PROYECTO DE TP
Expediente 3234-D-2014
Sumario: "PROGRAMA DE NIVELACION ACADEMICA DE LOS CENTROS DE FORMACION DOCENTE (PNA)": CREACION.
Fecha: 07/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
El Senado y Cámara de Diputados...
El Senado y la Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Art.1°: Archivo Maestro de
Instituciones Educativas. Creación y finalidad.
Créase el Archivo Maestro de
Instituciones Educativas (AMIE), el cual tendrá como principal finalidad la
unificación, procesamiento y divulgación de las estadísticas sobre el Sistema
Nacional de Educación, en la totalidad de las instituciones educativas de gestión
estatal, de gestión privada, de gestión cooperativa y de gestión social.
Corresponderá al Ministerio de
Educación, a través del Consejo Federal de Educación, la coordinación técnica y
operativa para la adecuada aplicación del Archivo Maestro de Instituciones
Educativas (AMIE), en la totalidad de las instituciones educativas de gestión
estatal, de gestión privada, de gestión cooperativa y de gestión social.
Art.2°: Autoridad de Aplicación.
Será autoridad de la presente ley el
Ministerio de Educación, quien instrumentará el AMIE en el marco del Consejo
Federal de Educación.
Art.3°: Archivo Maestro de
Instituciones Educativas (AMIE). Objetivos.
El Archivo Maestro de Instituciones
Educativas (AMIE) permitirá el cumplimiento de los siguientes objetivos: unificar la
información educativa estadística de la totalidad de establecimientos educativos;
elaborar indicadores educativos comunes de las instituciones educativas, de los
docentes y de los estudiantes; generar con los indicadores antes citados, una línea
estadística de base para la totalidad de los establecimientos educativos; posibilitar
con dicha línea de base, la elaboración de sistemas de medición de la gestión
educativa en los establecimientos y el desempeño académico de los estudiantes;
informar a la comunidad educativa sobre los reportes de registros educativos de
estudiantes, docentes e instituciones; orientar el Sistema Nacional Educativo hacia
políticas educativas concretas que posibiliten un incremento de la calidad
educativa.
Art. 4°: De forma. Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El paro docente de 18 días en la
provincia de Buenos Aires y los conflictos en varias otras -algunos todavía abiertos-
, muestran con contundencia lo que puede lograr la política del parche: tapar con
más dinero los problemas no parece ser suficiente para solucionarlos.
El Sistema Educativo Nacional se
encuentra atravesado por fallas estructurales, entre ellas, las desigualdades a las
que lleva la coparticipación federal, el fracaso de la ley de financiamiento educativo
en asegurar un salario docente con mínima dignidad, la oportunidad perdida en
años de bonanza de discutir reformas a la carrera de los maestros, la falta de
eficacia del sistema educativo, que destina una enorme cantidad de recursos y
obtiene cada vez peores resultados.
Entre las fallas citadas en el párrafo
anterior, existe una que resulta crucial: la falta de un sistema único de información
estadística en materia educativa, que posibilite saber donde estamos posicionados
en materia de gestión educativa y nivel académico de nuestros estudiantes. La
mencionada falencia impide medir con indicadores precisos la calidad educativa
que brindan los establecimientos educativos del país. Y sin poder medir la realidad
educativa presente, no se pueden planificar políticas públicas efectivas que
mejoren la calidad educativa de los estudiantes.
El presente proyecto de ley plantea la necesidad imperiosa de superar la falta de
información estadística precisa, a través de la creación de un Archivo Maestro de
Instituciones Educativas (AMIE), el cual tendrá como principal finalidad la
unificación, procesamiento y divulgación de las estadísticas sobre el Sistema
Nacional de Educación, en la totalidad de las instituciones educativas de gestión
estatal, de gestión privada, de gestión cooperativa y de gestión social.
Corresponderá al Ministerio de
Educación, a través del Consejo Federal de Educación, la coordinación técnica y
operativa para la adecuada aplicación del Archivo Maestro de Instituciones
Educativas (AMIE), en la totalidad de las instituciones educativas de gestión
estatal, de gestión privada, de gestión cooperativa y de gestión social.
El Archivo Maestro de Instituciones
Educativas (AMIE) permitirá el cumplimiento de los siguientes objetivos: unificar la
información educativa estadística de la totalidad de establecimientos educativos;
elaborar indicadores educativos comunes de las instituciones educativas, de los
docentes y de los estudiantes; generar con los indicadores antes citados, una línea
estadística de base para la totalidad de los establecimientos educativos; posibilitar
con dicha línea de base, la elaboración de sistemas de medición de la gestión
educativa en los establecimientos y el desempeño académico de los estudiantes;
informar a la comunidad educativa sobre los reportes de registros educativos de
estudiantes, docentes e instituciones; orientar el Sistema Nacional Educativo hacia
políticas educativas concretas que posibiliten un incremento de la calidad
educativa.
Finalmente, el presente proyecto de
ley se inscribe en el marco de los avances de las políticas educativas que vienen
impulsando muchos países de la Región. Entre las experiencias internacionales
latinoamericanas, en materia de implementación de Archivo Maestro de
Instituciones Educativas (AMIE), se destaca la reciente experiencia ecuatoriana. En
la misma sintonía el PACTO POR MÉXICO, constituido para consensuar políticas de
estado, establece la imperiosa necesidad de crear un Sistema de Información para
la Gestión Educativa.
Por todo lo expuesto en estos
fundamentos, solicitamos la aprobación legislativa del presente proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
TORRES DEL SEL, MIGUEL IGNACIO | SANTA FE | UNION PRO |
BROWN, CARLOS RAMON | BUENOS AIRES | FE |
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
PRADINES, ROBERTO ARTURO | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | CONSERVADOR POPULAR |
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN | SANTA FE | UNION PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
STURZENEGGER, FEDERICO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO | BUENOS AIRES | UNION PRO |
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
BERGMAN, SERGIO ALEJANDRO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
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Comisión |
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