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PROYECTO DE TP


Expediente 3244-D-2011
Sumario: FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLITICOS - LEY 26215: MODIFICACIONES, SOBRE MODULO ELECTORAL.
Fecha: 17/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


1. Modificación a la ley de financiamiento de los partidos políticos (Ley 26.215)
Artículo 1º: De acuerdo a lo establecido en el artículo 68 bis de la ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, fijase en la suma de $3,30 (tres pesos con treinta centavos) el módulo electoral que regirá para las elecciones que tendrán lugar en el año 2011.
Artículo 2º: Incorpórese al artículo 45 de la ley 26.215 el siguiente párrafo:
"En caso de elecciones a cargos legislativos nacionales, los gastos destinados a la campaña electoral que realice el orden nacional de un partido no podrán superar la suma equivalente a un tercio (1/3) de módulo electoral por elector habilitado a votar en la elección distrital."
Artículo 3º: De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley de financiamiento a los partidos políticos intenta transparentar la obtención de fondos públicos y privados por parte de los partidos políticos y además equipararla. En esta línea, el Ministerio del Interior otorga fondos públicos a todos los partidos con un determinado porcentaje de participación en las elecciones anteriores y en los años electorales deberá proveer los fondos para la elección, la campaña y la impresión de boletas. Además, la ley limita el uso del dinero para desestimular la desigualdad de fuerzas que se puede dar entre partidos grandes y pequeños en términos de alcance territorial, votantes y afiliados.
Existe, sin embargo, un obstáculo a la implementación de esta norma para las elecciones presidenciales y legislativas que tendrán lugar este año. La norma hace referencia a una cuestión que tendría que haberse resuelto en la Ley de Presupuesto para 2011 que, como es de público conocimiento, nunca se votó en el Congreso. Incluso el decreto que prorroga el presupuesto de 2010 para el año en curso, no contempla la modificación a la ley 26.215 por la ley 26.571 que establece el módulo electoral en tanto ésta fue sancionada hacia fines de 2009, demasiado tarde para que esté incluido en la ley de presupuesto de 2010. En este sentido, urge precisar dicho monto a los fines de limitar los gastos de los partidos políticos para la campaña de las elecciones de 2011.
Para calcular el módulo electoral tomamos como unidad de referencia el monto establecido en la ley de Financiamiento de los Partidos Políticos inicialmente, previo a la modificación de 2009 por la ley 26.571, que era de $1.50 (un peso con cincuenta centavos) por elector habilitado y lo ajustamos a los valores actuales. Entendiendo que la inflación acumulada en el período
2007-2011 asciende al 122% (ciento veintidós por ciento) elevamos dicho monto a $3.30 (tres pesos con treinta centavos). Obtuvimos este resultado en base a los índices de precios elaborados por las Direcciones de Estadísticas Provinciales.
Por otro lado, no podemos obviar la superposición de elecciones a nivel nacional y a nivel distrital y en este contexto la participación de partidos que compiten tanto a nivel nacional como a nivel distrital. Los partidos en esta situación pueden verse beneficiados si no se diferencian los fondos que pueden destinarse para una y otra elección. Esta es una problemática que la ley de financiamiento a los partidos políticos no saldó en su momento pero que desde la Coalición Cívica insistimos en incluir. En efecto, el límite de gastos permitido a los partidos políticos de distrito para una elección legislativa nacional en una provincia puede ser vulnerado a través del orden nacional del partido.
Como esta interpretación se desprende de los límites de aportes y gastos por distrito se "elevan" al permitirse al orden nacional realizar campaña cuando un distrito va a elecciones legislativas (lo que implica recibir aportes y realizar gastos), consideramos necesario estipular un tope de gastos para esa situación también.
Por todo lo expuesto, solicito a esta Honorable Cámara que me acompañe con su voto para la aprobación del proyecto presentado.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE COALICION CIVICA
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA