PROYECTO DE TP
Expediente 3251-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REALIZAR CAMPAÑAS DE INFORMACION A FIN DE CREAR CONCIENCIA EN LA POBLACION CON RESPECTO A LOS EFECTOS NOCIVOS QUE PODRIA TENER EL USO DEL TELEFONO CELULAR.
Fecha: 27/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través de los organismos que correspondan, lleve a cabo
campañas que hagan a la toma de conciencia por parte de toda la población,
respecto del potencial impacto negativo que podría tener en la salud de la
población el uso inadecuado del teléfono celular en los grupos más
vulnerables, como son los niños, las embarazadas y las personas mayores.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El objetivo del presente proyecto
es solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos que
correspondan, intervenga en el tema de manera precautoria y, para ello, realice
campañas de información con el fin de crear conciencia en la población
respecto de los potenciales efectos adversos que podría tener el uso
inapropiado del teléfono celular sobre la salud de la población, especialmente
en los grupos más vulnerables.
Se debe tener en cuenta que aún
cuando subsisten dudas sobre los riesgos que el teléfono celular puede entrañar
para la salud, en particular la de niños, adolescentes y jóvenes cuyo cerebro
aún está en desarrollo, la inmensa mayoría de ellos lo utiliza por haberse
convertido en un objeto funcional y de moda.
Si bien con los aportes científicos
con los que contamos en la actualidad no podemos establecer una relación de
causalidad entre la exposición a los campos electromagnéticos y las
enfermedades que se podrían desencadenar; han quedado demostrado efectos
subtérmicos o biológicos y sí podemos afirmar que no son inocuos.
Es por ello que los organismos
internacionales y la comunidad científica recomiendan asegurar que "las
exposiciones sean tan bajas como sea posible hasta tanto los estudios que se
realicen lleguen a conclusiones definitivas respecto a los efectos sobre la salud"
(principio ALARA - As low as reasonable achievable).
Asimismo, debido a la creciente
preocupación en la población acerca de los efectos de la exposición continuada
a campos electromagnéticos, el Ministerio de Salud de la Nación por Resolución
674/2009 creó la COMISION INTERSECTORIAL PARA EL ESTUDIO DE LAS
RADIACIONES NO IONIZANTES (CIPERNI), a fin de contar con el debido
asesoramiento sobre los efectos que sobre la salud pública pudiera tener la
exposición crónica de la población a los Campos Electromagnéticos (CEM), y
sobre las estrategias más adecuadas para el abordaje de esta temática.
La Comisión de referencia
(CIPERNI), deberá emitir un informe de la situación nacional e internacional
referido a la temática que nos ocupa.
El fenómeno y la preocupación no
se limitan a nuestro país ya que, como es de público conocimiento,
recientemente la OMS y la IARC, tras la reunión de científicos llevada a cabo
entre el 24 de mayo y el 01 de junio de 2011, difundieron el informe que reza
lo siguiente:
"LYON, Francia.- La Organización
Mundial de la Salud (OMS) y la Agencia Internacional de Investigación del
Cáncer (IARC) vincularon hoy el uso de teléfonos celulares con un "posible"
riesgo de cáncer cerebral en seres humanos.
Ambas organizaciones
anunciaron en Lyon que los campos electromagnéticos generados por las radiofrecuencias
de ese tipo de dispositivos se consideran "posiblemente carcinogénicos para los humanos"
y se clasifican, por ello, en la categoría "2B". La OMS y la IARC basaron su decisión de
esa clasificación en las evidencias obtenidas sobre el impacto de esos campos
electromagnéticos en el origen de gliomas, un tipo maligno de cáncer cerebral.
Aunque no cuantificó el riesgo,
el grupo de trabajo OMS-IARC se refirió a que un estudio, con datos hasta 2004, detectó
un incremento del 40 % en el riesgo de gliomas entre los usuarios más frecuentes de
celulares, es decir, los que los empleaban de media treinta minutos al día en un período de
diez años. No obstante, matizó que las evidencias del riesgo de glioma y de neuroma
acústico son "limitadas" para los usuarios de celulares, lo que significa que hay una
"asociación positiva" creíble entre la exposición al agente y el cáncer, pero que no se
pueden excluir otros factores en el desarrollo de éste."
Es de resaltar que la OMS se ha
expedido al respecto, ya en reiteradas oportunidades, sólo que en esta ocasión
el informe tomó estado público.
El informe publicado forma parte
del estudio internacional "INTERPHONE". Este es el nombre dado a una serie
de estudios de los que participan científicos de Australia, Canadá, Dinamarca,
Finlandia, Francia, Alemania, Israel, Italia, Japón, Nueva Zelanda; Noruega,
Suecia y el Reino Unido, que tiene por objeto el control de casos para evaluar si
la exposición a la RF de los teléfonos móviles está asociada con los riesgos del
cáncer.
El estudio es coordinado por IARC
(Internacional Agency For Research of Cancer), comprendiendo los tipos de
cáncer neuroma auditivo, el glioma, meningioma y los tumores de la glándula
parótida.
El director de la IARC Dr.
Christopher Wild afirmó que: "en base a las observaciones realizadas en los
grupos de mayor exposición del Proyecto INTERPHONE y el creciente uso de los
celulares, en particular por los jóvenes, se amerita una investigación
adicional del riesgo de cáncer de cerebro en los usuarios de los celulares,
incluyendo en estos nuevos estudios a los niños que no fueron incluidos en el
estudio INTERPHONE".
En este mismo contexto, la
coordinadora del estudio INTERPHONE por la OMS, Elizabeth Cardis, ha llamado
a la prudencia y sobre la base de los conocimientos actuales "recomienda
para los niños un uso razonable del teléfono móvil y un uso
preferencial del teléfono fijo". La misma recomendación fue realizada por
uno de los principales investigadores del proyecto, el epidemiólogo australiano
Prof. Dr. Bruce Armstrong ("The Interphone Study: design, epidemiological
methods and description of the study population", Cardis E., Richardson L.,
Amrstrong B, and 44 others, 2007).
El Parlamento Europeo presta
desde hace años atención al tema, habiendo realizado varias recomendaciones.
Específicamente le dio especial énfasis en la Resolución del 2 de abril de 2009,
"sobre las consideraciones sanitarias relacionadas con los campos
electromagnéticos (2008/2211(INI))". Entre los párrafos más destacados
señalamos los siguientes:
"15. Subraya, en
este contexto, la llamada a la prudencia lanzada por la coordinadora del estudio
INTERPHONE, Elizabeth Cardis, que, sobre la base de los conocimientos
actuales, recomienda para los niños un uso razonable del teléfono móvil y un
uso preferente del teléfono fijo; (*)
(*) Lo subrayado en este ítem y
en los siguientes es de nuestra autoría.
"17. Sugiere
asimismo a la Comisión, en aras de la eficacia política y presupuestaria, que se
reoriente en parte la financiación comunitaria de estudios sobre los CEM hacia
una campaña general de sensibilización de los jóvenes europeos en materia de
buenas prácticas en el uso del teléfono móvil como, por ejemplo, usar
dispositivos de manos libres, realizar llamadas cortas, apagar los teléfonos
cuando no se utilicen (por ejemplo, durante las clases) y usar el teléfono móvil
en zonas con buena cobertura;
"18. Estima que
estas campañas de sensibilización también deben familiarizar a los jóvenes
europeos con los riesgos para la salud asociados con los aparatos domésticos y
la importancia de apagarlos en vez de dejarlos en modo de espera;
"19. Pide a la
Comisión y a los Estados miembros que incrementen los fondos de
investigación y desarrollo (I+D) para evaluar los posibles efectos negativos a
largo plazo de las radiofrecuencias de la telefonía móvil; pide asimismo que
aumenten las convocatorias públicas para investigar los efectos nocivos de la
multiexposición a diferentes fuentes de CEM, en particular cuando atañe a la
población infantil;
"23. Denuncia
determinadas campañas de comercialización de algunos operadores de
telefonía particularmente agresivas con ocasión de las celebraciones navideñas
y otras fechas señaladas, como la venta de teléfonos móviles destinados
exclusivamente a los niños o las ofertas de "minutos libres" dirigidas a los
adolescentes;
"25. Reclama, en
un deseo permanente de mejora de la información de los consumidores, que se
modifiquen las normas técnicas del Comité Europeo de Normalización
Electrotécnica a fin de imponer un requisito de etiquetado relativo a la potencia
de las emisiones y en el que se indique, en el caso de los dispositivos
inalámbricos, que emiten microondas;
Nuestra Constitución Nacional
garantiza el derecho a la salud desde que en el Art 75, 22., brinda jerarquía
constitucional al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales (PIDESC) que en su Artículo 12 define el derecho a la salud como "el
derecho que toda persona tiene al disfrute del más alto nivel posible de salud
física y mental".
El Estado Argentino tiene la
obligación de adoptar medidas de prevención y tratamiento de las
enfermedades y la lucha contra ellas; como así también de crear las
condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en
caso de enfermedades.
El Estado Argentino debe
garantizar pues un número suficiente de establecimientos, bienes, programas y
servicios públicos de salud; como así también que éstos cuenten con
condiciones adecuadas (personal médico y profesional capacitado y
medicamentos esenciales) y que todos los ciudadanos sin discriminación de
naturaleza alguna accedan sin impedimentos a tales.
Por otra parte, en el Art 42 de la
Constitución Nacional queda expresamente establecido que "Los consumidores
y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la
protección de su salud",........ "a una información adecuada y
veraz"......Asimismo que "Las autoridades proveerán a la protección de esos
derechos, a la educación para el consumo" .
Contestes con el hecho
trascendental que la salud es un derecho esencial que permite a los ciudadanos
y a las comunidades alcanzar mejor calidad de vida, condición que podría verse
afectada como consecuencia del uso inapropiado de la telefonía celular, y no
pudiendo soslayar que desde unos diez años atrás su uso crece de manera
vertiginosa; apreciamos indispensable proporcionar a la ciudadanía en general,
en formato simple y didáctico, información acerca los potenciales efectos
negativos que podría acarrear sobre la salud de la población el uso
indiscriminado del teléfono celular.
Por todo lo expuesto, apreciamos
altamente conveniente la realización de campañas masivas a través de medios
de comunicación audiovisual, con miras a hacer tomar conciencia a la población
sobre el uso adecuado de la telefonía. Las pautas - como ejemplo - podrían
ser:
- Hacer uso del teléfono
fijo toda vez que éste pueda suplir al celular.
- Mantener
conversaciones cortas.
- Utilizar preferentemente
mensajería de textos.
- Utilizar manos libres cuando sea
necesario hablar.
- Usar el teléfono celular sólo en
zonas donde haya buena cobertura (no en sótanos, ascensores, automotores
en ocasión de viaje, entre otros).
- Apagar el teléfono cuando no se
lo utiliza (particularmente de noche, en reuniones, horas de clase)
- Apagar el teléfono en ocasión de
viaje, especialmente en lugares donde no se reciba señal o esta sea baja.
En tal sentido, y teniendo como
sustento la premisa que en lo atinente a salud "prevenir es curar", se vería con
agrado que el Poder Ejecutivo Nacional:
Difunda a través de los Medios de Comunicación a su
disposición, entre otros Canal 7, Canal Encuentro, Paka Paka, radioemisoras
bajo su órbita, etc., mensajes con las alertas adecuadas.
Desarrolle programas tendientes a la educación al respecto
de la Población en general y niños y adolescentes, en particular
Desarrolle señalizaciones a colocar en establecimientos
escolares, hospitalarios, estaciones aeroportuarias, terminales y otros centros
de convocatoria masiva, con las alertas del caso.
Adopte resoluciones por las que se inste a las compañías
telefónicas a mantener de manera adecuada los teléfonos públicos, como
asimismo tendientes a reponer aquellos que ha levantado.
La campaña requerida,
adecuadamente llevada a cabo, con seguridad coadyuvará a reducir todo
potencial impacto adverso que sobre la salud de la población podría acarrear el
uso indiscriminado del teléfono celular, especialmente en niños y
adolescentes.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares que me acompañen en la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUZMAN, OLGA ELIZABETH | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
BRILLO, JOSE RICARDO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
01/11/2011 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2810/2011 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 35/2011 | 16/11/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 01/12/2011 | APROBADO | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA |