PROYECTO DE TP
Expediente 3257-D-2011
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LAS DECLARACIONES DEL PRIMER MINISTRO INGLES, DAVID CAMERON, DONDE REFIRIO QUE LA SOBERANIA DE LAS ISLAS MALVINAS NO SE NEGOCIA.
Fecha: 21/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 73
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su rechazo a las declaraciones del
Primer Ministro inglés, David Cameron, sobre la soberanía de las islas Malvinas,
realizadas en la Cámara de los Comunes el día 15 de junio de 2011 y reafirma
los legítimos derechos de soberanía de la Argentina sobre las islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, que
forman parte integrante de nuestro territorio nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Primer Ministro británico, David
Cameron, declaró el pasado 15 de junio que la soberanía de las islas Malvinas
no es negociable.
Sus dichos se produjeron durante
la sesión semanal de preguntas al primer ministro en la Cámara de los
Comunes, en el marco del 29º aniversario del fin de la guerra entre la
Argentina y el Reino Unido por la soberanía del archipiélago austral.
"Mientras las islas Malvinas
quieran ser territorio soberano británico deben seguir siendo territorio soberano
británico. Punto. Final de la historia" ("As long as the Falkland Islands want to
be sovereign British territory, they should remain sovereign British territory - full
stop, end of story.", afirmó Cameron ante la pregunta del diputado del partido
conservador, Andrew Rosindell, quien le pidió que la próxima vez que se
reuniera con el presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, le recordara
que el gobierno británico nunca aceptaría negociaciones sobre el archipiélago
cuya soberanía reclama Argentina.
"La Argentina deplora que
mediante dichas declaraciones, el Gobierno del Reino Unido, en un lamentable
acto de arrogancia, se adjudica la autoridad de poner 'fin a la historia' referida a
una disputa de soberanía, reconocida por las Naciones Unidas y aún pendiente
de solución", replicó el gobierno nacional a través de un comunicado de la
Cancillería argentina.
Las islas Malvinas fueron ocupadas
ilegítimamente en el año 1833 cuando las fuerzas británicas expulsaron a la
población y a las autoridades argentinas allí establecidas. En pleno siglo XXI
aún persiste esta situación colonial anacrónica ante la negativa del Reino Unido
de sentarse en la mesa de negociaciones tal como exige Naciones Unidas a
través de la Resolución 2065 (XX) de 1965 que reconoce la disputa de
soberanía referida a la "Cuestión de las Islas Malvinas" e insta a los gobiernos
de la República Argentina y del Reino Unido a que reanuden las negociaciones a
fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la
disputa".
Por el contrario, desde el
advenimiento de la democracia, la Argentina ha optado por reclamar por la vía
pacífica, respetando la normativa internacional y ajustándose a lo que manda
nuestra Constitución Nacional en la disposición transitoria primera: "La Nación
Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e
insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La
recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía,
respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del
derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del
pueblo argentino."
Asimismo, cabe señalar que el
reclamo argentino cuenta con el apoyo unánime de todos los Jefes y Jefas de
Estado de América Latina y el Caribe, de la UNASUR y del MERCOSUR, así como
también de otros foros regionales e internacionales.
Nuevamente reafirmamos los
legítimos derechos de soberanía de la Argentina sobre las islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, que
forman parte integrante de nuestro territorio nacional.
Por dichas razones solicito de mis
pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GODOY, RUPERTO EDUARDO | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
17/08/2011 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2420/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3235-D-2011, 3236-D-2011, 3225-D-2011, 3227-D-2011, 3252-D-2011, 3245-D-2011, 3257-D-2011, 3330-D-2011, 3372-D-2011, 3409-D-2011, 3400-D-2011, 3415-D-2011, 3431-D-2011 y 3727-D-2011 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 25/2011 | 01/09/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 15/09/2011 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3235-D-2011, 3236-D-2011, 3225-D-2011, 3227-D-2011, 3252-D-2011, 3245-D-2011, 3257-D-2011, 3330-D-2011, 3372-D-2011, 3409-D-2011, 3400-D-2011, 3415-D-2011, 3431-D-2011 y 3727-D-2011 | APROBADO |