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PROYECTO DE TP


Expediente 3211-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SUBASTA DE ARTICULOS QUE PERTENECIERON AL EX PRESIDENTE DE LA NACION TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON.
Fecha: 12/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 54
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través del organismo correspondiente, en este caso la Secretaría de Cultura de la Nación, órgano responsable de la centralización del ordenamiento de datos de los bienes culturales históricos-artísticos de la Nación, de acuerdo a la ley 25197 que la designa como autoridad de aplicación, informe sobre lo siguiente:
1) Si los artículos que pertenecieran al ex Presidente de la Nación Argentina, Tte. Gral Juan Domingo Perón, que se subastan en el sitio web www.peronyevasolidarios.org.ar se encuentran comprendidos en el punto 5, artículo 2º de la ley 25197.
2) Si se ha verificado el origen y la autenticidad de los elementos que se ofrecen en subasta en el sitio Web antes mencionados, teniendo en cuenta los antecedentes judiciales del Señor Antonio Mario Rotundo
3) Si se ha procedido o tomado alguna medida tendiente a la preservación de dicho material como bienes culturales para integrar el patrimonio nacional.
4) Si corresponde aplicar los términos Ley 25257 que aprueba la Convención de UNIDROIT sobre objetos culturales robados o exportados ilegalmente, como así también la Ley 25568, que aprueba la convención de San Salvador adoptada en Washington el 16 de junio de 1976 sobre la defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico y artísticos de las naciones Americanas.
5) En el caso de ser comprobada tanto la originalidad de los objetos, como la veracidad de la autenticidad, cuales serán las medidas a adoptarse en pos de recuperar estos elementos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 25197, sancionada el 10 de noviembre de 1999 y promulgada el 9 de diciembre del mismo año, dispuso la creación del "REGIMEN DEL REGISTRO DEL PATRIMONIO CULTURAL", que designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Cultura de la Nación.
Entre sus Artículos se destaca el 2º que refiere: "será un bien cultural histórico-artístico aquel que pertenezca a alguna de las siguientes categorías" y en su punto 5 dispone: "los bienes que se refieren a la historia, incluida la historia de las ciencias y las técnicas, la historia social, política, cultural y militar, así como la vida de los pueblos y de los dirigentes y de los pensadores..."
Por otra parte, su artículo 4º indica que a la Secretaría de Cultura también le corresponderá entre otras "efectuar relevamientos de los bienes culturales de dominio público...", "Identificar los bienes culturales..."
Hace poco tiempo, tomamos conocimiento, a través de Internet, de que se publicitaba una subasta pública que ponía en venta elementos que, decían, habían sido propiedad del General Perón y de la querida Evita. La página respondía a la Fundación por la paz y la amistad de los pueblos, creada por el tristemente célebre Antonio Mario Rotundo. Eran 14.000 elementos en subasta, algunos habrán pertenecido al General Perón. Sin embargo ello debería ser corroborado.
Frente a este hecho, el Instituto Nacional Juan D. Perón de Estudios e Investigaciones Históricas, Sociales y Políticas, cumpliendo con el inc. c), Art. Nº 3 del Decreto 391/95 que se refiere a la obligación de "brindar asesoramiento respecto de la fidelidad histórica de cuanto se relacione con la materia objeto de su creación", puso en su página web. una advertencia general diciendo que la autenticidad de las cosas que se remataban debía ser certificada por la heredera de los bienes de Perón, o sea, su esposa María Estela Martínez de Perón, aclarando que el presidente de la Fundación había sido un prófugo de la Justicia.
Antonio Mario Rotundo fue condenado por administración infiel y por instigación al falso testimonio. Las dos veces prófugo, aprovechó para sacar del país los bienes que tenía del General Perón en un conteiner haciéndolos figurar como "artículos de uso personal". Él consiguió que María Estela Martínez de Perón le donara a la Fundación que él preside los bienes de Perón. Después, los remató ya en dos oportunidades, aquí, en la casa Naon y en Christie's de Roma en marzo de 2004.
Se ha advertido a la población desprevenida respecto a que no se conocía la autenticidad de los objetos que remataban y se ha solicitado al Estado una medida de no innovar hasta tanto se supiera si esos elementos habían pertenecido realmente al General Perón o no.
Habiendo sido el general Juan Domingo Perón, tres veces Presidente de los argentinos, elegido en elecciones libres y sin proscripción de ningún partido político ni persona; habiendo marcado a fuego el siglo XX con la impronta de Justicia Social, Independencia Económica y Soberanía Política de tal modo que sus primeros diez años de gobierno señalaron un antes y un después en la República Argentina, es que se solicita al Estado Nacional para que a través de la Secretaría de Cultura de la Nación, verifique la autenticidad de los objetos que se rematan y que, si pertenecieron al general Juan Domingo Perón y a su esposa, María Eva Duarte de Perón, se los expropie como bienes histórico- culturales de la Nación.
De lo contrario, que se denuncie la falsedad.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SALIM, JUAN ARTURO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ARENA, CELIA ISABEL SANTA FE PERONISMO FEDERAL
KUNKEL, CARLOS MIGUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO SALTA PERONISTA
GIANNETTASIO, GRACIELA MARIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GULLO, JUAN CARLOS DANTE CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIOJA, JUAN CARLOS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ATANASOF, ALFREDO NESTOR BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
LEGUIZAMON, MARIA LAURA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GRANADOS, DULCE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)