PROYECTO DE TP
Expediente 3207-D-2011
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS (LEY 20628): MODIFICACION DEL ARTICULO 79, SOBRE ELIMINACION DE LA CUARTA CATEGORIA (RENTA DEL TRABAJO PERSONAL).
Fecha: 15/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 70
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°. Elimínense los incisos b) y c) del
artículo 79 (Ganancias de cuarta categoría. Renta del trabajo personal) de la Ley N° 20.628
de Impuesto a las Ganancias, y su reglamentación.
Artículo 2°. La presente Ley comenzará a
regir a partir de su promulgación.
Artículo 3°. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Calificada doctrina laboral afirma que el
trabajo no es ni esclavitud ni mortificación, por el contrario, es la afirmación de la dignidad
del hombre, en cuanto revela su dominio sobre toda la creación. Además es un medio de
servir al prójimo, por eso, además de satisfacer necesidades pecuniarias, es una forma de
colaborar al mejoramiento de la comunidad. Por ello, ésta tiende a mantener incólume la
dignidad del hombre que trabaja, concediéndole un beneficio monetario. Ese beneficio
denominado salario o remuneración no debe ser gravado con impuesto alguno, dado el
carácter alimentario de dicho salario, además la jurisprudencia ha establecido que el salario
no puede ser considerado como ganancia.
Siendo que las jubilaciones y las
pensiones poseen una función sustitutiva del salario del trabajador en actividad, tampoco es
justo que sean alcanzadas por el impuesto a las ganancias.
Existen en la actualidad, leyes
vigentes que establecen claramente impuestos regresivos, como los que rigen créditos y
débitos bancarios, siendo éstos de fácil recaudación, o el impuesto a las ganancias de los
empleados en relación de dependencia o de los jubilados y pensionados. Por eso,
solicitamos la eliminación del "impuesto a las ganancias" para los trabajadores en relación
de dependencia, y también para los jubilados y pensionados, ya que consideramos dicho
gravamen como un real "impuesto al trabajo".
Sras. Y Sres. Diputados, es por
estos motivos que les pido me acompañen con su voto positivo en éste Proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LEDESMA, JULIO RUBEN | BUENOS AIRES | CORRIENTE DE PENSAMIENTO FEDERAL |
GARDELLA, PATRICIA SUSANA | BUENOS AIRES | CORRIENTE DE PENSAMIENTO FEDERAL |
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA | ENTRE RIOS | PERONISMO FEDERAL |
ALIZEGUI, ANTONIO ANIBAL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MERLO, MARIO RAUL | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
ROBLEDO, ROBERTO RICARDO | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
RUCCI, CLAUDIA MONICA | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
LUNA DE MARCOS, ANA ZULEMA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
PEREYRA, GUILLERMO ANTONIO | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1011-D-13 |