves para entender los enfrentamientos entre federales y unitarios previos a la Organización Nacional de la segunda mitad del siglo XIX. Estas divergencias han alimentado setenta años de guerras civiles hasta la federalización de Buenos Aires en 1880. Guerras que como todas eran una disputa por el poder: quien controlara la recaudación controlaba el país: en esa época, quién controlase la Aduana controlaba el país. Buenos Aires retuvo la Aduana, a pesar que Constitución Nacional de 1853 la nacionalizó, hasta 1860 cuando se integra a la Confederación.
El triunfo de federal plasmado en la Carta Magna necesitó organizar un régimen nacional y provincial de impuestos y una forma de distribución de los recursos nacionales entre las provincias. Esa distribución consistió durante varias décadas esencialmente en el pago por el Gobierno nacional de servicios prestados en las provincias. Educación, salud, seguridad, justicia. Esa forma de distribuir recursos se expresó también en obras públicas de gran importancia, como ferrocarriles, edificios públicos, escuelas, obras hidráulicas, red de agua potable y cloacas.
En la década del '30 del siglo XX se concreta una importante reforma fiscal nacional que incluye, entre otros aspectos, la unificación de los impuestos internos y la creación del impuesto a los réditos (hoy ganancias) que dan origen a la primera estructura de coparticipación fiscal. Fue sancionado como "emergencia" y como reacción a la crisis de 1929, al mismo tiempo que el gobierno central adquiría nuevas facultades que a su vez
generaron necesidades fiscales adicionales a las rentas del comercio exterior que hasta entonces, eran la principal fuente de financiamiento del gobierno nacional no bastaban. Se crea además el impuesto a los combustibles, destinado a construcción y pavimentación de caminos en el interior, lo que efectivamente se hace.
Se inicia así un proceso de centralización política y económica, que por otra parte tiene su correlato en la enorme concentración de población en Buenos Aires y el conurbano. En la década del 1990 se transfirieron, con el argumento de la descentralización, las escuelas, hospitales y todo tipo de servicios a las provincias. Pero en los hechos terminaron siendo lo contrario, ya que las provincias debieron asumir el costo, pero el poder central siguió manteniendo gigantescas estructuras burocráticas y mantuvo el control económico debilitando aún mas la autonomía política de las provincias. La descentralización fiscal ha sido asimétrica entre los poderes tributarios -que quedaron concentrados en el gobierno nacional- y los gastos -que se transfirieron a las provincias- lo que originó un importante "desbalance vertical" que tuvo que ser cubierto con transferencias intergubernamentales: en promedio, más del 80% de los gastos provinciales se financian con fondos recaudados por la Nación. Las provincias financian con recursos propios una fracción muy pequeña de su gasto público total.
Las medidas políticas y económicas de "emergencia" adoptadas a partir de 2002, las retenciones a las exportaciones y otros gravámenes no coparticipables, han llevado a que hoy el Poder Ejecutivo Nacional disponga de más de 70% de los ingresos nacionales, transformando fácticamente a los gobernadores en "delegados" del poder nacional y así en los hecho se ha transformado al país en unitario y centralizado, pero como su organización políticamente es federal resulta un híbrido ineficiente que periódicamente nos conduce a crisis que están disolviendo la unidad nacional.
Desde nuestro nacimiento como Estado, nos hemos caracterizado por la escasa población, tanto cuantitativa como cualitativamente Hoy el reto de la ocupación territorial sigue teniendo vigencia hoy más que nunca. En la actualidad el 65% de la población vive en cerca de 7.000 kms. cuadrados o sea un área de algo menos del doble del tamaño del Gran Buenos Aires. Mientras que cuatro provincias generan el 75% del Producto Bruto, ocupan 20% de la superficie nacional y el 63% de la población (Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fé), catorce concentran 30% de población, 45% de superficie y aportan 18% al Producto Bruto. En la Argentina hay un factor que potencia negativamente de este proceso que tiene que ver con la tendencia a concentrar nuestra economía en la región central.
La ocupación de nuestro territorio ha sido y es actualmente uno de nuestros mayores desafíos para cimentar un punto de partida para el nuevo siglo que comienza. Expresaba Alberdi en este sentido: "gobernar es poblar" " y "el "secreto de poblar reside en el arte de distribuir la población en el país." Pero esta forma de manejar los ingresos fiscales ha contribuido y lo sigue haciendo a construir un país macro-céfalo que continúa despoblando el interior.
Venimos desde hace 50 años desarrollando un proceso cíclico en que en forma continua hemos perdido capacidad de tomas de decisiones independientes, lentamente pero sin solución de continuidad creamos las condiciones de dependencia económica, política y se destruyó el tejido social. Hemos estado reaccionando ante cada crisis pero sin proponernos superarla aprovechando las oportunidades que cada una de ellas nos brindaba.
Dos posiciones extremas parecen haber dominado en este tiempo: una aquí no pasa nada grave y los pequeños problemas los solucionará el tiempo y hay que esperar a que se produzca la gran crisis para poder cambiar el rumbo de la Argentina.
Ni el tiempo ha solucionado los problemas ni las crisis han contribuido a un cambio de rumbo. Mas bien repetimos y aumentado la forma de actuar y decidir improvisada, voluntarista que nos ha conducido al estado actual.
Todos los impuestos requieren del consenso, utilizando el mecanismo institucional, respetando la Constitución Nacional, debemos lo antes posible implementar un régimen tributario de profunda concepción federal recordando que la ética de la política fiscal de una sociedad debe basarse, a partir de dos principios rectores: En primer lugar, el primer deber de todo gobierno es desarrollar un sistema fiscal justo y recto: justo en la manera en que se recaudan y administran los impuestos, y recto en la manera en que los ingresos
fiscales son administrados y gastados. En segundo lugar, constituye el deber de cada persona pagar una porción justa de los gastos de mantener un gobierno que lo sirve y protege. Este segundo principio no puede operar si el gobierno no cumple con su parte del contrato político.
Hoy el país se encuentra convulsionado, es imperativo el rediseño de una nueva ley de coparticipación federal que deberá impulsar un circulo virtuoso en el que la política tenga en mira la eficiencia y la transparencia y los administradores sean prolijos y eficientes para que los agricultores, industriales, comerciantes, en suma, inversores sean atraídos por pueblos bien administrados, seguros, limpios, con buenos servicios; que induzca a los intendentes competir entre sí para atraerlos; alienten las migraciones internas de gente capaz y emprendedora para que resida en sus pueblos y ciudades fortaleciéndolos; que induzcan a los ciudadanos con vocación de servicio a participar en la gestión de la cosa pública generando una clase dirigente nueva y sana.
Hasta ahora los diferentes gobiernos vienen postergando el cumplimiento del Articulo 75 de la Constitución Nacional que estable como atribución del Congreso Imponer una ley convenio, sobre la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, que instituya regímenes de coparticipación de estas contribuciones, garantizando la automaticidad en la remisión de los fondos, al mismo tiempo que obliga esa coparticipación sea equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.
No debemos postergar más el cumplimiento del mandato constitucional, esa es nuestra responsabilidad política.
El presente proyecto propugna constituir una comisión nacional con participación de un integrante del Ministerio de economía y 4 legisladores, 2 representantes de cada cámara para que se estudie la implementación de una ley definitiva, buscando el equilibrio entre una desintegración total del régimen de Coparticipación Federal que puede sonar muy agradable y muy federal, pero se debe evitar la desintegración autónoma, recordemos que el costo de una identidad nacional está en el saber formar el consenso entre todas las partes y no terminar en encierros particularistas.
Consensuado un proyecto se remitirá una copia en consulta a la comisión Federal de Impuestos (Ley 23.548 y 25.049), para que emita su opinión al respecto en el término de 45 días a partir de su recepción, el informe será puesto a consideración de la Comisión Nacional que en un plazo perentorio de 30 días deberá expedirse sobre las modificaciones propuestas si las hubiere.
Se realizará una audiencia pública a fin de poner en conocimiento de la sociedad en su conjunto el proyecto consensuado. Cumplido todos estos trámites la Cámara de origen estará en condiciones de llevar adelante esta ley convenio para su aprobación.
Por todo lo expuesto, solicito al Cuerpo acompañe el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DEL CAMPILLO, HECTOR EDUARDO CORDOBA UCR
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
VARISCO, SERGIO FAUSTO ENTRE RIOS UCR
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN CORDOBA UCR
MORINI, PEDRO JUAN SANTA FE UCR
AGUAD, OSCAR RAUL CORDOBA UCR
KENNY, EDUARDO ENRIQUE FEDERICO LA PAMPA UCR
LEMOS, SILVIA BEATRIZ MENDOZA UCR
VEGA, JUAN CARLOS CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO LA PAMPA UCR
GARCIA HAMILTON, JOSE IGNACIO TUCUMAN UCR
URLICH, CARLOS CHACO UCR
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO CORRIENTES UCR
BAYONZO, LILIANA AMELIA CHACO UCR
CUSINATO, GUSTAVO ENTRE RIOS UCR
STORNI, SILVIA CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA STORNI (A SUS ANTECEDENTES) 20/08/2008