PROYECTO DE TP
Expediente 3207-D-2010
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL PRIMER CONGRESO NACIONAL DE FOLKLORE, A REALIZARSE ENTRE LOS DIAS 22 Y 25 DE AGOSTO DE 2010 EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
Fecha: 12/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 54
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
De interés de esta Honorable Cámara, al 1º
Congreso Nacional del Folklore, organizado por la Academia del Folklore de la República
Argentina , en adhesión de las celebraciones del Bicentenario de la Independencia , a
desarrollarse en diversas Jornadas para culminar en las Jornadas finales entre los días 22 y 25
de Agosto del corriente año, en la Provincia de San Luis.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 1º Congreso Nacional del Folklore,
pretende relevar el estado de situación, en todo el país, del Folklore, en sus
diversos aspectos. Así como construir de una agenda para los próximos años.
Los cuatro temas que agrupan estos propósitos son: Estado Actual de los
Estudios Folklóricos en la región. Folklore Aplicado como Ciencia Teórica de la
Práctica y Folklore como Proyección Artística.
El 1º Congreso se desdoblará en
Jornadas Regionales, Conferencias, Diálogos de Folklore, Certámenes Nacionales
de Intérpretes de Canciones de raíz Folklórica, Ediciones de libros, para finalizar
en las "Jornadas Finales" en el Hotel Potrero de los Funes, de la Provincia de San
Luis, en el mes de Agosto, conducente al conocimiento profundo de un pueblo
mediante su folklore, en forma natural y sincera.
El Folklore es toda costumbre que se
transmite de generación en generación, adaptada y modelada por el medio
ambiente en que vive la gente. Folklore es la comida, la bebida, el vestuario, las
leyendas, las canciones, las danzas, la mitología, las manifestaciones artesanales
como cerámica, cestería, tejidos, construcción de casas, talabartería, mueblería,
los remedios caseros, la manera de sentir a los muertos, de celebrar los santos. Es
toda la vivencia de un pueblo, son las manifestaciones comunes de la gente,
especialmente de los campesinos que satisfacen las necesidades espirituales o
materiales que ellos sienten con lo que les ha enseñado la experiencia o la
herencia.
Mediante el estudio del folklore, la
Academia del Folklore de la República Argentina , puede conocer como se vivía y
se divertían nuestros antepasados, ya que en el folklore se pone de manifiesto la
sensibilidad cultural y espiritual de un pueblo, que como producto de su reflexión,
ingenio, experiencia y creatividad ha dado lugar a diversidad de creaciones
literarias, musicales, bailables y gastronómicas.
Señor Presidente, un pueblo que
práctica activamente diferentes manifestaciones folklóricas es un pueblo sano de
espíritu y con personalidad, pues no esta copiando a nadie, sino, haciendo lo que
es propio, un pueblo con personalidad, merece respeto, la admiración y cariño de
los demás países.
Como Legisladora de la Provincia de
Misiones, valiosa representante en la cultura folklórica en todo el país, es un honor
declarar de interés cultural a este 1º Congreso Nacional de Folklore, por cuanto
solicito a mis pares me acompañen con su voto afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERRA DE BARTOL, MARGARITA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/06/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara como Proyecto de Resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0517/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3088-D-2010, 3216-D-2010, 3207-D-2010, 3237-D-2010, 3276-D-2010, 3295-D-2010, 3333-D-2010, 3347-D-2010, 3386-D-2010, 3388-D-2010, 3418-D-2010, 3466-D-2010, 3498-D-2010 y 3579-D-2010 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 14/2010 | 15/06/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 30/06/2010 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3088-D-2010, 3216-D-2010, 3207-D-2010, 3237-D-2010, 3276-D-2010, 3295-D-2010, 3333-D-2010, 3347-D-2010, 3386-D-2010, 3388-D-2010, 3418-D-2010, 3466-D-2010, 3498-D-2010 y 3579-D-2010 | APROBADO |