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PROYECTO DE TP


Expediente 3215-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL SERVICIO DE TELEFONIA CELULAR.
Fecha: 06/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos correspondientes, se sirva informar acerca de las siguientes cuestiones relacionadas con el servicio de telefonía celular.
1) Si la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) autorizó a las empresas proveedoras de telefonía celular a disminuir la duración del crédito de las tarjetas prepagas.
2) En caso de ser afirmativa la respuesta, explicar:
a) Cuáles fueron los motivos.
b) Si esta medida fue eventualmente informada a los usuarios del servicio a través de los medios correspondientes.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Según datos de la Secretaría de Defensa del Consumidor, la telefonía celular encabeza el ranking de los rubros con más reclamos por parte de los usuarios, registrando el 32,8% de los 317 reclamos ingresados a los Tribunales Arbitrales de Consumo durante el mes de mayo de este año. De ese porcentaje, el 17,3 por ciento se refiere a débitos incorrectos o cobros indebidos. Entre estos últimos se encuentra la duración del crédito de las tarjetas prepagas.
Según datos de la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de Argentina (ADECUA), la duración de las tarjetas prepagas en la actualidad es de cinco días a partir de su acreditación, cuando hasta hace poco era de dos meses, (Diario Clarín, sábado 20 de Junio de 2009), lo que constituiría un aumento encubierto del costo del servicio.
De acuerdo a la Norma de aplicación para Tarjetas Prepagas para Servicios de Telecomunicaciones, aprobada por la Resolución N° 242 del año 2006 de la Secretaria de Comunicaciones, "toda modificación de precios y/o tarifas realizada en el marco de la normativa vigente, deberá ser informada a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) en forma previa a su entrada en vigencia. Para el caso que dicha modificación represente un incremento de precios y/o tarifas, el mismo deberá ser informado con una antelación no menor a los SESENTA (60) días".
Asimismo, la mencionada normativa también señala que "todo incremento de precios y/o tarifas realizado en el marco de la normativa vigente, deberá ser comunicado a los usuarios a través de una locución con la misma antelación a la citada en el punto precedente, y anterior a la información del crédito disponible".
Por lo anteriormente expuesto, nos dirigimos a esta Honorable Cámara para solicitar la aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)